
En cuanto a la Infanta Cristina ha de recordarse la doctrina reiterada de los Tribunales,recogida,precisamente ,por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca,en la que se afirma que no se incurrre en responsabilidad,en una Sociedad,por ser SOCIO simplemente,sino por HABER TOMADO PARTE ACTIVA OPERATIVA EN LA OPERACION U OPERACIONES INVESTIGADAS.Y,hasta el momento,en cuanto a la implicación de la Infanta,solo se ha demostrado que era socio de AZON,pero no que hubiera adoptado una intervencion ejecutiva en ninguna de las operaciones investigadas en relacion con el caso NOS.-