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Tema: Carta de ada colau a rajoy

  1. #21
    Fecha de Ingreso
    08-mayo-2009
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Cita Iniciado por Loma_P Ver Mensaje
    Bueno también esta vez estoy yo de acuerdo en parte, porque verás los escraches de los paparazzis le costó la vida a Lady Di, al llevar la situación al límite tanto los unos como los otros.

    Y los desahuciados los cuales disponen de escrituras de propiedad y pagos realizados en determinados números también estos serían acogidos por el art.173 o ¿No?, y también estos poseen hijos menores de edad que expulsan de esa primera vivienda con lo cual también se está infringiendo el artículo correspondiente constitucional.

    Yo no apoyo ciertos abusos, lo que estoy diciendo es que la población ante la impotencia de la clase gobernante hacia ellos y la impotencia a la que se ven sometidos en favor de los bancos y respaldados por las fuerzas del orden.. eso de ningún modo es razonable, lo razonable sería negociar distintas formas de pago teniendo en cuenta cada problemática de forma independiente, y eso Madovi tan solo tiene la capacidad de hacerlo un gobierno justo y dispuesto a representar a sus ciudadanos.

    No me vale que en este país se esté yendo el dinero a espuertas en ayudar o ciertos colectivos bancarios por ruina y a sus deudores se les eche a la calle por impago ... esto es un descaro y un descalabro, prestemos dinero a los deudores para que puedan pagar sus deudas y a su vez se ayude a la banca a solventar sus crisis por malas previsiones, pero no salvemos totalmente a la banca y arruinemos a millones de personas que a su vez pagarán con sus impuestos los prestamos a aquellos que les están arruinando a ellos, no tiene ningún sentido lógico esto.

    Decía John Fitzgerald Kennedy:

    Los que hacen imposible una revolución pacífica harán inevitable una revolución violenta.

    No podemos negociar con aquéllos que dicen, «lo que es mío es mío y lo que es tuyo es negociable».

    Saludos
    //

    Tambien de acuerdo,salvo en la insistencia en la comparacion de los pesados "paparachis" con los "escraches" actuales,estos mas parecidos a los "piquetes informativos" en las huelgas generales..Es verdad que los primeros "persiguen" y dan lugar, como en el caso de Lady Di,a tragedias la mentables.Eso,de momento,no lo pueden conseguir los manifestantes persecutorios de politicos,aunque pretendan llegar "hasta la cocina"....Pero no cabe duda de que son "coercitivos" y,consiguientemente ,ilegítimos.Saludos.

  2. #22
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    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    //

    Está en las hemerotecas.Cuando "escrachearon" el domicilio particular de Gonzalez Pons,un periodista le pregunto a uno de los miembros del grupo que llegó al piso y llamó a la puerta que hubiera hecho si en aquel momento abriese una de las hijas menores de Gonzalez,y con tda naturalidad contestó:"pues le daria una h.......".Lo publicó.,entre otroso medios,ABC,que es donde lo leí......Y lo mismo se publica en prensa y se ve en television que todos los grupos de "escraches" al llagar al domicilio del diputado o politico del Partido Popular elegido,le insultan llamandole "fascista","chorizo","asesino........."
    Debo recordarte que los HECHOS NOTORIOS no necesitan demostracion.
    Hechos notorios son los insultos y los abucheos, lo de las amenazas a un niño no es un hecho notorio, asi es que deberias poner el enlace.

  3. #23
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    06-febrero-2013
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    Cita Iniciado por Zampabol Ver Mensaje
    Macho, eres increíble. Tú te inventas lo que te da la gana y acusas a todo el que te da la gana cuando te da la gana y cuando es otro saltas como una fiera para pedir pruebas de todo tipo.

    ¿Qué pasa con lo de Azar asesino? ¿Y qué pasa con la acusación de fascistas a todos los del PP? ¿Y qué pasa con las acusaciones de pederasta al Papa?

