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Ver la Versión Completa : Un Gobierno fantasma para una Republica fantasma



Madovi
20-may.-2018, 03:48
:thumbup:El Presidente de la Generalitat,Torra,ha nombrado el nuevo Gobierno de la Generalitat.En un acto provocativo más ha elegido a dos Consellers presos preventivos por delito presunto de rebelión y a otros dos fugados.Olvidando la Constitucion y el Estatuto de Cataluña,que exige la presencia y acto de toma de posesion previo juramento o promesa-ya es ilegal la formula utilizada por Torra,imitando a su Jefe,por mucho que una Sentencia del TSJC diga que no es trascendente expresar el acatamiento a la Constitucion que se da por hecho al aceptar el cargo de Diputado o Consellers,-Sentencia que por emanar de un Tribunal Superior de Justicia no crea Jurisprudencia,reservada a las Sentencias del Tribunal Supremo-,ha querido designar a cuatro presuntos "rebeldes",reiterando asi el delito que está investigando el Magistrado-Instructor del T.S.junto a los de desobediencia y malversacion de caudales publicos.Pero olvida que ,conforme determina el art.33.2 del Estatuto de Autonomia de Cataluña,las Leyes de Cataluña,han de ser promulgadas en nombre del Rey,y han de ser publicadas en el Diari Oficial de la Generalitart y en el BOE.Y lo mismo con los nombramientos de Consellers,miembros del Gobierno.Y esa publicacion depende del Gobinerno de la Nacion.Mientras, no podrian tomar posesion de sus cargos.Asi vamos a tener una Republica fantasma y un Gobierno igualmente fantasma ,sin poder ejecutivo alguno,porque imperará,en toda su plenitud,el art.155 de la C.E.,actualmente en vigor.

EsquizOfelia
20-may.-2018, 05:41
¿Dónde dice en la Constitución española que detenidos sin condena firme, pierden sus derechos políticos?

Madovi
21-may.-2018, 03:35
¿Dónde dice en la Constitución española que detenidos sin condena firme, pierden sus derechos políticos?//

:thumbup:No lo dice.Pero si estan procesados,hay una presuncion de que sean delincuentes.O si se encuentran fugados.Hay imposibilidad material de que puedan ejercer sus funciones porque no podrian desplazarse,si estan presos por falta de autorizacion de la Aurtoridad judicial,y si estan fugados,y "reclamados" porque serian detenidos al pasar la frontera.
Tengase en cuenta que la mayoria de los partidos politicos exigen la dimision de sus cargos publlicos cuando sean investigados.....
Es axiomatico,aunque lo desconozcan los independentistas catalanes,que ha de prestarse juramento o promesa antes de posesionarse del cargo....Y si no pueden presentarse, quiere decirse que el nombramiento no tendria eficacia juridica.Saludos.

EsquizOfelia
21-may.-2018, 08:48
-”No lo dice”. Entonces es anticonstitucional impedirles ejercer sus derechos.

Un Partido que tiene la mayoría de los representantes en la Cámara.
Elegido por el voto de los ciudadanos en una elección sin dudas de fraude.
Con un Presidente que no tiene ningún impedimento legal para ejercer la función.
¿Usted lo ve como un “Gobierno fantasma?

Vamos, vamos, Doctor...:001_rolleyes:

EsquizOfelia
21-may.-2018, 09:01
:thumbup1:Vengo reiterando mi preocupacion por la falta absoluta de respeto a la presuncion de inocencia consagrada por nuestra Constitucion.



//

:thumbup1:Me parecen muy bien todas las investigaciones judiciales tendentes a la averiguacion y prueba de cualquier delito.Y,en este caso,de los de financiacion ilegal de partidos politicos.Pero,como siempre,todos,incluidos Correa y " El Bigotes", estan amparados por la presuncion de inocencia,puesto que todavia no han recaido Sentencias firmes.


Tratandose de jueces

//

.Yo creia que la presuncion constitucional de "inocencia" debe
aplicarse,tambien,a los juzgadores..

