Cita Iniciado por Loma_P
Mi segunda ex suegra Rusko, 90 años, divorciada hace 40 años, cobra la pensión de viudedad de su ex marido, y parte de la de su padre que era Farmaceutico .. ¿Por qué? por ciertas clausulas centenarias que así lo disponen el respectivo colegio de farmacéuticos, mientras estuvo casada no tuvo derecho, pero cuando se divorció lo adquirió, y lo peor mi ex suegro como funcionario de la banca le pasaba pensión mensual y no poca ...¡¡de mas mala leche me ponía a mí!! que sin pegar palo al agua salía por una pasta
Eso te pasa por acumular suegros, suegras, exsuegros, exsuegras... En el pecado llevas la penitencia.
Y..., bueno..., me estás contando de una pensión que paga el colegio de farmacéuticos..., como si quiere pagar pensiones hasta la 8º generación, o donarlo al montepío de gatos huerfanitos... No mezcles la pensión de viudedad de tu exsuegra con lo que le pague el colegio farmacéutico (que, me imagino, alguna cuota habría pagado durante su vida). Es como yo, que cuando me jubile a los 90 años (entonces será a esa edad), también cobraré una pensión adicional del trabajo y otra del banco (por las cuales estoy pagando. Se llama “plan de pensiones”, jejeje). Así que, no mezcles las pensiones del sistema público de “idems” con lo que pueda dar el colegio farmacéutico, o de ingenieros, o numismático o tegucigálpico.
Lo de la pensión de orfandad no tiene límite dependiendo de la circunstancia si posee cierto grado de discapacidad la puede cobrar de por vida e incluso aunque trabaje, si se queda desamparado está enfermo también.. en fin Rusko que la ley es la leche dispone de tantos recovecos como leyes.
Si tiene discapacidad, la cosa ya no sería la misma. La orfandad sigue teniendo el límite temporal. Ya si está incapacitada... pues cobraría como si tuviera una pensión de incapacidad permanente (absoluta o gran invalidez, siempre que reúna los requisitos para estas pensiones de incapacidad), pero eso no es una pensión de orfandad sino de “en favor de familiares”. Una lesbiana (o heterosexual) encamada y “gran inválida” también cobraría pensión (si reúne los requisitos, claro)... La cuestión no es esa (la de proteger a los inválidos), sino la protección a un “cónyuge” que no es cónyuge. Entonces, ¿POR QUÉ una hermana (normal, no inválida, ni en coma, ni encamada, ni ná..., NORMAL) que vive con su otra hermana no puede cobrar una pensión de viudedad si su hermana muere?. ¿POR QUÉ?
No esto tampoco es así, te envío toda la sentencia completa y publicada en el BOE a este respecto: http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/2...2012-14602.pdf A la denuncia de anticonstitucionalidad interpuesta por el PP
Jo Loma... la sentencia de “la muerte” (que no “sentencia de muerte”), jojojo . Qué poca vergüenza tienen estos jueces a la carta. Con qué descaro... O sea, para interpretar UNA FRASE de pocas palabras, tardan meses, AÑOS... , en poner el huevo..., ¡y menudo huevo!... ¡¡¡¡52 PÁGINAS!!!!. No tienen vergüenza. Claro, empiezan a contar batallitas para marear la perdiz... ¡Bendito sea Dios!, si hay alguien con ganas, que se lea entera la sentencia “de la muerte” y verán la cara de cemento armado que tienen los “prestigiosos” juristas del prostitucional. Jojojo , los “fundamentos jurídicos”.... el famoso “fundamento jurídico” nº 9.... ¡Atención!, los jueces del prostitucional dicen que
Cita Iniciado por Es una frase del “fundamento jurídico nº 9”
Se hace necesario partir de un presupuesto inicial, basado en la idea, expuesta como hemos visto por el Abogado del Estado en sus alegaciones, de que la Constitución es un «árbol vivo», –en expresión de la sentencia Privy Council, Edwards c. Attorney General for Canada de 1930 retomada por la Corte Suprema de Canadá en la sentencia de 9 de diciembre de 2004 sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo– que, a través de una interpretación evolutiva, se acomoda a las realidades de la vida moderna como medio para asegurar su propia relevancia y legitimidad, y no sólo porque se trate de un texto cuyos grandes principios son de aplicación a supuestos que sus redactores no imaginaron, sino también porque los poderes públicos, y particularmente el legislador, van actualizando esos principios paulatinamente y porque el Tribunal Constitucional, cuando controla el ajuste constitucional de esas actualizaciones, dota a las normas de un contenido que permita leer el texto constitucional a la luz de los problemas contemporáneos, y de las exigencias de la sociedad actual a que debe dar respuesta la norma fundamental del ordenamiento jurídico a riesgo, en caso contrario, de convertirse en letra muerta.