    Parece que a ti te debemos algo y que tú dices lo que te viene en gana. No hace falta oír a los radicales para saber de qué son capaces. No sólo con amenazar con dar una hostia, sino de CAGARSE en la PUTA nación de los políticos.

    ¿Vas a probar tú algo? ¿O le vas a seguir echando morro?
    Yo te pongo enlaces, pido lo mismo.

  4. #24
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    Cita Iniciado por Zampabol Ver Mensaje
    ¿A que se parecen mucho los dos himnos? Pues hay gente que no cree que el INTERNACIONALSOCIALISMO tenga las mismas raices que el NACIONALSOCIALISMO.

    Menos mal que tú los has desasnado.
    Si, raices y puntas.
    jajajajajaja

  5. #25
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    01-marzo-2013
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    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    //

    Tambien de acuerdo,salvo en la insistencia en la comparacion de los pesados "paparachis" con los "escraches" actuales,estos mas parecidos a los "piquetes informativos" en las huelgas generales..Es verdad que los primeros "persiguen" y dan lugar, como en el caso de Lady Di,a tragedias la mentables.Eso,de momento,no lo pueden conseguir los manifestantes persecutorios de politicos,aunque pretendan llegar "hasta la cocina"....Pero no cabe duda de que son "coercitivos" y,consiguientemente ,ilegítimos.Saludos.
    Madovi, hoy he tenido una idea que tengo que consultar con un jurista, y me he acordado de ti,.. te cuento:

    Yo opino que los créditos hipotecarios en esta país son ilegales de todo punto, lo cual han venido a ratificar los Tribunales europeos, pero al margen de que la Ley Hipotecaría lo sea ... no he oído a nadie decir que va contra nuestro propio sistema tributario como así és:

    Las hipotecas como todos sabemos desgravan en Hacienda, y esta devuelve el importe correspondiente al interés cobrado mensualmente por ellas ... Pues bien, si el Estado devuelve esos intereses, los bancos estarían involucrados en falsear esas cifras, en el momento que se han concedido créditos sobre valorados y por cantidades superiores al 80% sobre el total del valor de dicho inmueble inclusive en las fechas que se otorgaron, con lo cual el primer delito sería conceder el 100% x 100% del valor de esa vivienda, y el segundo conceder como crédito hipotecario el 120% sobre el valor de dicha vivienda y encima facilitar un delito tributario.

    ¿Podría esto disponer de base jurídica alguna y poder marcar jurisprudencia?, te ruego me informes, puesto que esto podría llegar a ser interesante en caso de que hubiese un recoveco legal en este punto que te menciono, o tal vez sea una simple tontería ante el desconocimiento legal que me procura este sector de las leyes.

    Te lo agradezco de antemano y un saludo.

    Si existiera algún abogado mas entre nosotros, rogaría que también mirase este punto y procediese a explicar si es factible tal cuestión. Porque de poder ser se les cogería como a los mafiosos por delitos fiscales ...¡¡Sería divertido esto!! .. como Al Capone.

  6. #26
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    08-mayo-2009
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Cita Iniciado por Loma_P Ver Mensaje
    Madovi, hoy he tenido una idea que tengo que consultar con un jurista, y me he acordado de ti,.. te cuento:

    Yo opino que los créditos hipotecarios en esta país son ilegales de todo punto, lo cual han venido a ratificar los Tribunales europeos, pero al margen de que la Ley Hipotecaría lo sea ... no he oído a nadie decir que va contra nuestro propio sistema tributario como así és:

    Las hipotecas como todos sabemos desgravan en Hacienda, y esta devuelve el importe correspondiente al interés cobrado mensualmente por ellas ... Pues bien, si el Estado devuelve esos intereses, los bancos estarían involucrados en falsear esas cifras, en el momento que se han concedido créditos sobre valorados y por cantidades superiores al 80% sobre el total del valor de dicho inmueble inclusive en las fechas que se otorgaron, con lo cual el primer delito sería conceder el 100% x 100% del valor de esa vivienda, y el segundo conceder como crédito hipotecario el 120% sobre el valor de dicha vivienda y encima facilitar un delito tributario.

    ¿Podría esto disponer de base jurídica alguna y poder marcar jurisprudencia?, te ruego me informes, puesto que esto podría llegar a ser interesante en caso de que hubiese un recoveco legal en este punto que te menciono, o tal vez sea una simple tontería ante el desconocimiento legal que me procura este sector de las leyes.

    Te lo agradezco de antemano y un saludo.

    Si existiera algún abogado mas entre nosotros, rogaría que también mirase este punto y procediese a explicar si es factible tal cuestión. Porque de poder ser se les cogería como a los mafiosos por delitos fiscales ...¡¡Sería divertido esto!! .. como Al Capone.
    //

    :Procuraré contestarte.Tu entiendes que los créditos hipotecarios de este pais son "ilegales de todo punto".Pero no es eso lo que dice la Sentencia de 14 de marzo de 2013 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.Lo que dictamina esta Sentencia es que "las leyes españolas sobre desahucio no garantizan a los ciudadanos una proteccion suficiente frente a las CLÁUSULAS ABUSIVAS en las hipotecas y vulneran la Directiva de 5 de abril de 1993 sobre protección de los consumidores".Añade que "los desahucios derivados DE LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS podrán paralizarse por el Juez-español-en cumplimiento de la normativa comunitaria indicada".
    De manera que,aunque la Ley Hipotecaria está en tramite de reforma,no TODA LA LEY está descalificada,sino las CLAUSULAS ABUSIVAS que se incluyen en la garantia hipotecaria.Y esto conecta con tu pregunta:si los Bancos no estarian involucrados en una defraudacion delictiva a Hacienda desde el momento en que los intereses abusivos pueden desgravarse por el contribuyente particular con la devolucion por el Estado de las cantidades correspondientes..Para saber si los BANCOS incurririan en delito en principio debe recordarse un aforismo juridico,que distingue entre personas fisicas y personas juridicas.Ese aforismo dice :"SOCIETAS DELINQUERE NON POTEST"
    Es decir, que el delito no lo cometen las personas juridicas.En nuestro Codigo Penal están tipificados los delitos CONTRA LA HACIENDA PUBLICA Y LA SEGURIDAD SOCIAL en el TituloXIV del Libro II ,arts.305 y siguientes.En el art.305 se alude a quien "por accion u omision defraude a la HACIENDA PUBLICA estatal,autonómica,foral o local,eludiendo el pago de tributos....."siempre que la cuantia de la cuota defraudada o importe no ingresado exceda de quince millones de pesetas":es decir 90.151.18 euros..Hemos dicho que el delito lo cometerian las personas fisicas responsables del Banco si éste incurriese en delito,y el Banco seria siempre responsable civil subsidiario.Pero en el caso que planteas el Banco no delinque por insertar clausulas abusivas,que se aceptan contractualmente por el hipotecado.Y este tampoco comete delito al desgravar en sus declaraciones de renta, si ha pagado realmente los intereses abusivos.El Banco incidiria en un ilícito civil y tendria que soportar una condena,en esta via,si el particular le demandase solicitando,por ejemplo ,la nulidad o anulabilidad del contrato por error en el consentimiento,que es lo que está ocurriendo con "las preferentes",en las que el Banco ha inducido a error al cliente, no técnico en derecho, al suscribir ese tipo de acciones,que se le presentan como mucho mas rentables.Es un caso,no igual,pero muy semejante en cuanto los Tribunales estan obligando a la devolucion total del importe total, debido,precisamente,a la existencia de "cláusulas" oscuras o abusivas.
    Saludos.

