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Tema: Cualquier tiempo pasado no siempre fue mejor

  1. #71
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    16-agosto-2016
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    Cita Iniciado por Bell Ver Mensaje
    Con Zampabol no se, pero con mi amigo Malvamos no creo que puedas, le admiro por sus conocimientos.

    No se si aportara algo mas, pero siempre le leo con atencion, de el se aprende mucho
    Señora, hay otros hilos más propicios para que usted cuente esta clase de chistes. Aquí, en éste, se trata un tema serio.

    Verá, la concepción del honor como un bien jurídico tutelable es un tema legal por demás interesante.

    Sus ganas de aprender, por otro lado, me parecen excepcionales, siga usted con ellas.
    Última edición por Aquiles Brinco; 13-sep.-2016 a las 20:09

  2. #72
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    Señores, en verdad me aterra ver que ciudadanos españoles desconozcan su propia historia. Miren, que desconozcan la historia de otros países me parece, hasta cierto punto, razonable, pero ¿la suya?

    Menciona don Malvamos el Código de 1870, y dice que, en aquel entonces, no estaba prescrita la norma que ahora se discute. Y no, en efecto, no estaba prescrita. Lo que se le olvida comentar a don Malvamos es que el Código Penal de 1870 corresponde a una de tantas reformas LIBERALES realizadas acorde a la Revolución de 1868. El constituyente redacta la Constitución de 1869 y, desde luego, era necesario un ordenamiento compatible con la nueva carta magna de corte LIBERAL.

    Cita Iniciado por Malvamos Ver Mensaje
    http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/c...enal/index.htm

    Eso es el codigo penal vigente en España en 1870 los delitos de adulterio los contempla en las paginas 114 y 115, y no dice nada de que el marido pueda matar a la mujer

    http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/c...al/ima0118.htm

    http://sirio.ua.es/libros/BDerecho/c...al/ima0119.htm
    Después de eso, llega la dictadura ultraderechista de Primo de Rivera, y se redacta el Código Penal de 1928, en donde -¿qué creen?-, vuelve tanto la pena de muerte como la prerrogativa para el marido en caso de homicidio por adulterio.

    Viene después el corto régimen de la Segunda República, liberal, por supuesto, en el que se volvió por un tiempo al código de 1870, pero pronto se redactó y aprobó el Código Penal de 1932, el cual tampoco contemplaba ni la pena capital ni dicha prerrogativa.

    Pero dicen que ninguna gloria es eterna, y se comprobó con el golpe de estado de Franco, quien mantuvo el Código Penal de 1932 vigente unos años, mientras se redactaba otro, mismo que fue terminado y aprobado por el mismo Franco en 1944, el Código Penal de 1944, el cual, ¿saben qué? REINTRODUJO tanto la pena capital como el eximente de responsabilidad en caso de homicidio por adulterio.

    Decía el Código Penal de 1944 -que de hecho tengo en mis manos en este momento-, en su artículo 428:

    El marido que, sorprendiendo en adulterio a su mujer, matare en el acto a los adúlteros o a alguno de ellos, o les causare cualquiera de las lesiones graves, será castigado a la pena de destierro. Si les produjere lesiones de otra clase, quedará exento de pena.

    Estas reglas son aplicables, en análogas circunstancias, a los padres respecto de sus hijas menores de veintitrés años y sus corruptores, mientras aquéllas vivieren en la casa paterna.
    Don Malvamos es el experto en búsquedas por todo el Internet, él sabrá conseguirles un link del Código de 1944.

    La pena de destierro... Señores, ustedes no son abogados, pero estarán de acuerdo conmigo en que un destierro a cambio de un homicidio doloso ¡es una ganga!

    Hay que señalar que la prerrogativa sólo aplicaba para el marido, jamás para la esposa.

    El Código de 1944 fue revisado en 1963, sí. De hecho, siguió sufriendo revisiones varias durante los 70's, 80's y principios de los 90's. Era muy complicado seguir con tan absurdas prescripciones en pleno siglo XX. En 1995 se redacta otro código, el cual también fue reformado en múltiples ocasiones. En julio de 2015 entra en vigor el ahora vigente código.

