Algunos antecedentes
España durante 15 siglos y hasta la Constitución de 1978, con la excepción de los años de la II República
entre 1931-1939 y algún otro brevísimo período liberal en el siglo XIX, ha sido considerada como una
“territorio católico”. Hay que recordar, como dato histórico, en relación a las relaciones del Estado con
la Iglesia católica, que la Constitución considerada como liberal de 1812, proclamaba que el catolicismo
era la única confesión religiosa permitida, el preámbulo se inicia así: “En el nombre de Dios
todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo autor y supremo legislador de la sociedad” y su artículo 12
expresaba “La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana,
única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquiera
otra”.
Hay historiadores que mantienen la tesis de que se debía a la necesidad de “contar con la colaboración del
clero en la lucha contra los franceses”, pero no deja de ser un rasgo fundamentalista e intolerante que
choca con el espíritu avanzado de la constitución y que rompe, indirectamente, con el resto de derechos,
que duraron muy poco, como consecuencia de las tropelías absolutistas del reinado de Fernando VII.
Pero la verdad es que la composición de aquellas Cortes de Cádiz que trataría de romper con el Antiguo
Régimen, estaba compuesto por absolutistas y liberales de diferentes ideologías, pero que en sus diversas
fases estuvieron presentes nada más y nada menos que hasta un 40% de clérigos.
En 1845, con el reinado de Isabel II, se aprobó la Ley de Donación de Culto y Clero que restituía a la
iglesia católica una parte de los bienes desamortizados, desde 1798 y no vendidos y firmó con el Papa Pío
IX un Concordato por el que el Estado reconocía a la Iglesia católica como la única de la Nación
Española y sus derechos a poseer bienes: Este es el origen ideológico más cercano de los actuales
“Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede” de 1979… El Concordato de 1851 expresaba “…La
religión católica, apostólica, romana, que con exclusión de cualquiera otro culto continúa siendo la
única de la nación española, se conservará siempre en los dominios de S. M. Católica con todos los
derechos y prerrogativas de que debe gozar según la ley de Dios y lo dispuesto por los sagrados
cánones. Y en materia de enseñanza: “…En su consecuencia la instrucción en las Universidades,
Colegios, Seminarios y Escuelas públicas o privadas de cualquiera clase, será en todo conforme a la
doctrina de la misma religión católica; y a este fin no se pondrá impedimento alguno a los obispos y
demás prelados diocesanos encargados por su ministerio de velar sobre la pureza de la doctrina de la fe
y de las costumbres, y sobre la educación religiosa de la juventud en el ejercicio de este cargo, aún en
las escuelas públicas…”
A finales del siglo XIX y principios del XX, con la constante sucesión de gobiernos liberales y
conservadores, hasta la dictadura de Primo de Rivera (1923-1930), hubo momentos en donde se llevaron
a cabo algunas desamortizaciones (hasta 1924) y se facilitó una cierta libertad religiosa, siempre por
periodos muy breves.
La II República (1931-1939) trató de desarrollar la separación del Estado de las iglesias, tomando
medidas constitucionales para hacerlo efectivo, como que no se financiará el culto y el clero, que la
enseñanza fuera laica y se establece el principio de libertad de conciencia y libertad religiosa. Es el
periodo más reciente de la historia en el que la construcción del Estado laico, de forma real, fue posible,
pero, como consecuencia de diversas cuestiones políticas y sociales y con un apoyo de una parte muy
importante de la iglesia católica oficial…
…la insurrección militar, católica y fascista que contra la II República, se produce en 1936, es
respaldada de forma más o menos sutil, por el estado-ficción “ciudad del Vaticano”. En la etapa de la
dictadura franquista (1939-1976) el régimen considera a la “nación española” como “nacional-católica”,
en donde se anula, de forma tajante, la libertad de conciencia y la libertad religiosa (ésta hasta mediados
de los sesenta).
De esta forma y en ese período, la jerarquía católica española retoma la enorme influencia política de los
regímenes absolutistas del siglo XIX y es en esa etapa cuando la iglesia acumula una enorme riqueza y
poder, cedido por el Estado en todos los terrenos, especialmente en lo referente a la enseñanza y a la
financiación.

