Según los artículos 169, 170 y 171 del Código Penal, el Delito amenazas consiste en emitir cualquier expresión que anuncie la intención de dañar a otra persona, a sus seres queridos o a la colectividad.

Existen varios tipos de amenazas que, según las expresiones utilizadas, pueden constituir un delito, así como sus posibles agravantes. Y aunque a menudo no se denuncian, son denunciables, por lo que queremos explicar todo sobre este tema.