  7. #27
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    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    //

    :Procuraré contestarte.Tu entiendes que los créditos hipotecarios de este pais son "ilegales de todo punto".Pero no es eso lo que dice la Sentencia de 14 de marzo de 2013 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.Lo que dictamina esta Sentencia es que "las leyes españolas sobre desahucio no garantizan a los ciudadanos una proteccion suficiente frente a las CLÁUSULAS ABUSIVAS en las hipotecas y vulneran la Directiva de 5 de abril de 1993 sobre protección de los consumidores".Añade que "los desahucios derivados DE LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS podrán paralizarse por el Juez-español-en cumplimiento de la normativa comunitaria indicada".
    De manera que,aunque la Ley Hipotecaria está en tramite de reforma,no TODA LA LEY está descalificada,sino las CLAUSULAS ABUSIVAS que se incluyen en la garantia hipotecaria.Y esto conecta con tu pregunta:si los Bancos no estarian involucrados en una defraudacion delictiva a Hacienda desde el momento en que los intereses abusivos pueden desgravarse por el contribuyente particular con la devolucion por el Estado de las cantidades correspondientes..Para saber si los BANCOS incurririan en delito en principio debe recordarse un aforismo juridico,que distingue entre personas fisicas y personas juridicas.Ese aforismo dice :"SOCIETAS DELINQUERE NON POTEST"
    Es decir, que el delito no lo cometen las personas juridicas.En nuestro Codigo Penal están tipificados los delitos CONTRA LA HACIENDA PUBLICA Y LA SEGURIDAD SOCIAL en el TituloXIV del Libro II ,arts.305 y siguientes.En el art.305 se alude a quien "por accion u omision defraude a la HACIENDA PUBLICA estatal,autonómica,foral o local,eludiendo el pago de tributos....."siempre que la cuantia de la cuota defraudada o importe no ingresado exceda de quince millones de pesetas":es decir 90.151.18 euros..Hemos dicho que el delito lo cometerian las personas fisicas responsables del Banco si éste incurriese en delito,y el Banco seria siempre responsable civil subsidiario.Pero en el caso que planteas el Banco no delinque por insertar clausulas abusivas,que se aceptan contractualmente por el hipotecado.Y este tampoco comete delito al desgravar en sus declaraciones de renta, si ha pagado realmente los intereses abusivos.El Banco incidiria en un ilícito civil y tendria que soportar una condena,en esta via,si el particular le demandase solicitando,por ejemplo ,la nulidad o anulabilidad del contrato por error en el consentimiento,que es lo que está ocurriendo con "las preferentes",en las que el Banco ha inducido a error al cliente, no técnico en derecho, al suscribir ese tipo de acciones,que se le presentan como mucho mas rentables.Es un caso,no igual,pero muy semejante en cuanto los Tribunales estan obligando a la devolucion total del importe total, debido,precisamente,a la existencia de "cláusulas" oscuras o abusivas.
    Saludos.
    777

    Redundancia: "devolucion TOTAL" del importe "TOTAL".Debe decir:"devolucion total del importe".Vale.

  8. #28
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    Cita Iniciado por etanol Ver Mensaje
    Hechos notorios son los insultos y los abucheos, lo de las amenazas a un niño no es un hecho notorio, asi es que deberias poner el enlace.
    Te repito:fuente ABC.No puedo concretarte la fecha exacta porque no acostumbro a conservar los periódicos.Por eso cito las hemerotecas.Consúltalas,si pones en duda la cita.

