Por cierto que tu propuesta de desarme nacional, no fué atendida

Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el " DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional."


La redacción del Artículo 10 Constitucional, quedó así:
" Artículo 10. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas."


Si alguien desea checar el decreto publicado, puede verlo en la siguiente liga
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?...cha=26/03/2019