    Cabe destacar que tanto las bases del Código de 1995 como las del de 2015 son aquéllos de 1870 y 1932. De aquellas etapas que los franquistas aborrecen.

    Una pena su desconocimiento; pero lo más grave no es eso, sino que se mofen al unísono de una forista que desde el principio dijo LA VERDAD.
    Última edición por Aquiles Brinco; 13-sep.-2016 a las 21:04

  3. #73
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    Cita Iniciado por Aquiles Brinco Ver Mensaje
    Señores, en verdad me aterra ver que ciudadanos españoles desconozcan su propia historia. Miren, que desconozcan la historia de otros países me parece, hasta cierto punto, razonable, pero ¿la suya?

    Menciona don Malvamos el Código de 1870, y dice que, en aquel entonces, no estaba prescrita la norma que ahora se discute. Y no, en efecto, no estaba prescrita. Lo que se le olvida comentar a don Malvamos es que el Código Penal de 1870 corresponde a una de tantas reformas LIBERALES realizadas acorde a la Revolución de 1868. El constituyente redacta la Constitución de 1869 y, desde luego, era necesario un ordenamiento compatible con la nueva carta magna de corte LIBERAL.



    Después de eso, llega la dictadura ultraderechista de Primo de Rivera, y se redacta el Código Penal de 1928, en donde -¿qué creen?-, vuelve tanto la pena de muerte como la prerrogativa para el marido en caso de homicidio por adulterio.

    Viene después el corto régimen de la Segunda República, liberal, por supuesto, en el que se volvió por un tiempo al código de 1870, pero pronto se redactó y aprobó el Código Penal de 1932, el cual tampoco contemplaba ni la pena capital ni dicha prerrogativa.

    Pero dicen que ninguna gloria es eterna, y se comprobó con el golpe de estado de Franco, quien mantuvo el Código Penal de 1932 vigente unos años, mientras se redactaba otro, mismo que fue terminado y aprobado por el mismo Franco en 1944, el Código Penal de 1944, el cual, ¿saben qué? REINTRODUJO tanto la pena capital como el eximente de responsabilidad en caso de homicidio por adulterio.

    Decía el Código Penal de 1944 -que de hecho tengo en mis manos en este momento-, en su artículo 428:



    Don Malvamos es el experto en búsquedas por todo el Internet, él sabrá conseguirles un link del Código de 1944.

    La pena de destierro... Señores, ustedes no son abogados, pero estarán de acuerdo conmigo en que un destierro a cambio de un homicidio doloso ¡es una ganga!

    Hay que señalar que la prerrogativa sólo aplicaba para el marido, jamás para la esposa.

    El Código de 1944 fue revisado en 1963, sí. De hecho, siguió sufriendo revisiones varias durante los 70's, 80's y principios de los 90's. Era muy complicado seguir con tan absurdas prescripciones en pleno siglo XX. En 1995 se redacta otro código, el cual también fue reformado en múltiples ocasiones. En julio de 2015 entra en vigor el ahora vigente código.

    Cabe destacar que tanto las bases del Código de 1995 como las del de 2015 son aquéllos de 1870 y 1932. De aquellas etapas que los franquistas aborrecen.

    Una pena su desconocimiento; pero lo más grave no es eso, sino que se mofen al unísono de una forista que desde el principio dijo LA VERDAD.
    parece que usted desconoce, que la historia de españa fue hecha y escrita, POR EL PUEBLO ESPAÑOL.
    un marxista
    Esto no se encuentra en internet, menos en historiografía, es de mi autoría.

  4. #74
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    Cita Iniciado por cripton36 Ver Mensaje
    parece que usted desconoce, que la historia de españa fue hecha y escrita, POR EL PUEBLO ESPAÑOL.
    un marxista
    Ah, mire, qué bueno que lo menciona; habrá gente que piense que la escribieron los chinos.

