Iniciado por
Madovi
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:thumbup:Te agradezco el envio del texto de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la U.E.,que es la que yo citaba,asi como la Directiva relacionada con los derechos de los consumidores.No habia leido integramente la Sentencia cuyo texto me facilitas.Sí conocia el sentido de su parte dispositiva.Pero,como observarás,todo se enmarca en el ordenamiento juridico civil,no en el penal,que no toca para nada.Sigo insistiendo en que los bancos prestamistas hipotecarios,a la luz de esa Sentencia,se mueven en el ámbito de un ilícito civil que debe solventarse ante Tribunales civiles y por procedimientos civiles.Un cordial saludo.