Cita Iniciado por Aquiles Brinco Ver Mensaje
Fíjese, doña EsquizOfelia, que en Internet uno lee de todo. Yo sé que a usted le impresionan algunas de las declaraciones de este hilo, por su incongruencia y desapego a la realidad, pero de esta clase de 'contenidos' está lleno el Internet.

La legislación alrededor del mundo es muy diversa, pero muchos preceptos se conservan idénticos pese a tal diversidad.

Primero, la 'obligación' de denunciar un delito, no es más que un requerimiento civil, pues, si bien exhorta a denunciar los antisociales de los que seamos TESTIGOS, no hay una conducta tipo que describa la omisión de dicha obligación, ni mucho menos está prevista una pena. En derecho penal, las conductas sin pena, pese a incluso estar tipificadas, NO FUNCIONAN COMO DELITOS, pues no se pueden procesar por carecer de penalidad puntual.

En España, la sanción -que no pena- por tal omisión es de carácter administrativo. Le cuesta al imputado apenas unos euros. Yo creo que en toda su historia jamás han echo efectiva tal multa, ya que esa omisión, al no haber denuncia, es prácticamente imposible de probar. La complicidad y el encubrimiento son cosas distintas.

La complicidad, en derecho, no es un delito por sí misma, sino un grado de autoría o participación. Se dice que la penalidad de los antisociales irá de acuerdo al grado en que el inculpado haya participado en ellos. Se puede ser autor material, intelectual, o haber tenido algún grado de participación en su comisión, lo cual nos remite a la 'complicidad'.

Por ejemplo:

Usted roba un banco, y yo, como gerente de tal, previo plan, retardo la llamada a las autoridades.

En este caso, yo sería un cómplice. Si bien no ejecuté la conducta típica del robo, sí brindé oportuno auxilio para su ejecución.

El encubrimiento, en derecho, es toda acción u omisión encaminada a ayudar, DIRECTAMENTE, al delincuente a evadirse de la acción de la justicia.

Por ejemplo:

Usted roba un banco, y se va a esconder a mi casa, en donde yo la recibo y la oculto por un tiempo.

En este caso, yo sería acusado del delito de encubrimiento.

Como podemos ver, el encubrimiento sí es una conducta delictiva por sí misma.

Sospecho que don Zampabol me está dirigiendo una amenaza pobremente disimulada. Pretende amedrentarme con una denuncia por difamación en contra de la Guardia Civil Española.

Para empezar, el delito de difamación no se persigue de oficio, sino por querella. Debe ser el representante de la Guardia Civil quien me denuncie. Luego, habrá que comprobar que efectivamente se configure la conducta tipo -desde luego no se configura-. Y, por último, hace falta ver si la conducta fue cometida dentro del ámbito de aplicación de la ley; es decir, dentro de su jurisdicción.

Los delitos cometidos a través de Internet son de difícil configuración, puesto que rara vez los intervinientes se encuentran en la misma esfera jurisdiccional. Hay dos opciones, se persigue el delito según la legislación aplicable a la localización de quien lo comete, o se persigue según la legislación aplicable a la localización del servidor, que es donde se encuentra físicamente almacenado el cuerpo del delito.

Lamentablemente, para don Zampabol, en México, específicamente para donde yo me encuentro localizado, no existen más los delitos de difamación, calumnia e injuria.

Ahora bien, si se decide perseguir el 'delito' según la localización del servidor, pues hablamos, entonces, de los EE.UU. Fíjese, doña EsquizOfelia, que es más fácil que demande a Bill Gates por un error en Windows, y que yo salga triunfante del pleito, a que las pretensiones de don Zampabol prosperen.

Un ejemplo de la persecución de delitos según la localización del servidor web, es la piratería. Los estadounidenses se toman muy en serio los derechos de autor, y si avistan piratería en servidores estadounidenses, de inmediato proceden a la investigación correspondiente.

Yo le sugeriría a don Zampabol que le dijera a su 'prima' que haga lo que más se le antoje. Es más, yo pagaría por presenciar semejante burla al sistema de procuración de justicia español.

Difícilmente -si no imposible- alguien va a poder amedrentarme a mí. ¡Mucho menos con supuestos argumentos legales! De entrada, se nota la impericia 'legaloide' al mostrar abiertamente sus cartas. Como abogado, don Zampabol perdería nomás de entrar al juzgado.
No te equivoques Mango, la acusación es en este foro por insultos a las fuerzas y cuerpos de seguridad de mi país. No confundas.

Ya luego sigo. (y gracias por venir y a Nixe también)