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Tema: VOX populi VOX Dei?

  1. #61
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    21-diciembre-2016
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    ¿Qué incidencia tiene el discurso de odio en el populacho neofascista?... porque seamos claros en algo, ese mismo discurso de odio es escuchado (o leído) por muchas personas, y no significa que todos saldrán encendidos fuego a agredir o matar judíos, trans, o negros, o progresistas. El que termina perpetrando la acción que fomentó el discurso, tiene que tener ciertas características.

    Me dispongo en este hilo a traer material que ayude a comprender cuáles son esas características, pero como las personas no viven en una isla, es lícito intentar responder cuál es el contexto que deberá conformar el cóctel de violencia que comienza en el dicho hasta llegar al hecho.

    Por lo pronto, volvemos a EEUU, que me sigue pareciendo un ejemplo oportuno:

    Crece el racismo en Estados Unidos, advierte un experto de Naciones Unidas tras los incidentes de Charlottesville

    GINEBRA (16 de agosto de 2017) – El racismo y la xenofobia están aumentando en Estados Unidos, advirtió un grupo de expertos de las Naciones Unidas, tras las manifestaciones y los incidentes violentos protagonizados por la extrema derecha en Charlottesville, Virginia.

    “Estamos indignados por la violencia y el odio racial desplegados en Charlottesville por extremistas de derecha, supremacistas blancos y grupos neonazis”, declararon los expertos en un comunicado conjunto.

    “Consideramos que estos sucesos son los últimos ejemplos del aumento del racismo, la discriminación racial, la africanofobia, la violencia racista y la xenofobia que se han expresado en manifestaciones a lo largo y ancho de Estados Unidos.

    “Estamos profundamente preocupados por la multiplicación y la notoriedad cada vez mayor de los grupos que predican el odio y el racismo. Los actos y el discurso del odio y el racismo deben recibir una condena inequívoca. Los delitos de odio deben investigarse y sus responsables deben rendir cuentas ante los tribunales”.

    Los expertos en derechos humanos renovaron su llamamiento urgente a las autoridades estadounidenses para que redoblen sus esfuerzos a fin de abordar este problema.

    “Exhortamos al gobierno federal y a las autoridades estatales a que adopten con carácter prioritario medidas políticas eficaces, a fin de atajar las manifestaciones o incitaciones a la violencia racial y para comprender de qué manera estos hechos afectan a la cohesión social”, dijeron los expertos.

    “El gobierno debe mantenerse alerta en el combate contra todos los actos de racismo, xenofobia y violencia racista, dondequiera que se produzcan. Los incidentes ocurridos recientemente en California, Oregón, Nueva Orleans y Kentucky, así como en Charlottesville, ponen de manifiesto la amplitud geográfica del problema”.

    Los expertos señalaron que los manifestantes de extrema derecha que actuaron en Charlottesville habían gritado consignas contra los negros, los judíos y los inmigrantes, y afirmaron además que era de suma importancia que quienes hubieran incurrido en delitos de racismo o violencia tuvieran que rendir cuentas de sus actos.

    “Pedimos que se juzgue y se castigue adecuadamente a todos los responsables de esos actos y que se lleve a cabo con celeridad una investigación independiente de lo sucedido”, señalaron los expertos.

    Los expertos condenaron el “horrendo” suceso del coche que atropelló a un grupo de manifestantes y dejó un muerto y numerosos heridos. Asimismo expresaron su tristeza por el fallecimiento de dos agentes de la policía del Estado de Virginia que murieron al estrellarse el helicóptero desde el que vigilaban el desarrollo de la situación en Charlottesville.

    (*) Los expertos: el Sr. Sabelo Gumedze, presidente del Grupo de Trabajo de Expertos sobre los Afrodescendientes; el Sr. Mutuma Ruteere, Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia y la Sra. Anastasia Crickley, presidenta del Comité para la eliminación de la discriminación racial.

    https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/...21975&LangID=S

  2. #62
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    Cita Iniciado por Sister Ver Mensaje
    Bueno, veo que no leíste qué es el delito de odio (y cómo se juzga)...
    La que no lees eres tú. Ver siguiente párrafo:

    Si vos creés que no debería existir la figura de delito de odio en el Código Penal (tampoco en el Código civil supongo), respeto tu opinión
    Yo no he dicho que no debería existir. Repetimos:
    prefiero que haya libertad de expresión excepto en casos realmente graves y donde se pueda apreciar el daño directo

    Y estoy de acuerdo también en que se sancione a ciudadanos corrientes que se creían que internet les daba impunidad.