  5. #75
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    Cita Iniciado por Aquiles Brinco Ver Mensaje
    Señores, en verdad me aterra ver que ciudadanos españoles desconozcan su propia historia. Miren, que desconozcan la historia de otros países me parece, hasta cierto punto, razonable, pero ¿la suya?

    Menciona don Malvamos el Código de 1870, y dice que, en aquel entonces, no estaba prescrita la norma que ahora se discute. Y no, en efecto, no estaba prescrita. Lo que se le olvida comentar a don Malvamos es que el Código Penal de 1870 corresponde a una de tantas reformas LIBERALES realizadas acorde a la Revolución de 1868. El constituyente redacta la Constitución de 1869 y, desde luego, era necesario un ordenamiento compatible con la nueva carta magna de corte LIBERAL.



    Después de eso, llega la dictadura ultraderechista de Primo de Rivera, y se redacta el Código Penal de 1928, en donde -¿qué creen?-, vuelve tanto la pena de muerte como la prerrogativa para el marido en caso de homicidio por adulterio.

    Viene después el corto régimen de la Segunda República, liberal, por supuesto, en el que se volvió por un tiempo al código de 1870, pero pronto se redactó y aprobó el Código Penal de 1932, el cual tampoco contemplaba ni la pena capital ni dicha prerrogativa.

    Pero dicen que ninguna gloria es eterna, y se comprobó con el golpe de estado de Franco, quien mantuvo el Código Penal de 1932 vigente unos años, mientras se redactaba otro, mismo que fue terminado y aprobado por el mismo Franco en 1944, el Código Penal de 1944, el cual, ¿saben qué? REINTRODUJO tanto la pena capital como el eximente de responsabilidad en caso de homicidio por adulterio.

    Decía el Código Penal de 1944 -que de hecho tengo en mis manos en este momento-, en su artículo 428:



    Don Malvamos es el experto en búsquedas por todo el Internet, él sabrá conseguirles un link del Código de 1944.

    La pena de destierro... Señores, ustedes no son abogados, pero estarán de acuerdo conmigo en que un destierro a cambio de un homicidio doloso ¡es una ganga!

    Hay que señalar que la prerrogativa sólo aplicaba para el marido, jamás para la esposa.

    El Código de 1944 fue revisado en 1963, sí. De hecho, siguió sufriendo revisiones varias durante los 70's, 80's y principios de los 90's. Era muy complicado seguir con tan absurdas prescripciones en pleno siglo XX. En 1995 se redacta otro código, el cual también fue reformado en múltiples ocasiones. En julio de 2015 entra en vigor el ahora vigente código.

    Cabe destacar que tanto las bases del Código de 1995 como las del de 2015 son aquéllos de 1870 y 1932. De aquellas etapas que los franquistas aborrecen.

    Una pena su desconocimiento; pero lo más grave no es eso, sino que se mofen al unísono de una forista que desde el principio dijo LA VERDAD.
    Todo eso que pones en tu post no es novedad, lo de Malvamos no, lo otro sobre el tema que se está discutiendo, ya lo leí antes de que lo pusieras, en google.

    Mi queja es por la fijacion que tiene la señora EsquizOfelia por sacar a relucir los pecados de los españoles de hace no se cuantos años y siglos, lo viene haciendo desde que nos registramos, lo hace cada vez que le viene a pelo, y tiene la ocasion de meter la cuña de lo malos que somos, y todo lo que hicieron nuestros antepasados, hay una frase que dice, que los hijos no son culpables de los pecados de los padres.

    Estaria bien que la señora EsquizOfelia, en vez de ir atacando con cosas de la historia, mirase lo que tiene en casa, en su pais en la actualidad, y se preocupara por ese tipo de cosas, en vez que ir echandonos caquica a los españoles, por culpa de esa fijacion absurda que tiene con nosotros.

    Esta señora como forera me agota.

    Que paseis todo@s un buen dia, me tomo vacaciones foriles, antes de que pierda los papeles.

    ¡Volvere!
    Última edición por Bell; 14-sep.-2016 a las 00:27

  6. #76
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    Cita Iniciado por Bell Ver Mensaje
    Todo eso que pones en tu post no es novedad, lo de Malvamos no, lo otro sobre el tema que se está discutiendo, ya lo leí antes de que lo pusieras, en google.

    Mi queja es por la fijacion que tiene la señora EsquizOfelia por sacar a relucir los pecados los españoles de hace no se cuantos años y siglos, lo viene haciendo desde que nos registramos, lo hace cada vez que le viene a pelo, y tiene la ocasion de meter la cuña de lo malos malos que somos, y todo lo que hicieron nuestros antepasados, hay una frase que dice, que los hijos no son culpables de los pecados de los padres.

    Estaria bien que la señora EsquizOfelia, en vez de ir atacando con cosas de la historia, mirase lo que tiene en casa, en su pais en la actualidad, y se preocupara por ese tipo de cosas, en vez que ir echandonos caquica a los españoles, por culpa de esa fijacion absurda que tiene con nosotros.

    Esta señora como forera me agota.

    Que paseis todo@s un buen dia, me tomo vacaciones foriles, antes de que puerda los papeles.

    ¡Volvere!
    No te alteres Bell, a Esquizofelia no creo que le caigan mal los españoles, le caigo yo mal y por eso siempre trata de pincharme con lo peorcito de nuestra historia.... que las más de las veces se inventa y el resto lo saca de internet y la engañanan.

    Pero como ahora tiene ayudante, le irán mejor las cosas.

  7. #77
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    Cita Iniciado por Aquiles Brinco Ver Mensaje
    Señores, en verdad me aterra ver que ciudadanos españoles desconozcan su propia historia. Miren, que desconozcan la historia de otros países me parece, hasta cierto punto, razonable, pero ¿la suya?

    Menciona don Malvamos el Código de 1870, y dice que, en aquel entonces, no estaba prescrita la norma que ahora se discute. Y no, en efecto, no estaba prescrita. Lo que se le olvida comentar a don Malvamos es que el Código Penal de 1870 corresponde a una de tantas reformas LIBERALES realizadas acorde a la Revolución de 1868. El constituyente redacta la Constitución de 1869 y, desde luego, era necesario un ordenamiento compatible con la nueva carta magna de corte LIBERAL.



    Después de eso, llega la dictadura ultraderechista de Primo de Rivera, y se redacta el Código Penal de 1928, en donde -¿qué creen?-, vuelve tanto la pena de muerte como la prerrogativa para el marido en caso de homicidio por adulterio.

    Viene después el corto régimen de la Segunda República, liberal, por supuesto, en el que se volvió por un tiempo al código de 1870, pero pronto se redactó y aprobó el Código Penal de 1932, el cual tampoco contemplaba ni la pena capital ni dicha prerrogativa.

    Pero dicen que ninguna gloria es eterna, y se comprobó con el golpe de estado de Franco, quien mantuvo el Código Penal de 1932 vigente unos años, mientras se redactaba otro, mismo que fue terminado y aprobado por el mismo Franco en 1944, el Código Penal de 1944, el cual, ¿saben qué? REINTRODUJO tanto la pena capital como el eximente de responsabilidad en caso de homicidio por adulterio.

    Decía el Código Penal de 1944 -que de hecho tengo en mis manos en este momento-, en su artículo 428:



    Don Malvamos es el experto en búsquedas por todo el Internet, él sabrá conseguirles un link del Código de 1944.

    La pena de destierro... Señores, ustedes no son abogados, pero estarán de acuerdo conmigo en que un destierro a cambio de un homicidio doloso ¡es una ganga!

    Hay que señalar que la prerrogativa sólo aplicaba para el marido, jamás para la esposa.

    El Código de 1944 fue revisado en 1963, sí. De hecho, siguió sufriendo revisiones varias durante los 70's, 80's y principios de los 90's. Era muy complicado seguir con tan absurdas prescripciones en pleno siglo XX. En 1995 se redacta otro código, el cual también fue reformado en múltiples ocasiones. En julio de 2015 entra en vigor el ahora vigente código.

    Cabe destacar que tanto las bases del Código de 1995 como las del de 2015 son aquéllos de 1870 y 1932. De aquellas etapas que los franquistas aborrecen.

    Una pena su desconocimiento; pero lo más grave no es eso, sino que se mofen al unísono de una forista que desde el principio dijo LA VERDAD.
    Señor Aquiles Frito: No se altere tanto por nuestra incultura y céntrese en el tema. Ya sabe que el bla, bla, bla contribuye a que el personal al final se pierda en la palabrería. Deje para otra ocasión el contarnos todo lo que sacó de Wiki que ya sabemos que sabe usted bucear por esos lares.


    Le recuerdo el post que da origen a la discusión:

    Cita Iniciado por EsquizOfelia Ver Mensaje
    "Todo tiempo pasado fue mejor"
    Esa frase no la inventó ni un negro, ni un homosexual, ni una mujer.



    En España no tenían esos chirimbolos para castigar las mujeres, pero tenían el "privilegio de la venganza de la sangre", que fue reintroducido por la dictadura de Franco y recién en 1963, fue eliminado del Código Penal.
    Según este "derecho" el marido podía matar su esposa si lo engañaba, sin ir preso. No sé si en caso de ser la mujer la engañada, tenía el mismo derecho.:sneaky2: El autor del hilo nos lo aclarará.

    .
    Ya que conoce nuestra historia, ¿Podría darnos cifras de mujeres matadas por sus maridos aplicando el Derecho de Sangre reintroducido por Franco, entre 1939 y su abolición en 1963?

    ¡¡¡Espero que no me cuente que entre esos años nu hubo nada de eso porque los matrimonios nacionalcatólicos se amaban como tortolitos!!!
    Y también espero que no trate de enredar con sus bla, bla, bla que no sirven para nada.

    Recuerde que se me estudia en Palermo por mi claridad a la hora de exponer y por mi rigor histórico.

  8. #78
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    Cita Iniciado por Zampabol Ver Mensaje
    Señor Aquiles Frito: No se altere tanto por nuestra incultura y céntrese en el tema. Ya sabe que el bla, bla, bla contribuye a que el personal al final se pierda en la palabrería. Deje para otra ocasión el contarnos todo lo que sacó de Wiki que ya sabemos que sabe usted bucear por esos lares.


    Le recuerdo el post que da origen a la discusión:



    Ya que conoce nuestra historia, ¿Podría darnos cifras de mujeres matadas por sus maridos aplicando el Derecho de Sangre reintroducido por Franco, entre 1939 y su abolición en 1963?

    ¡¡¡Espero que no me cuente que entre esos años nu hubo nada de eso porque los matrimonios nacionalcatólicos se amaban como tortolitos!!!
    Y también espero que no trate de enredar con sus bla, bla, bla que no sirven para nada.

    Recuerde que se me estudia en Palermo por mi claridad a la hora de exponer y por mi rigor histórico.
    ¿O sea que no importan las previsiones legales, sino el volumen de incidencia de la conducta?

    Mire, qué curioso. Lo voy a tomar como un chiste para no «alterarme» por su incultura.

    Fíjese que no me gusta usar Wikipedia, pero una cosa sí le digo, en la mayoría de los casos se trata de una fuente fidedigna. Lamentablemente en Wikipedia no va a poder encontrar usted ni el artículo que amablemente transcribí, ni las estadísticas de su incidencia.

    Aquí lo que se estaba discutiendo era si Franco había reintroducido o no esa aberración jurídica, no su impacto procesal en la sociedad y en los tribunales. Y sí, efectivamente, LA REINTRODUJO.

    Pero no se preocupe, lo entiendo, como se evidenció su desconocimiento, ahora se hará de manipulaciones y desvíos para sepultar lo verdaderamente importante. Siga usted con toda confianza.

    De algo sí tengo curiosidad, y es de que me muestre usted un estudio donde se le considere un claro y riguroso expositor. Una simple cita sería suficiente.

