Iniciado por
MangoMartini
He ahí el problema, que se cree que un funcionario público merece más o mejores derechos que el resto de ciudadanos. No hay fundamentos jurídicos para eso. Te repito, no lo digo yo, lo dice la constitución. La única prerrogativa con la que algunos cuentan es el fuero constitucional, pero existe también la posibilidad de desaforarlos cuando cometen un delito y se requiere procesarlos. Es un procedimiento regular, Dorogoi, previsto por las leyes, no es ninguna novedad.
Por eso dije:
Y es que la conducta -delito-, es la misma, sea cometida por un funcionario público, o por un ciudadano común. En todo caso, la pena se individualiza según las condiciones de su comisión. Las repercusiones políticas y sociales son otra cosa, y no tienen absolutamente nada que ver con el sentido de la justicia.
El problema es que quizá estés confundido respecto a la figura constitucional del juicio político. Dorogoi, constitucionalmente, el presidente no merece tribunales especiales; si comete un delito, debe ser desaforado y procesado por tribunales ordinarios. No porque yo así lo estime conveniente, sino porque así lo prevé la constitución. El juicio político NO ES UNA ALTERNATIVA AL PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO, sino un proceso diverso, cuyos fines son meramente políticos: destitución e inhabilitación. Rousseff, gane o pierda, bien podría ser procesada penalmente después del juicio político, si se llegasen a recolectar pruebas suficientes de los ilícitos de los que se le acusa.
O sea, creo que estamos discutiendo algo que constitucionalmente no es divergente. De cometer un delito, el presidente de la república sería juzgado por tribunales ordinarios, así lo tiene previsto tanto la constitución como el código penal.
El problema es que las causales del juicio político de Rousseff constituyen DELITOS, y lo que quiero dar a entender es que si se tuvieran pruebas de esos delitos, pruebas fehacientes, no estarían organizando un procedimiento político, sino uno judicial. ¿Tú crees que la oposición desperdiciaría la oportunidad de encarcelarla? Y es que sólo la podría encarcelar un tribunal ordinario, con pruebas fidedignas. Pero como las pruebas son pobres, no queda más remedio que prenderse del juicio político, el cual está en manos de un poder legislativo que ni siquiera actúa por unanimidad.
Yo no sé si Rousseff cometió delitos, para eso me gustaría una investigación ministerial, parte de un proceso penal ordinario, para averiguarlo y, de haber sido así, castigarla como corresponde.
En un juicio político no hay una investigación ministerial, no se investiga la verdad histórica de los hechos, no hay un desahogo de pruebas, sino solo una presentación melodramática de indicios y circunstancias. Los juicios políticos satisfacen a los sectores sociales menos documentados, pues son aparatosos, pero insustanciales. Son mecanismos teatrales que hacen creer al vulgo que se hizo justicia.
Con "ordinario" me refiero a que se componga de las figuras prescritas por la constitución; un ministerio público, un juez, un abogado defensor y un equipo tecnojurídico. Para el caso de un proceso contra un presidente, lo más adecuado sería que el ministerio público -fiscal- fuese el procurador general de la república, y el juez fuera el presidente de la suprema corte de justicia -Supremo Tribunal Federal, para el caso de Brasil-; aunque lo técnicamente correcto sería un juez federal de la materia. El equipo tecnojurídico podría estar compuesto por ministros judiciales.
Lo descabellado es pretender penar con una simple destitución la comisión de DELITOS. Lo que la opinión internacional espera es justicia, verdadera justicia. Un procedimiento penal brillaría más que el teatro político que están haciendo. Por eso también dije que la desacreditación de Brasil en el exterior es inminente.
En caso de delito, la única facultad del congreso es DESAFORAR al funcionario para que pueda ser procesado por un tribunal ordinario. Si con Rousseff no lo han hecho, es porque no se tienen pruebas dignas de ser presentadas ante la procuraduría general de la república. En un proceso penal, el poder legislativo no puede hacer de ministerio público ni mucho menos de juez.
Dorogoi, la tarea de un fiscal es investigar y acusar, no juzgar. Sólo juzgan los jueces. Un fiscal es un ministerio público -y viceversa-. Ningún juez, en ninguna república, tiene fuero constitucional; ni en Bolivia, donde recientemente los funcionarios del poder judicial fueron elegidos popularmente. Me sorprende que sea noticia para ti, pero se ha procesado y encarcelado a infinidad de jueces, senadores, diputados, gobernadores, también a fiscales y, en general, a todo tipo de funcionarios.
En las repúblicas, así es. Basta con que el congreso desafore a un servidor para que éste pueda ser investigado, procesado y, en su caso, condenado.
Ejemplos te puedo dar un centenar.
El caso de Andrés Manuel López Obrador es un de ellos:
Como podrás ver, el caso fue resuelto por tribunales ordinarios. El procurador general de la república -ministerio público- solicitó el desafuero del funcionario para llevarlo a proceso por desacato. El caso fue resuelto por "tarados", como tú les llamas. No sé qué preparación le exijan a ministerios públicos y jueces en el país donde vives, supongo que no ha de ser poca. Hay que tener más noción de lo que es un procurador general de la república y un presidente de la suprema corte de justicia.
De igual forma, en el caso de Rousseff, si las pruebas fueran contundentes, la oposición ya las hubiese presentado al procurador general de la república, para que éste, a su vez, solicitase al congreso el desafuero de la presidenta, y así llevarla a proceso. Como no hay suficientes pruebas, sólo les queda el juicio político, donde los fundamentos y argumentos son valorados subjetivamente por congresistas partidistas.
De entrada debes entender que un juicio político no sustituye a un proceso penal, son dos cosas distintas. Y el presidente, al igual que cualquier otro ciudadano, constitucionalmente, se vería sometido a un proceso penal si llegase a cometer un delito. Bastaría con que un ministerio publico presentase las pruebas de su acusación, primero, al congreso, a fin de desaforarlo y, luego, al juez en materia, para procesarlo y condenarlo.
Buen debate, ya hacía falta.
Saludos.