    Por tanto, delito de odio sí, pero para casos flagrantes.
    Homo sum, humani nihil a me alienum puto

  3. #63
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    A personas que piensan como ustedes dos, habría que meterles bala.
    .

    No seamos voceros del terrorismo.
    No difundamos sus crímenes.

    .

  4. #64
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    Cita Iniciado por Sister Ver Mensaje

    Me dispongo en este hilo a traer material que ayude a comprender cuáles son esas características, pero como las personas no viven en una isla, es lícito intentar responder cuál es el contexto que deberá conformar el cóctel de violencia que comienza en el dicho hasta llegar al hecho.
    He estado leyendo bastante y lo prometido es deuda, primero una aproximación al contexto que parece obvia: el contexto debe ser social, aunque para André Glucksmann (Boulogne, Francia, 1937), la teoría del odio "es la más individualista de todas" (o al menos así lo asegura en su libro "El discurso del odio", el cual voy a retomarlo luego), de manera que hay quienes consideran este delito, o mejor dicho, esta conducta delictiva, una patología social.

    ¿Significa esto que el que incurre en estos delitos tiene una patología mental?... a ver, se consideran patologías sociales no sólo por la connotación colectiva, sino por el objeto de odio que las suscita: son fobias (xenofobia, homofobia, misoginia, racismo etc), de manera que no alcanza con un simple (o fuerte) rechazo o enojo o hartazgo de lo que carajo sea, sino de fobias.

    Luego vuelvo sobre otras perspectivas.

  5. #65
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    21-diciembre-2016
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    Predeterminado

    Retomando la dimensión jurídica y social del asunto, este artículo echa luz a ciertos errores de interpretación que se pueden tener por desconocimiento, y es que el asunto de base parece ser más antiguo que la injusticia, pero la figura penal no.

    «El discurso del odio en las redes sociales es la antesala del delito»

    El magistrado Fernando Grande-Marlaska y el fiscal especial Miguel Ángel Aguilar advierten de que el 88% de los delitos de odio que se producen en España no se denuncian.

    M. J. Pascual
    Valladolid
    Jueves, 11 enero 2018, 19:39

    «La libertad de expresión no puede ser libertad de agresión». La frase, se apresuró a indicar Miguel Ángel Aguilar, el fiscal pionero en la persecución de los delitos de odio en España, no es de su cosecha, «sino de Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia, un verdadero pionero». Suya o no, con ella resumió a la perfección la mesa del ciclo que protagonizó ayer en Valladolid el jefe del Servicio contra los Delitos de Odio de la Audiencia de Barcelona. Se explayó en su alegato para que las víctimas dejen de ser invisibles, y lo hizo mano a mano con el magistrado Fernando Grande-Marlaska, otro pionero en visibilizar y combatir este tipo de delitos a los que nadie llamaba por su nombre en España hasta 2009 y todavía no están como tales en la memoria colectiva. Y ello, a pesar de que la retuiteada imagen de la joven ecuatoriana pateada por un energúmeno en un tren de Barcelona dio la vuelta al mundo en 2007. Eso no solo fue una agresión. Fue un delito de odio. El primero con el que se estrenó la fiscalía especial.

    De hecho, señaló Marlaska, se trata de una «patología social» que salpica distintos títulos del Código Penal español y está directamente relacionada con la vulneración de los principios constitucionales de igualdad y la no discriminación, pero que todavía los legisladores no le han otorgado lugar propio en el reproche penal, como sí ocurre, por el contrario, en la Unión Europea. A pesar de ello, el jurista reconoce que existe una preocupación creciente en España por este tipo de conductas que se construyen sobre los prejuicios y los estereotipos y que pueden acabar con la convivencia social. No fue necesario mencionar Cataluña, pero el auditorio lo tenía en mente.

