Estimados foristas:
Quedaron tres puntos que no quise mezclar en mi participación anterior, pero que no me gustaría dejar sin responder:
“Es cierto que en Prusia naciò la educaciòn pùblica pero observamos que era pagado con impuestos y los niños ricos iban a escuelas privadas con 4 años màs de estudio; la población no tenía acceso a la educación secundaria”
During the 18th century, the Kingdom of Prussia was among the first countries in the world to introduce tax-funded and generally compulsory primary education, comprising an eight-year course of primary education, called Volksschule. It provided not only the skills needed in an early industrialized world (reading, writing and arithmetic), but also a strict education in ethics, duty, discipline and obedience. Affluent children often went on to attend preparatory private schools for an additional four years, but the general population had virtually no access to secondary education.
La educación gratuita y obligatoria hoy en día, está fundada en impuestos, como lo estuvo el modelo original prusiano, que repito fue el que inicio todo, ni Marx ni los Marxistas descubrieron la rueda con esto, como se pretendía en el artículo original, y más bien me quedo corto a no considerar a los verdaderos precursores que fueron los filósofos de la ilustración. Marx pudo haber apoyado una idea creada por otros, pero intentar darle la autoría es un poco descabellado.
Si el Manifiesto Comunista fué publiacdo en el 1848 y Bismarck lo aplicò en 1871, ¿còmo puede haber Marx copiado algo que escribiò 20 antes?
Interesante razonamiento, pero se te escapo un detalle, en el manifiesto comunista no se habla de ningún tipo de seguro para los trabajadores, debes revisar tus fuentes, es más Marx se opone a este tipo de leyes que busquen mejorar la calidad de vida de los trabadores, ya que lo que el quieres es suplantar un modelo de producción por otro:
“Una segunda modalidad, aunque menos sistemática bastante más práctica, de socialismo, pretende ahuyentar a la clase obrera de todo movimiento revolucionario haciéndole ver que lo que a ella le interesa no son tales o cuales cambios políticos, sino simplemente determinadas mejoras en las condiciones materiales, económicas, de su vida. Claro está que este socialismo se cuida de no incluir entre los cambios que afectan a las “condiciones materiales de vida” la abolición del régimen burgués de producción, que sólo puede alcanzarse por la vía revolucionaria; sus aspiraciones se contraen a esas reformas administrativas que son conciliables con el actual régimen de producción y que, por tanto, no tocan para nada a las relaciones entre el capital y el trabajo asalariado, sirviendo sólo -en el mejor de los casos- para abaratar a la burguesía las costas de su reinado y sanearle el presupuesto.”
Y por último, la eterna pretensión de los marxistas de hacer creer como logros propios las ideas de los demás, se puede ejemplificar con los derechos de la mujer:
“En realidad, el matrimonio burgués es ya la comunidad de las esposas. A lo sumo, podría reprocharse a los comunistas el pretender sustituir este hipócrita y recatado régimen colectivo de hoy por una colectivización oficial, franca y abierta, de la mujer. Por lo demás, fácil es comprender que, al abolirse el régimen actual de producción, desaparecerá con él el sistema de comunidad de la mujer que engendra, y que se refugia en la prostitución, en la oficial y en la encubierta.”
Este párrafo es claro y explicito, y no necesita muchas explicaciones, aquí no aplican nada de las eternas excusas Marxistas del tipo “allí dice eso, pero Marx quiso decir…” o “hay que leerlo en su debido contexto”, Marx no se anda con rodeos, lo que él quiere es sustituir el sistema “hipócrita y recatado” burgués, por “una colectivización oficial, franca y abierta, de la mujer”, o sea, de la explotación burguesa, a la Marxista.
Para finalizar de refutar la pretensión de que el movimiento por los derechos de la mujer fue iniciado, o es una herencia del Marxismo, citare dos hitos históricos de los mismos:
1) En 1791 se publica en Francia: Los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, por Olympia de Gouges, pueden leerlos en el siguiente enlace: http://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_los_Derechos_de_la_Mujer_y_de_ la_Ciudadana.
2) En 1792 se publica en Inglaterra: Vindicación de los Derechos de la Mujer por Mary Wollstonecraft, pueden leerlos en su idioma original en el siguiente enlace:
http://oregonstate.edu/instruct/phl302/texts/wollstonecraft/woman-contents.html.
Saludos,
P.D: Gracias por tu comentario Archie.