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BBVA y Popular demandados por cláusulas abusivas en hipotecas y cuentas
7 Mayo 2011 Hipotecas BBVA, Hipotecas Banco Popular, Hipotecas Madrid, Jurisprudencia hipotecas
La OCU, Organización de Consumidores y Usuarios, ha presentado demanda contra los bancos BBVA y Popular por cláusulas abusivas en sus hipotecas y cuentas corrientes/ahorro.
La demanda ya ha sido admitida a trámite y se ventila en el Juzgado de lo Mercantil Número 9 de Madrid, en juicio verbal por el momento, y el próximo 12 de mayo tendrá lugar la vista.
La demanda, en cuanto a las hipotecas, se basa en las, últimamente famosas, cláusulas suelo que impiden que bajen los intereses de préstamos hipotecarios de miles de hipotecados.
También denuncian una cláusula muy peculiar impuesta por el banco, en la que se indica que si el cliente no comunica la revisión a la baja de los intereses con 10 días de antelación, no se les bajarán los intereses aunque haya bajado el euribor. Un abuso bancario en toda regla, por lo que entendemos que el juzgado declarará nula esta cláusula.
Si el procedimiento judicial se transforma en ordinario -en lugar de abreviado- la cosa podrá demorarse más de la cuenta, cosa que es bastante probable ya que las partes podrán solicitarlo y, los bancos, casi seguro que así lo harán.
Sentencia histórica de Europa contra la Ley hipotecaria española
14 Marzo 2013 Jurisprudencia hipotecas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado hoy una sentencia que puede calificarse de histórica.
El Tribunal europeo considera contraria al derecho comunitario la Ley Hipotecaria de España en cuanto no permite la suspensión de un desahucio hipotecario ni en el caso de que hayan clausulas abusivas; en la practica, la unica oposición posible a una ejecucion hipotecaria es el pago.
Tras esta sentencia, ahora, cualquier juez, apoyado en esta jurisprudencia comunitaria, si podria suspender cautelarmente una ejecución hipotecaria para examinar las posibles clausulas abusivas firmadas en la hipoteca (como podrian ser intereses de demora desproporcionados, suelo en los intereses…).
El Tribunal europeo considera que, con la normativa actual, un ejecutado no podra recuperar la propiedad de su vivienda posteriormente y aunque tuviera razón en cuanto a cláusulas declaradas ilegales en su hipoteca, ya que el inmueble habria sido ya adjudicado: “la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda” -señala literalmente el Tribunal-.
El Gobierno de España ya se ha apresurado a anunciar que modificará la Ley Hipotecaria para adaptarla a la normativa comunitaria.
Los notarios no dejarán ejecutar a cualquier precio
27 Febrero 2012 Hipotecas en España
La ejecución estrajudicial de las hipotecas impagadas se realiza ante notario, y algunos bancos ya estaban recurriendo a ellas, los gastos son menores y la Ley Hipotecaria no reguala importe mínimo por el que puede el banco pujar en la pseudo-subasta y quedarse con el inmueble.
El Consejo General del Notariado ha hecho publica la decisión de que los notarios no van a admitir ejecuciones de hipotecas por debajo del 60% del importe de tasación de la vivienda, con el fin de garantizar a los ciudadanos las mismas garantías que en un pleito.
El notario advertirá previamente a la entidad que desee ejecutar una hipoteca extrajudicialmente, de que no va a permitir la adjudicación por un importe inferior al 60% citado.
Ademas, el consejo notarial solicitará al Gobierno de España la reforma del sistema actual de ejecución hipotecaria extrajudicial, ya que no está adaptada a la situación económica actual.
Sanciones para las nuevas hipotecas con letra pequeña
9 Septiembre 2011 Hipotecas Madrid
La Comunidad de Madrid está a punto de aprobar el anteproyecto de Ley para la Protección de los Consumidores mediante la Transparencia de la Información en la Contratación Hipotecaria.
Se trata principalmente de proteger al consumidor, al cliente hipotecado y sus avalistas, sobre los abusos y letra pequeña que las entidades bancarias de la Comunidad de Madrid intenten imponer en sus nuevas hipotecas que concedan u oferten.
Esta Ley obligará a distinguir 2 tipos de hipotecas: la hipoteca pura en la que solo se respondería con el bien hipotecado, en caso de impago con la dación queda saldada la deuda, y los préstamos personales con garantía hipotecaria, en la práctica actual casi todos son de estos últimos y el hipotecado responde con todos sus bienes presentes y futuros del pago de la hipoteca, al igual que sus avalistas.
Las infracciones a esta nueva Ley hipotecaria cuando se apruebe, oscilará para las entidades bancarias entre 15.000 y 600.00 euros, en este último caso para las infracciones en materia de hipoteca más graves.
SON TODAS ILEGALES
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