    «La mecha»
    Como muestra de este nuevo interés para poner coto a estas actitudes que denigran a las personas, la comisión que él mismo preside en la que están representados todos los poderes públicos (desde la Administración de Justicia hasta cuatro ministerios y el Observatorio contra el Racismo y la Xenofobia) para avanzar en la prevención y educación que pongan freno a unos delitos en progresión ascendente que mucha gente desconoce, todavía, que lo son. «Hay personas que no saben que impedir el acceso a un establecimiento a una persona por el color de su piel es un delito», remachó el fiscal Aguilar.

    Para Grande-Marlaska, la piedra de toque es el discurso de odio y su estrecha relación con el derecho de la libertad de expresión, «otro elemento pilar del Estado de Derecho, que no es oír aquello que nos gusta, sino aquello que nos incomoda o nos hiere en cierta medida y que tiene la frontera en los derechos de los demás», ese es el límite. «El discurso del odio es la mecha que enciende la posibilidad de que se convierta en delito», subrayó el magistrado. Aguilar subrayó que hay en las redes «verdaderos laboratorios para construir discursos de odio».

    Desgraciadamente, a pesar de los intentos de prevención, en la población hay «un enorme desconocimiento sobre este tipo de hechos, unas cifras negras importantísimas» en las estadísticas, porque las víctimas raramente denuncian, muchas veces por desconfianza en las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las autoridades en general. «Si eres negro o lesbiana y no tienes recursos, crees que tu denuncia no va a tener respuesta de las autoridades», indicó el juez en su afán de que se visibilice claramente el problema al que se enfrenta la Justicia para atajar este tipo de delitos. Y ello, a pesar de que «tenemos medios suficientes, como el Estatuto de la Víctima, donde se reflejan estas situaciones, y desde 2011, el Ministerio del Interior ha establecido unos parámetros para calificar este tipo de delitos y tabularlos, de manera que se pueda realizar una investigación y unos perfiles de víctimas y victimarios. Pero ello también exige, puntualizó el magistrado, «formación en las comisarías» y que, cuando los atestados lleguen a los juzgados y fiscalías, «todo el mundo pueda disponer de un mismo registro, que hoy en día no existe».

    Destacó especialmente los pasos que se están dando contra la intolerancia y discriminación en los colegios y en los deportes aunque, reconoció, «todos somos conscientes de que queda mucho por hacer».

    El fiscal Miguel Ángel Aguilar insistió en que es necesario que los tres poderes del Estado se impliquen para que afloren este tipo de casos y reivindicó que «remuevan los obstáculos para llegar a la igualdad, que no es un valor accesorio pues, como la justicia y la libertad, son los pilares del Estado de Derecho». La UE ya se lo planteó como acción de gobierno desde 2013, pero en España es mucho más lento.

    No obstante, desde que se creó en 2009 el Servicio que dirige en Barcelona, se han preocupado de elaborar estadísticas, que no había porque, «para tener conciencia del problema hay que conocer las dimensiones; primero hay que llamar a las cosas por su nombre y luego poner cifras al sufrimiento».

    En 2011 se hizo el primer protocolo estatal y una guía. Y ya se dispone de estadísticas aunque, subrayó el fiscal, «lo más importante que ocurre con estos delitos es que no se denuncian». De hecho, tirando de cifras, el 88% de los delitos de odio que se cometen en España (racismo, xenofobia, orientación sexual, principalmente), no se denuncian. ¿Por qué? «Porque no confían en nosotros, porque vienen de países donde la justicia no les protege, o porque son personas que duermen en cajeros, y es muy difícil que un extranjero que no tenga los papeles en regla vaya a comisaría porque teme la expulsión. O porque viven en pueblos». Y ocurre que, cuando se denuncia, se tienen dudas sobre la credibilidad de la víctima y se tiende a sobreseer el caso. Si hay sentencia, muchas veces es simplemente una pequeña multa, «después de una exposición pública bestial a la que está sometida la víctima». En España, el 88% de los casos no se denuncian, ni siquiera lo hacen los colectivos más concienciados y combativos, como el LGTB. Para el fiscal especial, «en estos casos en los que las víctimas son doblemente vulnerables, es la administración la que tiene que ir a la víctima, no al revés».

    https://www.elnortedecastilla.es/cas...161041-nt.html
    Si en España hay mucho por hacer, no me quiero imaginar en Sudamérica, no me olvido del Sur, ya voy a ir por ahí (y por supuesto bienvenido sean los aportes).