Franco firmaría un nuevo Concordato en 1953, basado en el de 1851, actualizando los enormes
privilegios que ya disfrutaba la iglesia católica en todos los campos y, posteriormente, fallecido el
dictador, es Juan Carlos I, en julio de 1976, quien ratifica unos Acuerdos, con el compromiso de revisar
el Concordato del 53, con unos pequeños retoques sobre nombramientos y relaciones con la jerarquía
católica, en consonancia con la nueva situación social y política que parecía comenzar, pero se mantenía,
casi íntegramente, el Concordato de 1953.
Por fin, con gran retraso respecto a los países democráticos de nuestro entorno, la Constitución de 1979
proclama una vez más “que ninguna confesión tendrá carácter estatal” aunque la ambigüedad en esta
materia ha permitido a los sectores católicos y más conservadores mantener los privilegios históricos e
incluso aumentarlos, en materia de enseñanza y de financiación.
Una vez aprobada la Constitución de 1979 se firman una serie de Acuerdos con la Santa Sede, al margen
de algunos principios constitucionales recientemente aprobados. Otorgando a la Iglesia católica variados
beneficios en materia de enseñanza y de patrimonio cultural, fiscales, políticos, sociales, etc.
No entendemos la tozuda postura de los gobiernos democráticos y de las Cortes generales que se niegan,
sistemáticamente, a abrogar estos Acuerdos y la parte que queda en vigor del Concordato del 53, que
chocan frontalmente con el significado de un Estado Democrático y de Derecho y con la propia
Constitución, devaluando, gravemente, su inspiración democrática en materia de libertad de trato y
neutralidad por parte del Estado hacia las diversas convicciones.
Como consecuencia de ello y de una postura trufada de catolicismo de los poderes públicos españoles, la
financiación de la iglesia católica, no solo no se ha adecuado a la nueva realidad de libertad de
pensamiento y de conciencia y de libertad religiosa, sino que ésta (la iglesia católica oficial) permanece
como un verdadero “paraíso fiscal”, al margen de las leyes tributarias y sociales que son de obligado
cumplimiento para el conjunto de la ciudadanía.
Hay una situación de ilegitimidad (presunta ilegalidad) en la opacidad de las cuentas de la iglesia
católica. Además de que es depositaria, en parte DE FORMA ILEGÍTIMA de un enorme patrimonio
cultural, artístico, edificios, suelo urbano y rural… acumulado por dádivas y enajenaciones al Estado y
donaciones de particulares a lo largo de siglos. Muchos municipios siguen enajenando hacia la iglesia
católica enormes cantidades de suelo público para construir centros de enseñanza, locales propios e
iglesias, que, generalmente, registran a su nombre, aumentando así su ya sólido patrimonio y
aminorando, por consiguiente, el patrimonio público a ello hay que añadir las ilegales inmatriculaciones.
(Anexo I)
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Elabora: Francisco Delgado. Presidente de Europa Laica (abril 2012-sobre la base de informes de años
anteriores y de nuevos datos que se han ido actualizando)
*Informe, que tiene varios apartados con ciertas reservas, dada la opacidad de esta cuestión, pero que ha sido
elaborado a partir, también, de diversas fuentes fidedignas, diversos datos aparecidos en diversos medios de
comunicación y datos extraídos de la agencia tributaria, del ministerio de asuntos sociales, ministerio de educación,
de diversas CCAA, patronales de la enseñanza y sindicatos, así como datos de la propia Iglesia católica y de otras
iglesias.
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ANEXO I (Extraído de diversas fuentes)
La Iglesia agranda su patrimonio apropiándose de inmuebles sin dueños
La culpa la tiene, en buena medida, la reforma que hizo el Ejecutivo de José María Aznar en 1998 de la Ley
Hipotecaria, hoy vigente con el actual Gobierno, que permite a la Conferencia Episcopal registrar a su nombre
inmuebles como templos, cementerios o casas sacerdotales que, hasta ahora, carecían de títulos de propiedad. Un
libro recientemente publicado cifra en más de mil los inmuebles que han pasado a ser propiedad de la Iglesia española