El concepto de Derechos naturales o de La Ley Natural es cierto que comenzó como un pensamiento filosófico por Aristóteles, que fue transformándose, pero que aun careciendo de valor legal, fue sin embargo, el único punto de referencia que se uso durante siglos para administrar la justicia. En 1948 la Ley Natural incorporo La Declaración de los derechos humanos, un documento firmado por prácticamente todos los países del mundo en ese entonces con la excepción de Rusia y los países del Oriente Medio. Por lo tanto si que hay un valor legal, aunque no extensivo, en La Ley Natural. La declaración de los derechos humanos contiene derechos civiles, políticos, económicos y culturales. Los países firmantes se comprometieron a poner esos treinta y pico de artículos por encima de cualquier ley local. Por lo tanto, cualquier ley que contradiga un artículo de La declaración del acta de los derechos humanos, sería ilegal e injusta, que no podría situarse por encima de La Ley Natural.

Pero, no solo la declaración de los derechos humanos a dado legalidad a La ley Natural. En Inglaterra en el siglo XV se incorpora la ley del “Habeas Corpus” a la Ley Natural, y en siglo XVI incorporan la ley de “Declaration of Rights”. Me parece que Francia después de su revolución también incorporaron algunas leyes a la Ley Natural.