  6. #66
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    Cita Iniciado por καλλαικoι Ver Mensaje

    Por tanto, delito de odio sí, pero para casos flagrantes.
    No entiendo, ¿podés definir "casos flagrantes" y ponerlo en el contexto de delitos de odio?

    Además es como decir, delito de robo si, pero para casos flagrantes... (aunque es más extraño todavía, porque en el delito de odio la ejecución del delito se concreta en el momento de la publicación, o enunciación pública, para que sean casos flagrantes habría que limitarse a aquellos que se captan en el momento?, no comprendo)
    Última edición por Sister; 02-feb.-2019 a las 06:38

  7. #67
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    Está explicado arriba, en negrita. Pero como vas a piñón fijo y no lees...
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  8. #68
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    Cita Iniciado por καλλαικoι Ver Mensaje
    Está explicado arriba, en negrita. Pero como vas a piñón fijo y no lees...
    Te referís a esto? "excepto en casos realmente graves y donde se pueda apreciar el daño directo"

    No lo asocié, no porque vaya a piñón fijo y no lea, sino porque "daño directo" no tiene que ver con "flagrancia".

    Por eso te di la posibilidad de que te explayes y expliques qué entendés por "casos flagrantes" y cómo lo asociás con los delitos de odio. No sólo porque la frase "Por tanto, delito de odio sí, pero para casos flagrantes." no tiene lógica (repito, es como decir "Delito de robo si, pero para casos flagrantes"), sino para, nuevamente, intentar entender cuál es tu postura al respecto.

  9. #69
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    Cita Iniciado por Sister Ver Mensaje
    Te referís a esto? "excepto en casos realmente graves y donde se pueda apreciar el daño directo"

    No lo asocié, no porque vaya a piñón fijo y no lea, sino porque "daño directo" no tiene que ver con "flagrancia".
    Claro que tiene que ver. Un caso grave es más claro y evidente que uno que no lo es tanto, y si se puede apreciar el daño pues entonces es más claro y evidente.
    Homo sum, humani nihil a me alienum puto

  10. #70
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    Cita Iniciado por καλλαικoι Ver Mensaje
    Claro que tiene que ver. Un caso grave es más claro y evidente que uno que no lo es tanto, y si se puede apreciar el daño pues entonces es más claro y evidente.
    Es que la gravedad o no del caso, y si es directo o indirecto el daño (que no siempre implica evidente en el sentido literal de la palabra), es indistinto de la flagrancia...

    Un delito flagrante (del latín flagrare, arder) es, en Derecho penal, la forma mediante la cual se hace referencia a aquel delito que se está ejecutando actualmente o en ese preciso instante.

    La distinción es por tanto una cuestión de oportunidad y tiempo, dado que se refiere al momento en el cual el delito se está cometiendo.
    Pero bueno, para no detenernos otra vez en terminologías (aunque en verdad fue importante para mí tu aclaración porque no sabía cómo situar la flagrancia en el delito de odio, puesto que su concreción depende de la publicación o emisión del discurso de odio, por ende es difícil de entender que tu condicional para aceptar el delito de odio sea si se agarra infraganti o no al emisor)... sigue sin parecerme coherente que aceptes un delito sólo dependiendo de su gravedad (vuelvo a poner el ejemplo del robo)... inclusive otorgando esa valoración a tu sentido común (y no al proceso judicial que es quien lo determina, como ya te expliqué extensamente en comentarios anteriores). Pero en fin, me estás dando muestras muy claras de no querer mantener un diálogo, así que no voy a insistir en intentar entenderte y que entiendas.

    Saludos!

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