
Iniciado por
Aquiles Brinco
Señores, en verdad me aterra ver que ciudadanos españoles desconozcan su propia historia. Miren, que desconozcan la historia de otros países me parece, hasta cierto punto, razonable, pero ¿la suya?
Menciona don Malvamos el Código de 1870, y dice que, en aquel entonces, no estaba prescrita la norma que ahora se discute. Y no, en efecto, no estaba prescrita. Lo que se le olvida comentar a don Malvamos es que el Código Penal de 1870 corresponde a una de tantas reformas LIBERALES realizadas acorde a la Revolución de 1868. El constituyente redacta la Constitución de 1869 y, desde luego, era necesario un ordenamiento compatible con la nueva carta magna de corte LIBERAL.
Después de eso, llega la dictadura ultraderechista de Primo de Rivera, y se redacta el Código Penal de 1928, en donde -¿qué creen?-, vuelve tanto la pena de muerte como la prerrogativa para el marido en caso de homicidio por adulterio.
Viene después el corto régimen de la Segunda República, liberal, por supuesto, en el que se volvió por un tiempo al código de 1870, pero pronto se redactó y aprobó el Código Penal de 1932, el cual tampoco contemplaba ni la pena capital ni dicha prerrogativa.
Pero dicen que ninguna gloria es eterna, y se comprobó con el golpe de estado de Franco, quien mantuvo el Código Penal de 1932 vigente unos años, mientras se redactaba otro, mismo que fue terminado y aprobado por el mismo Franco en 1944, el Código Penal de 1944, el cual, ¿saben qué? REINTRODUJO tanto la pena capital como el eximente de responsabilidad en caso de homicidio por adulterio.
Decía el Código Penal de 1944 -que de hecho tengo en mis manos en este momento-, en su artículo 428:
Don Malvamos es el experto en búsquedas por todo el Internet, él sabrá conseguirles un link del Código de 1944.
La pena de destierro... Señores, ustedes no son abogados, pero estarán de acuerdo conmigo en que un destierro a cambio de un homicidio doloso ¡es una ganga!
Hay que señalar que la prerrogativa sólo aplicaba para el marido, jamás para la esposa.
El Código de 1944 fue revisado en 1963, sí. De hecho, siguió sufriendo revisiones varias durante los 70's, 80's y principios de los 90's. Era muy complicado seguir con tan absurdas prescripciones en pleno siglo XX. En 1995 se redacta otro código, el cual también fue reformado en múltiples ocasiones. En julio de 2015 entra en vigor el ahora vigente código.
Cabe destacar que tanto las bases del Código de 1995 como las del de 2015 son aquéllos de 1870 y 1932. De aquellas etapas que los franquistas aborrecen.
Una pena su desconocimiento; pero lo más grave no es eso, sino que se mofen al unísono de una forista que desde el principio dijo LA VERDAD.