En el caso NOS

//

.Por tanto, no siendo la Sentencia condenatoria firme,al acusado la ampara la presuncion constitucional de inocencia mientras no se dicte la Sentencia definitiva-
.


En el caso de la Infanta:

:thumbup1:La presuncion constitucional de inocencia viene siendo reiteradamente despreciada por los medios de comunicacion de toda clase,que prefieren siempre la "presuncion de culpabilidad",anticonstitucional,y antijuridica,porque olvida principios consagrados en Derecho Penal

Caso PP

///

.Bajo el Gobierno del PP todos estan sujetos a procedimiento judicial y,a todos,les alcanza la presuncion constitucional de inocencia...Hasta que no sean condenados en firme por la Justicia,no se les podra considerar delincuentes..

Caso Barcenas:

//
El que en principio se solidarizase con Bárcenas es normal en un Jefe de Partido cuando uno de los suyos cae en desgracia,porque la presuncion de inocencia le ampara..

Sin embargo, cuando se trata de los separatistas:


//

.Pero si estan procesados,hay una presuncion de que sean delincuentes..

Sugestivo, ¿no?

Madovi
21-may.-2018, 09:33
Tratandose de jueces


En el caso NOS



En el caso de la Infanta:


Caso PP


Caso Barcenas:


Sin embargo, cuando se trata de los separatistas:



Sugestivo, ¿no?//

:thumbup:Muy ingenioso.Pero todo lo "entresacado" de su contexto,es VERDAD.La presuncion de inocencia ampara a todo ciudadano mientras no sea declarado culpable por una Sentencia firme y definitiva.

Todo procesado tiene que cargar con una presuncion de culpabilidad,porque,en el terreno de los indicios racionales de criminalidad,(art.384 de L.E.Cr.) se aprecia por el Juez de Instruccion que ha podido cometer un delito tipificado en el C.P.Pero esa
"presuncion" no es incompatible con la otra "presuncion".La primera, la de inocencia ,es constitucional (art.24.2 C.E.) y la del procesado,con restriccion provisional de alguno de sus derechos,es de tipo procesal.Ambas presunciones,son ,pues LEGALES.


Saludos.

Madovi
21-may.-2018, 09:49
-”No lo dice”. Entonces es anticonstitucional impedirles ejercer sus derechos.

Un Partido que tiene la mayoría de los representantes en la Cámara.
Elegido por el voto de los ciudadanos en una elección sin dudas de fraude.
Con un Presidente que no tiene ningún impedimento legal para ejercer la función.
¿Usted lo ve como un “Gobierno fantasma?

Vamos, vamos, Doctor...:001_rolleyes:///


:thumbup1:En el terreno de los hechos,si.Los considero miembros de un Gobierno fantasma si no pueden ejercer sus funciones,y,aun cuando aparezcan sus nombramientos publicados en el BOE,firmados por el Rey,todos ellos,aun posesionandose,y el propio Presidente Torra podrian ser destituidos aplicando el art.155 de la Constitucion. ¿Por qué ?.Pues podrian estar atentando contra el "interes general de España",nuevamente.El discurso previo de investidura del actual Presidente de la Generalitat puso de relieve su falta de respeto a la Constitucion,su falta de lealtad al Rey,su proposito de hacer una politica tendente a la efectividad de la declaracion de independencia de la Republica catalana,conforme al resultado del referendum ilegal de 1º de Octubre de 2017.No se refirio a las ultimas elecciones autonóminas que ganaron,y conforme a las cuales podrian gobernar normalmente nombrando como Consellers a personas "limpias",pero no cuando se proponen simplemente,un a reiteracion delictiva
de separacion de Cataluña del territorio nacional.(Rebelion art.472-5º del C.P.).El art.155 es un precedente..."procedente".Igual que se destituyó una vez a Puigdemont y su Gobierno,podria hacerse con Torra y su gobierno fantasma.

gabin
21-may.-2018, 11:56
¡Qué virgueros pueden ser los 'enfoques' según sea el manejo de conceptos!, y, ¡qué jugosos suelen ser algunos de ellos!