  9. #29
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    :Procuraré contestarte.Tu entiendes que los créditos hipotecarios de este pais son "ilegales de todo punto".Pero no es eso lo que dice la Sentencia de 14 de marzo de 2013 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.Lo que dictamina esta Sentencia es que "las leyes españolas sobre desahucio no garantizan a los ciudadanos una proteccion suficiente frente a las CLÁUSULAS ABUSIVAS en las hipotecas y vulneran la Directiva de 5 de abril de 1993 sobre protección de los consumidores".Añade que "los desahucios derivados DE LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS podrán paralizarse por el Juez-español-en cumplimiento de la normativa comunitaria indicada".
    De manera que,aunque la Ley Hipotecaria está en tramite de reforma,no TODA LA LEY está descalificada,sino las CLAUSULAS ABUSIVAS que se incluyen en la garantia hipotecaria.Y esto conecta con tu pregunta:si los Bancos no estarian involucrados en una defraudacion delictiva a Hacienda desde el momento en que los intereses abusivos pueden desgravarse por el contribuyente particular con la devolucion por el Estado de las cantidades correspondientes..Para saber si los BANCOS incurririan en delito en principio debe recordarse un aforismo juridico,que distingue entre personas fisicas y personas juridicas.Ese aforismo dice :"SOCIETAS DELINQUERE NON POTEST"
    Es decir, que el delito no lo cometen las personas juridicas.En nuestro Codigo Penal están tipificados los delitos CONTRA LA HACIENDA PUBLICA Y LA SEGURIDAD SOCIAL en el TituloXIV del Libro II ,arts.305 y siguientes.En el art.305 se alude a quien "por accion u omision defraude a la HACIENDA PUBLICA estatal,autonómica,foral o local,eludiendo el pago de tributos....."siempre que la cuantia de la cuota defraudada o importe no ingresado exceda de quince millones de pesetas":es decir 90.151.18 euros..Hemos dicho que el delito lo cometerian las personas fisicas responsables del Banco si éste incurriese en delito,y el Banco seria siempre responsable civil subsidiario.Pero en el caso que planteas el Banco no delinque por insertar clausulas abusivas,que se aceptan contractualmente por el hipotecado.Y este tampoco comete delito al desgravar en sus declaraciones de renta, si ha pagado realmente los intereses abusivos.El Banco incidiria en un ilícito civil y tendria que soportar una condena,en esta via,si el particular le demandase solicitando,por ejemplo ,la nulidad o anulabilidad del contrato por error en el consentimiento,que es lo que está ocurriendo con "las preferentes",en las que el Banco ha inducido a error al cliente, no técnico en derecho, al suscribir ese tipo de acciones,que se le presentan como mucho mas rentables.Es un caso,no igual,pero muy semejante en cuanto los Tribunales estan obligando a la devolucion total del importe total, debido,precisamente,a la existencia de "cláusulas" oscuras o abusivas.
    Saludos.
    Primero de todo te agradezco tu respuesta enormemente.

    Segundo la Ley del Tribunal de Justicia de Luxemburgo dice lo siguiente, y no solo sobre desahucios sino sobre las clausulas abusivas de las entidades bancarias, te la envío para que te la leas, porque sigo creyendo que en base a esto, mas el delito fiscal se pueden variar muchas cosas a este respecto.

    Un saludo.

    http://es.scribd.com/doc/135381235/S...as-Tribunal-Ue

  10. #30
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    Cita Iniciado por Loma_P Ver Mensaje
    Primero de todo te agradezco tu respuesta enormemente.

    Segundo la Ley del Tribunal de Justicia de Luxemburgo dice lo siguiente, y no solo sobre desahucios sino sobre las clausulas abusivas de las entidades bancarias, te la envío para que te la leas, porque sigo creyendo que en base a esto, mas el delito fiscal se pueden variar muchas cosas a este respecto.

    Un saludo.

    http://es.scribd.com/doc/135381235/S...as-Tribunal-Ue
    //

    Te agradezco el envio del texto de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la U.E.,que es la que yo citaba,asi como la Directiva relacionada con los derechos de los consumidores.No habia leido integramente la Sentencia cuyo texto me facilitas.Sí conocia el sentido de su parte dispositiva.Pero,como observarás,todo se enmarca en el ordenamiento juridico civil,no en el penal,que no toca para nada.Sigo insistiendo en que los bancos prestamistas hipotecarios,a la luz de esa Sentencia,se mueven en el ámbito de un ilícito civil que debe solventarse ante Tribunales civiles y por procedimientos civiles.Un cordial saludo.

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