No, no es un párrafo. ¡¡ES UNA FRASE!!, solo una frase. Las negritas son mías, para que quede claro la infamante prevaricación de unos jueces que están jugando con lo que deberían proteger. ¡¡Que vergüenza!!. O sea, la Constitución es un “árbol vivo”... (jaja, y los jueces del prostitucional deben ser “alcornoques”..., y los árboles no les dejan ver el bosque). “Interpretación evolutiva”, jojojo , eufemismo de que, “como yo he cambiado de parecer, interpreto la ley de forma distinta a como se interpretaba antes”. ¡Con un par!. “La vida moderna”... requetejojojo No dudo que en la vida moderna ahora se lleve la pederastia, el incesto, la poligamia, el crimen político, las corrupciones varias y las espinacas con bechamel... así como la homosexualidad (la verdad es que estas "circunstancias" tienen milenios de antigüedad, incluso las espinacas con bechamel), pero si la “nueva sociedad” ha cambiado respecto a tan solo 30 años, pues se reforma la Constitución en los apartados en los que toque reformarse. Pero, que el tribunal que debe velar por la vigencia de la Constitución, la incumpla deliberadamente basándose en “interpretaciones evolutivas” y en que la “vida moderna” ya no es como los antiguos (y retrógrados) “redactores no imaginaron”, comete PREVARICACIÓN GRAVÍSIMA. Ya sabíamos que el prestigio del tribunal prostitucional estaba al nivel de la suela de los zapatos..., pero esto es un clavo más en el ataúd del desprestigio. Imagina que ahora el tribunal prostitucional dice que eso de que España es una nación hay que interpretarlo de otra forma a la que “los redactores no imaginaron” cuando se redactó la Constitución en el año 78. Como la Cataluña de los Sergi López y Marc Pérez (cuyos abuelos murcianos o andaluces se retuercen en sus tumbas), resulta que es una nación (y que Espanya les roba), estos mismos mendas del prostitucional pueden sentenciar que Cataluña es nación, porque la Constitución es un “árbol vivo”, y hay que hacer una “interpretación evolutiva” de los “problemas contemporáneos y las exigencias de la sociedad actual”. O, mismamente, también se puede cambiar la capitalidad de España a Barcelona (o a Socuéllamos, ¿por qué no?), en aras de esa misma “interpretación evolutiva” (no parece que Socuéllamos sea un firme candidato para albergar la capitalidad de España... Todo es cuestión de “evolucionar” un poco más). No me extraña que semejante bodrio de sentencia sobre el matrimonio gay haya tenido varios votos particulares... Infumable.

Es alucinante el nivel a que ha llegado la justicia en España. S.O.S. Esto se hunde.
Cita Iniciado por Loma_P
Otra vez no Ruski..Disponéis de unas limitadas formas de iglesia, os limitáis tan solo a la católica y anuláis el resto de creencias religiosas como si fuera la moral exclusividad de la católica ¡¡Que prepotencia, que soberbia!!.
Yo, cuando hablo del matrimonio eclesiástico, estoy hablando del católico, no del rito gitano o las bodas en Bali. Seriedad, Loma_P