En el post nº 5, se citan escritos que hacen pasar por un 'cedazo' eso de: respeto a la 'presunción constitucional de inocencia', concretamente para el Gobierno del PP, para Bárcenas, Correa, 'el Bigotes, ¡vaya!, a según qué procesados. Y, en otro escrito: 'la presunción constitucional de inocencia' viene siendo reiteradamente despreciada por los medios de comunicación de toda clase, que prefieren siempre la 'presunción de culpabilidad', anticonstitucional, y antijurídica, porque olvida principios consagrados en Derecho Penal.........pero, en otros procesados, pasa el 'cedazo' con: hay una 'presunción de que sean delincuentes'.

¡¡Qué manejo de conceptos!!; lo dicho: ¡¡qué virguería!!

Juan Antonio Hinojosa
21-may.-2018, 14:48
La clase política goza de impunidad en su mandato. Muchos de sus integrantes son sospechosos de delito. Debido a esa impunidad no se les ha podido juzgar. Para ello se necesitaría unos requisitos legales que la mayoria de las veces no se llevan acabo. Las consecuencias son el que prescriba el delito antes de ser juzgados.

En el caso que nos ocupa se puede retener en prisión tras cumplir los requisitos legales, un tiempo que va en proporción al delito cometido y la pena que le seria impuesta. En teoría es el Poder Judicial quien se define sobre el asunto. En la realidad y dadas las injerencias de la política en el campo de lo jurídico, el Gobierno que se pronuncia en calificar como delito de Rebelión, los sucesos de Cataluña es el que ha decidido la situacion actual. Otros lo consideran como protesta a los recortes y la corrupción.

Por esa regla de tres se podría considerar como delito, la abulia del gobierno frente a la crisis del sector de la Vivienda. LOs bancos y fondos buitre retienen pisos en las grandes ciudades, para provocar la carestía. En el mercado y por esa causa se viene edificando nuevamente. LO que daría lugar a una nueva burbuja inmobiliaria que le tocaría rescatar al españolito de a pie. Basta recordar el caso Bankia
El Gobierno si no es cómplice si es colaborador necesario de lo que sucede

Madovi
22-may.-2018, 02:50
¡Qué virgueros pueden ser los 'enfoques' según sea el manejo de conceptos!, y, ¡qué jugosos suelen ser algunos de ellos!

En el post nº 5, se citan escritos que hacen pasar por un 'cedazo' eso de: respeto a la 'presunción constitucional de inocencia', concretamente para el Gobierno del PP, para Bárcenas, Correa, 'el Bigotes, ¡vaya!, a según qué procesados. Y, en otro escrito: 'la presunción constitucional de inocencia' viene siendo reiteradamente despreciada por los medios de comunicación de toda clase, que prefieren siempre la 'presunción de culpabilidad', anticonstitucional, y antijurídica, porque olvida principios consagrados en Derecho Penal.........pero, en otros procesados, pasa el 'cedazo' con: hay una 'presunción de que sean delincuentes'.

¡¡Qué manejo de conceptos!!; lo dicho: ¡¡qué virguería!!


:thumbup1: ¿Verdad?.Presuncion de inocencia:art.24.2 de la C.E.
Presuncion de culpabilidad:indicios racionales de criminalidad,previstos en el art.384 de la L.E.Cr. Todo con arreglo a la Ley,¿no?.Y,ademas,tenemos el art.384 bis,que dice:"firme un auto de procesamiento y decretada la prision provisional por delito cometido por medio de persona integrada o relacionada con bandas armadas, o individuos terroristas O REBELDES,el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automaticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situacion de prision."
"Virgueria"....¿verdad?...Ahora puede resultar que la Ley es "virguera"...

Madovi
23-may.-2018, 10:33
La clase política goza de impunidad en su mandato. Muchos de sus integrantes son sospechosos de delito. Debido a esa impunidad no se les ha podido juzgar. Para ello se necesitaría unos requisitos legales que la mayoria de las veces no se llevan acabo. Las consecuencias son el que prescriba el delito antes de ser juzgados.