  9. #79
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    Cita Iniciado por Aquiles Brinco Ver Mensaje
    ¿O sea que no importan las previsiones legales, sino el volumen de incidencia de la conducta?

    Mire, qué curioso. Lo voy a tomar como un chiste para no «alterarme» por su incultura.

    Fíjese que no me gusta usar Wikipedia, pero una cosa sí le digo, en la mayoría de los casos se trata de una fuente fidedigna. Lamentablemente en Wikipedia no va a poder encontrar usted ni el artículo que amablemente transcribí, ni las estadísticas de su incidencia.

    Aquí lo que se estaba discutiendo era si Franco había reintroducido o no esa aberración jurídica, no su impacto procesal en la sociedad y en los tribunales. Y sí, efectivamente, LA REINTRODUJO.

    Pero no se preocupe, lo entiendo, como se evidenció su desconocimiento, ahora se hará de manipulaciones y desvíos para sepultar lo verdaderamente importante. Siga usted con toda confianza.

    De algo sí tengo curiosidad, y es de que me muestre usted un estudio donde se le considere un claro y riguroso expositor. Una simple cita sería suficiente.
    Señor Brinco: usted hace demasiado honor a su apellido y brinca y brinca sin atender al tema en cuestión. Se lo recuerdo para que no siga brincando. Le recorto la parte fundamental del mismo para que no pueda perderse.

    En España no tenían esos chirimbolos para castigar las mujeres, pero tenían el "privilegio de la venganza de la sangre", que[/FONT] fue reintroducido por la dictadura de Franco y recién en 1963, fue eliminado del Código Penal.
    Según este "derecho" el marido podía matar su esposa si lo engañaba, sin ir preso. No sé si en caso de ser la mujer la engañada, tenía el mismo derecho.:sneaky2: El autor del hilo nos lo aclarará.

    .
    Como usted sabe (imagino que es picapleitos), las leyes se redactan para normalizar y regular un comportamiento que se ha establecido y que ha de ordenarse. Por tanto esta ley que Franco NUNCA reintrodujo de haber sido reintroducida sería para LEGALIZAR un comportamiento "alegal" que era frecuente en España y que consistía en matar a manos de los maridos a las esposas adúlteras.
    Si no le importa, le ruego que me ponga el texto de la ley en concreto que facultaba a los maridos para asesinar a las adúlteras de forma legal. Es usted el que conoce la historia y las leyes de mi país, y es usted el que sostiene que eso es cierto.
    Ya sabe que yo no puedo probar que una mentira es una mentira (me llevaría toda la vida desmentir mentiras) y como usted conoce esa ley, la tiene y además conoce el número de mujeres ajusticiadas por sus maridos, háganos el favor de ilustrarnos y darnos esas cifras sin entrar en palabrería y esquinazos que no llevan a ninguna parte.

    Gracias.

  10. #80
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    .


    Cita Iniciado por Bell Ver Mensaje

    Mi queja es por la fijacion que tiene la señora EsquizOfelia por sacar a relucir los pecados de los españoles de hace no se cuantos años y siglos, !
    Estás siendo injusta. Si lees otros subforos, verás que se está tratando el tema México. En él han participado españoles dando su opinión, y no leerás a ningún mexicano reclamando que están siendo perseguidos. Esto es un foro señorita, donde a la libertad de expresión se le hace culto.
    Varias veces se tocó Brasil como tema, y hubieron opiniones muy fuertes.
    Varias veces se abrieron foros para hablar sobre Argentina, y los argentinos no pusieron pies en polvorosa por lo duros que fueron los debates.

    Cita Iniciado por Bell Ver Mensaje
    Esta señora como forera me agota.
    Lamento causarte esa molestia. Si el caso fuera diferente, te recomendaría que usara el Ignored, pero lamentablemente conmigo, esa herramienta no funciona.
    Intente no leerme.

    .
    .

    No seamos voceros del terrorismo.
    No difundamos sus crímenes.

    .

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