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Iniciado por
Juan Antonio Hinojosa
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:El autor del comentario es el Magistrado Joaquim Bosch,de Jueces para la Democracia,Asociacion "progresista" de Jueces con ideario izquierdista e indepedentista.Habla de que," el Tribunal Supremo no podrá pronjunciarse sobre la implicacion penal de la Infanta Cristina porque la acusacion popular-a la que,dicho sea de paso,se le han cargado las costas del juicio en lo que afecta a la defensa-no va a mantener recurso de casacion contra la Sentencia absolutoria.Insiste en ver en la actuacion de la Infanta,por pagar distitintos gastps de casa con los ingresos ilicitos que aportaba su marido,una cooperacion necesaria,como si su actuacion hubiera sido tan esencial que sin ella no se hubiera cometido el delito fiscal de que venia acusada exclusivamente por la acusacion popular-La Sala razona abundantemente en Derecho sobre los actos que se atribian a la Infanta y llega a la conclusion que ninguno de ellos significó una COOPERACION A SU EJECUCION SIN EL CUAL EL DELITO NO SE HUBIESE CONSUMADO.(Art.28.b) del C.P.) El delito se hUbiera cometido por Urdangarin,sin "propiciación" alguna por parte de su esposa,a la que,además-por lo que respecta a conocimiento del delito -le alcanzaba la excusa absolutoria derivada de lo previsto en el art.268 del mismo Código
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