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La carta de Ada Colau no es defendible.Porque mezcla para confundir,adrede un deshacuio por falta de pago de la renta con un desahucio que es consecuencia del ejercicio de la accion hipotecaria.Y no es lo mismo:uno se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil y otro por la Ley Hpotecaria.En uno ambas partes,arrendador y arrendatario son particulares uno de los cuales ha invertido sus ahorros en un piso que alquila para tener un ingreso necesario para su vida,y es engañado o estafado por el inquilino que no le paga la renta pactada obligando al propietario a acudir a los Tribunales hasta llegar a su lanzamiento.En el tro caso se trata del adquirente de un piso hipotecado y que no cumple su compromiso,por lo que el Banco hiptecante ejerce la acccion hipotecaria y consigue su lanzamiento.En este segundo tipo de desahucio habria que estudiar cado por caso para determinar el engaño que podria haberse producido en el hipotecado.
En cuanto a la justificacion de los "escraches" es absolutamente improcedente porque esas manifestaciones persecutorias del politico de turno hasta su domicilio particular,insultandole gravemente de manera que su familia se vea afectada,incluso menores,son consrtitutivas de delitos de amenazas,coacciones o torturas morales tipificadas en los arts.169,172 y 173 todos del Código Penal.