En el caso que nos ocupa se puede retener en prisión tras cumplir los requisitos legales, un tiempo que va en proporción al delito cometido y la pena que le seria impuesta. En teoría es el Poder Judicial quien se define sobre el asunto. En la realidad y dadas las injerencias de la política en el campo de lo jurídico, el Gobierno que se pronuncia en calificar como delito de Rebelión, los sucesos de Cataluña es el que ha decidido la situacion actual. Otros lo consideran como protesta a los recortes y la corrupción.

Por esa regla de tres se podría considerar como delito, la abulia del gobierno frente a la crisis del sector de la Vivienda. LOs bancos y fondos buitre retienen pisos en las grandes ciudades, para provocar la carestía. En el mercado y por esa causa se viene edificando nuevamente. LO que daría lugar a una nueva burbuja inmobiliaria que le tocaría rescatar al españolito de a pie. Basta recordar el caso Bankia
El Gobierno si no es cómplice si es colaborador necesario de lo que sucede //

:thumbup:"La clase politica goza de impunidad en su mandato....Las consecuencias son el que prescriba el delito antes de ser juzgado".

Un ejemplo de que no es asi es el caso Zaplana.Los hechos en que han podido consistir los delitos de cohecho y blanqueo de capitales han ocurrido hace veinticinco caños...... Y se le intenta juzgar-a pesar de esa "impunidad" de que gozaba.Y podrá seguir adelante el caso si no se da el supuesto de extincion de la responsabilidad criminal que supone la prescripcion.Han pasado mas de veinte años.A no ser que se trate de delito continuado.Esta causa de extincion de la responsabilidad criminal se basa en que el transcurso del tiempo sin perseguirse el delito en relacion con el presunto culpable, por quien tenia el deber de hacerlo,juega en favor de la impunidad.....No olvidemos que una Justicia lenta deja de ser Justicia.

Madovi
23-may.-2018, 11:28
//

:thumbup:"La clase politica goza de impunidad en su mandato....Las consecuencias son el que prescriba el delito antes de ser juzgado".

Un ejemplo de que no es asi es el caso Zaplana.Los hechos en que han podido consistir los delitos de cohecho y blanqueo de capitales han ocurrido hace veinticinco caños...... Y se le intenta juzgar-a pesar de esa "impunidad" de que gozaba.Y podrá seguir adelante el caso si no se da el supuesto de extincion de la responsabilidad criminal que supone la prescripcion.Han pasado mas de veinte años.A no ser que se trate de delito continuado.Esta causa de extincion de la responsabilidad criminal se basa en que el transcurso del tiempo sin perseguirse el delito en relacion con el presunto culpable, por quien tenia el deber de hacerlo,juega en favor de la impunidad.....No olvidemos que una Justicia lenta deja de ser Justicia.//

:001_rolleyes:Pero,en este caso,lo grave para Zaplana-si es que se prueba- es la reciente repatriacion de capitales procedentes del blanqueo.Han debido prescribir los delitos de malversacion y cohecho "pero no el blanqueo de capitales y los fiscales que Zaplana cometio presuntamente cuando recientemente comenzó a repatriar los fondos para reintegrarlos en el circuito monetario legal" segun leo en "EL PAIS" del dia de hoy,23 de mayo,firmado por Oscar Lopez-Fonseca,Ignacio Zafra y Ferran Bono.El art.301 del C.P.prevee la sancion a quien "posea bienes sabiendo que estos tienen su origen en una actividad delictiva cometida por él o por cualquier tercera persona para ocultar o encubrir su origen ilicito".Cuando la posesion indica una actuacion que se prolonga en el tiempo,covierte al delito en PERMANENTE,(antes delito continuado) lo que influye en el cómputo del tiempo de prescripcion que ha de contarse desde que CESA o finaliza la situacion ilicita creada.Eso ocurre con los delitos de trafico de drogas o detencion ilegal...Dificil y complejo caso.