No me vas a contestar?
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No me vas a contestar?
De que me hablas?
¿Ah?..........
otra vez no sabemos de que hablamos?
otra vez no sabemos de que hablamos?
Más vale hablar de lo que no se sabe que callarse.
¿No te parece sublime esta regla de oro?
¿Por qué pocas personas la aplican? :mellow:
Porque se dejan llevar por la opinión de los demás.
¿Es eso lo que más importa?
Si eso es lo que más importa... deben tener la autoestima por los suelos
¿No?
Estás segur@?
Por qué debo esta seguro?
Y porque tendrías que dudarlo?
¿Es mi imaginación o el ser humano está lleno de dudas?
Crees que las tengo?
¿Dudas de qué?
¿Dudas de qué?
De todo.
¿Hay algo más aparte de todo lo que hay?
¿Cómo sabes qué es todo lo que hay?
Para que quiere saberlo?.......
Para poner el nombre del autor cuando cite la frase.
¿Te parece bonito adjudicarte a ti mismo la idea de que la E=mc2?
¿Y cómo para qué?
Lo van a vender?
¿Habrá compradores?
Y si los buscamos?
¿Dónde vamos a buscarlos?
No lo sé, tú sabes?
No lo sé, tú sabes?
¿Crees que no lo sé?
Estás preparado para las preguntas?
Te gustan las matemáticas?
Te gustan las matemáticas?
Si son jovencitas y guapas, claro que sí; pero hay cada matemático por ahí...
¿Cuál es la raíz cúbica de -1?
Eso fue explicación de algo o una pregunta?
Eso volvió a ser explicación o pregunta? Jajajaja
La pregunta es ésta
¿ Si un socio capitalista de una sociedad mercantil hace un ingreso de su dinero en la cuenta bancaria de la Sociedad en que afecta a las dos personalidades?, dígase a la física y a la jurídica...
Que le supone este hecho al socio y a la Sociedad
Nada más, solo eso
Volviste a explicar la pregunta?
(Este tema es sólo de preguntas jajaja, ayyyyysssss contigo)
ok, no lo sabes
:thumbup:
A ver te lo voy a explicar..
El hecho de que el socio incluso aunque sea dueño en parte de la Sociedad ingrese dinero particular en la cuenta de la mercantil conlleva que:
El socio consigue un derecho
La Sociedad una obligación
Esto quiere decir que el socio se convierte en Acreedor de la Sociedad por esa cantidad porque en realidad es un préstamo y así mismo el tiene un derecho pendiente de cobro de los fondos de la mercantil.
Yo pedía la primera la más normal, pero para liarlo más, existen otras opciones...
También podría considerarse como una ampliación de capital si se hiciera a través de un notario o incluso llevarlo a fondos propios de la sociedad sin esperar recuperar el dinero se aprueba en junta y el socio está de acuerdo.
Todo documentado y aprobado..
Ya que hablabas de juntas
Me explico o no me explico?
:lol: