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Ver la Versión Completa : Querella y acusacion o denuncia falsos.



Madovi
15-abr.-2018, 03:52
:thumbup::En el teatro clásico español se habló del "alguacil aguacilado".Eso pretende hacer la "culta" Mesa del Parlamento catalán,presidida por el "honorable" Torren, con el Exmo.Sr.D.Pablo Llarena,Magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo ,Instructor del Sumario contra Puigdemont y su tropa. Ignoran,u olvidan deliberadamente,el contenido de los arts.446 y 456.1,ambos del Código Penal de España:
El primero define la PREVARICACION JUDICIAL como el delito cometido por " el Juez o Magistrado que,a sabiendas,dictare Sentencia o resolucion injustas".Es requisito del tipo que la resolucion se dicte a sabiendas de su injusticia,o lo que es lo mismo,de que es conraria a Derecho.Es un delito que solo puede cometerse con dolo directo,y sin fundamento legal alguno.La Mesa pretende dirigir la querella por el hecho de impedir al CANDIDATO propuesto para Presidente de la Generalitat su asistencia a la sede el Parlamento regional el dia señalado para su investidura.Ese candidato está en situacion de prision provisional incondiconal como presunto autor de un delito de rebelion(art.472-5º del C.P.).
Basta leer el fundadísimo Auto de procesamiento de 21 de marzo pasado,dictado en la Causa contra Puigdemont y,entre otros,los "Jordis",para entender que la querella,si se presentase al fin,deberia ser inadmitida por no haber,ni remotamente, delito de prevaricacion alguno.

Por contra,la Mesa,y su Presidente Sr.Torren,si que habrian incurrido en el delito de acusacion o denuncia falsa,previsto en el segundo de los tipos enunciados,el 456.1 del C.P., que castiga a "los que con conocimiento de su falsedad o TEMERARIO DESPRECIO HACIA LA VERDAD,imputaren a alguna persona hechos,que,de ser ciertos,constituirian infraccion penal ,si esta imputacion se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averigüacion....."

gabin
15-abr.-2018, 08:13
:thumbup::En el teatro clásico español se habló del "alguacil aguacilado".Eso pretende hacer la "culta" Mesa del Parlamento catalán,presidida por el "honorable" Torren, con el Exmo.Sr.D.Pablo Llarena,Magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo ,Instructor del Sumario contra Puigdemont y su tropa. Ignoran,u olvidan deliberadamente,el contenido de los arts.446 y 456.1,ambos del Código Penal de España:
El primero define la PREVARICACION JUDICIAL como el delito cometido por " el Juez o Magistrado que,a sabiendas,dictare Sentencia o resolucion injustas".Es requisito del tipo que la resolucion se dicte a sabiendas de su injusticia,o lo que es lo mismo,de que es conraria a Derecho.Es un delito que solo puede cometerse con dolo directo,y sin fundamento legal alguno.La Mesa pretende dirigir la querella por el hecho de impedir al CANDIDATO propuesto para Presidente de la Generalitat su asistencia a la sede el Parlamento regional el dia señalado para su investidura.Ese candidato está en situacion de prision provisional incondiconal como presunto autor de un delito de rebelion(art.472-5º del C.P.).
Basta leer el fundadísimo Auto de procesamiento de 21 de marzo pasado,dictado en la Causa contra Puigdemont y,entre otros,los "Jordis",para entender que la querella,si se presentase al fin,deberia ser inadmitida por no haber,ni remotamente, delito de prevaricacion alguno.

Por contra,la Mesa,y su Presidente Sr.Torren,si que habrian incurrido en el delito de acusacion o denuncia falsa,previsto en el segundo de los tipos enunciados,el 456.1 del C.P., que castiga a "los que con conocimiento de su falsedad o TEMERARIO DESPRECIO HACIA LA VERDAD,imputaren a alguna persona hechos,que,de ser ciertos,constituirian infraccion penal ,si esta imputacion se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averigüacion....."


Según sus propias palabras, ¡tan fundadísimo está el Auto de procesamiento contra Puigdemont, y entre otros, los 'Jordis', elaborado por el Exmo. magistrado Sr.D. Pablo Llanera.....!, jaaaa... pues, ¡¡ sólo lo apoyan 'cuatro gatos' pertenecientes a la misma camada 'partidista'**!! (Que esto no baste para 'empapelar' al Exmo., no niega su 'partidismo' hacia acusaciones extremas que son rechazadas mayoritariamente).

Para según quién, ¿verdad Sr. 'Madovi'?, los magistrados son independientes del poder político, pero, ni a los ciudadanos más obtusos y, no digamos, a los más agudos, se les escapan las 'feroces luchas' entre los partidos políticos más poderosos para meter en las cúpulas de los tribunales a magistrados propuestos por ellos. Maniobras que han sido denunciadas en tantos medios de comunicación, también en 'los papeles' de publicaciones de diferentes signos políticos.
Pero, ¿porqué tanto interés?, si todos los magistrados son como usted viene sosteniendo: ¡ independientes !, jaaaa...se puede creer cualquier cosa, pero, como mínimo, por aplastante lógica, aún en caso de serlo, sus tendencias deben ser tan afines a los partidos que los proponen.

**'Partidistas' lo son estos 'cuatro gatos', si no en ser del 'Partido Popular', sí, en cuanto a 'partidarios' de apoyar y dictar Autos de procesamiento acusándoles de lo más penado, mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales: ¡no lo apoyan!
Y, al respecto, ¡¡¡¿contra 'cuatro', cientos catedráticos en Derecho Penal nacionales e internacionales estarán equivocados interpretándolo?!!!

La magistrada Carmen Lamela es otra que baila al son de la 'camada partidista' anteriormente citada. Son bachatero por lo 'juntitos todos' de ser 'partidarios' de las acusaciones más graves, como las del anteriormente citado Exmo. magistrado Sr. Llanera, que conllevan las más duras penas, siendo para la inmensa mayoría de sus colegas: acusaciones repudiables.
Esta jueza, Carmen Lamela, por una pelea -en un bar de Altsasu de la Comunidad Autónoma de Navarra (España)- donde dos Guardias Civiles recibieron contusiones y le rompieron el tobillo a uno de ellos, a los acosadores peleones los ha etiquetado de terroristas y llevan bastante más de un año en prisión. Ahora los van a juzgar.

El Fiscal de la Audiencia Nacional (otro que es independiente.....o, debería serlo, ¿verdad Sr.Madovi?) pide para Ohian, uno de los acusados de terrorismo, la pena de: ¡¡¡ 62 años y medio (el medio que no falte) de prisión !!! (En comparación, por homicidio se piden, 'sólo', de unos 10 a 15 años de prisión).
La reyerta acabó en los tribunales de Madrid donde la jueza Carmen Lamela compartió la tesis de COVITE (Colectivo Víctimas del Terrorismo del País Vasco)

Amnistía Internacional ha subrayado que estos hechos no son terrorismo y pide retiren esta acusación. Exageración, distorsión, desproporción.
Desde que se cambió el código penal, ¿será más fácil acusar de terrorismo..... cuándo al poder le interese? Digo, cuando al independiente juez o jueza lo 'vea' justo.

Dicen malas lenguas que ciertos jueces y juezas debería ir a la consulta de algún graduado en oftalmología, pero, que éste tuviera, ¡¡¡ su master autentificado !!!

Dos enlaces, de artículos al respecto, con diferentes puntos de vista.

http://www.publico.es/sociedad/navarra-vive-mayor-manifestacion-historia.html

https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20180413/alsasua-juicio-hijos-odio-agresion-no-pelea/299471158_0.html

Madovi
16-abr.-2018, 03:54
:D
Según sus propias palabras, ¡tan fundadísimo está el Auto de procesamiento contra Puigdemont, y entre otros, los 'Jordis', elaborado por el Exmo. magistrado Sr.D. Pablo Llanera.....!, jaaaa... pues, ¡¡ sólo lo apoyan 'cuatro gatos' pertenecientes a la misma camada 'partidista'**!! (Que esto no baste para 'empapelar' al Exmo., no niega su 'partidismo' hacia acusaciones extremas que son rechazadas mayoritariamente).

Para según quién, ¿verdad Sr. 'Madovi'?, los magistrados son independientes del poder político, pero, ni a los ciudadanos más obtusos y, no digamos, a los más agudos, se les escapan las 'feroces luchas' entre los partidos políticos más poderosos para meter en las cúpulas de los tribunales a magistrados propuestos por ellos. Maniobras que han sido denunciadas en tantos medios de comunicación, también en 'los papeles' de publicaciones de diferentes signos políticos.
Pero, ¿porqué tanto interés?, si todos los magistrados son como usted viene sosteniendo: ¡ independientes !, jaaaa...se puede creer cualquier cosa, pero, como mínimo, por aplastante lógica, aún en caso de serlo, sus tendencias deben ser tan afines a los partidos que los proponen.

**'Partidistas' lo son estos 'cuatro gatos', si no en ser del 'Partido Popular', sí, en cuanto a 'partidarios' de apoyar y dictar Autos de procesamiento acusándoles de lo más penado, mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales: ¡no lo apoyan!
Y, al respecto, ¡¡¡¿contra 'cuatro', cientos catedráticos en Derecho Penal nacionales e internacionales estarán equivocados interpretándolo?!!!

La magistrada Carmen Lamela es otra que baila al son de la 'camada partidista' anteriormente citada. Son bachatero por lo 'juntitos todos' de ser 'partidarios' de las acusaciones más graves, como las del anteriormente citado Exmo. magistrado Sr. Llanera, que conllevan las más duras penas, siendo para la inmensa mayoría de sus colegas: acusaciones repudiables.
Esta jueza, Carmen Lamela, por una pelea -en un bar de Altsasu de la Comunidad Autónoma de Navarra (España)- donde dos Guardias Civiles recibieron contusiones y le rompieron el tobillo a uno de ellos, a los acosadores peleones los ha etiquetado de terroristas y llevan bastante más de un año en prisión. Ahora los van a juzgar.

El Fiscal de la Audiencia Nacional (otro que es independiente.....o, debería serlo, ¿verdad Sr.Madovi?) pide para Ohian, uno de los acusados de terrorismo, la pena de: ¡¡¡ 62 años y medio (el medio que no falte) de prisión !!! (En comparación, por homicidio se piden, 'sólo', de unos 10 a 15 años de prisión).
La reyerta acabó en los tribunales de Madrid donde la jueza Carmen Lamela compartió la tesis de COVITE (Colectivo Víctimas del Terrorismo del País Vasco)

Amnistía Internacional ha subrayado que estos hechos no son terrorismo y pide retiren esta acusación. Exageración, distorsión, desproporción.
Desde que se cambió el código penal, ¿será más fácil acusar de terrorismo..... cuándo al poder le interese? Digo, cuando al independiente juez o jueza lo 'vea' justo.

Dicen malas lenguas que ciertos jueces y juezas debería ir a la consulta de algún graduado en oftalmología, pero, que éste tuviera, ¡¡¡ su master autentificado !!!

Dos enlaces, de artículos al respecto, con diferentes puntos de vista.

http://www.publico.es/sociedad/navarra-vive-mayor-manifestacion-historia.html

https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20180413/alsasua-juicio-hijos-odio-agresion-no-pelea/299471158_0.html//


:thumbup1:Su "diatriba" solo merece el desprecio de todo hombre de bien que respeta la Constitucion de su Pais y el resto del ordenamiento juridico.Una Constituion,Ley de Leyes,aprobada mayoritariamente,incluso en Cataluña,por el pueblo español.Vd.esta injuriando gravemente a una clase del Estado,Jueces y Magistrados, integrantes del Poder Judicial que no hacen mas que cumplir con su deber,persiguiendo el delito y dirigiendo el procedimiento pertinente contra todos los que ,con base en indicios racionales de criminalidad,han realizado hechos graves incardinados en el Codigo Penal,como "DECLARAR LA INDEPEN DENCIA DE UNA PARTE DEL TERRITORIO NACIONAL" (ART.472-5º).Y todo su "argumentario"...(já,ja,já)es ,en si mismo ,constitutivo de un delito de injurias graves a la Autoridad judicial.Lo que ocurre que la ignorancia es tan grande que olvida aquello tan elemental en Derecho de que "la ignorancia de las Leyes no dispensa de su cumplimiento"-

Muchos olvidan algo muy sencillo:"Los brazos del Estadp son el Poder Judicial y las Fuerzas Armadas".Y el Estado se defiende a traves de ellos-Todos sometidos al "imperio de la Ley".

Y los hechos reales ,con toda su violencia fisica y moral,con la proclamacion oficial de la Republica catalana,y su declaracion de independencia,SON HECHOS HISTORICOS OFICIALES DOCUMENTADOS POR LAS INSTITUCIONES CATALANAS,Y SON HECHOS QUE NO PUEDEN QUEDAR SIN LA RESPUESTA ADECUADA DEL ESTADO.

Madovi
16-abr.-2018, 06:39
:D//


:thumbup1:Su "diatriba" solo merece el desprecio de todo hombre de bien que respeta la Constitucion de su Pais y el resto del ordenamiento juridico.Una Constituion,Ley de Leyes,aprobada mayoritariamente,incluso en Cataluña,por el pueblo español.Vd.esta injuriando gravemente a una clase del Estado,Jueces y Magistrados, integrantes del Poder Judicial que no hacen mas que cumplir con su deber,persiguiendo el delito y dirigiendo el procedimiento pertinente contra todos los que ,con base en indicios racionales de criminalidad,han realizado hechos graves incardinados en el Codigo Penal,como "DECLARAR LA INDEPEN DENCIA DE UNA PARTE DEL TERRITORIO NACIONAL" (ART.472-5º).Y todo su "argumentario"...(já,ja,já)es ,en si mismo ,constitutivo de un delito de injurias graves a la Autoridad judicial.Lo que ocurre que la ignorancia es tan grande que olvida aquello tan elemental en Derecho de que "la ignorancia de las Leyes no dispensa de su cumplimiento"-

Muchos olvidan algo muy sencillo:"Los brazos del Estadp son el Poder Judicial y las Fuerzas Armadas".Y el Estado se defiende a traves de ellos-Todos sometidos al "imperio de la Ley".

Y los hechos reales ,con toda su violencia fisica y moral,con la proclamacion oficial de la Republica catalana,y su declaracion de independencia,SON HECHOS HISTORICOS OFICIALES DOCUMENTADOS POR LAS INSTITUCIONES CATALANAS,Y SON HECHOS QUE NO PUEDEN QUEDAR SIN LA RESPUESTA ADECUADA DEL ESTADO.//

:thumbup:Mereceria la pena que el Sr.Gabin,antes de lanzarse entusiasta a verter injurias graves contra la <Magistratura en general,y,en particular,contra el Exmo.Sr.Magistrado-Instructor del Tribunal Supremo D.PABLO LLARENA,
conociera la doctrrina de la Sentencia condenatoria dictada en Causa contra una persona que ,aprovechando un FORO DE INTERNET,incidio en un delito de injurias graves a funcionario publico,previsto en el art.209 del C.P.,precisamente contra un Fiscal y un Magistrado Presidente de Tribunal Superior de Justicia.La Sentencia la dictó la Audiencia Provincial de Toledo con fecha 1º de Junio de 2012 y su doctrina dice asi:"pues las mismas-las frases constitutivas de delito-consisten,respecto del Fiscal,en afirmar que es de estética fascista,lo que es una expresion claramente ofensiva.Respecto al Presidente del Tribunal Superior de Justicia se dice que los Juzgados de Talavera de la Reina funcionan como un
cortijo de Jueces y funcionarios corruptos que imponen sus criterios caciquistas con tráfico de influencias,imputandole ser el organizador y promotor responsable de una situacion de corrupcion generalizada".

Repase sus atribuciones "partidistas " al Sr.LLarena,y las demas frases descalificatorias ,y dígase si no hay cierto "tufillo" de similitud
con las referidas en la Sentencia condenatoria transcrita.

gabin
16-abr.-2018, 13:24
//

:thumbup:Mereceria la pena que el Sr.Gabin,antes de lanzarse entusiasta a verter injurias graves contra la <Magistratura en general,y,en particular,contra el Exmo.Sr.Magistrado-Instructor del Tribunal Supremo D.PABLO LLARENA,
conociera la doctrrina de la Sentencia condenatoria dictada en Causa contra una persona que ,aprovechando un FORO DE INTERNET,incidio en un delito de injurias graves a funcionario publico,previsto en el art.209 del C.P.,precisamente contra un Fiscal y un Magistrado Presidente de Tribunal Superior de Justicia.La Sentencia la dictó la Audiencia Provincial de Toledo con fecha 1º de Junio de 2012 y su doctrina dice asi:"pues las mismas-las frases constitutivas de delito-consisten,respecto del Fiscal,en afirmar que es de estética fascista,lo que es una expresion claramente ofensiva.Respecto al Presidente del Tribunal Superior de Justicia se dice que los Juzgados de Talavera de la Reina funcionan como un
cortijo de Jueces y funcionarios corruptos que imponen sus criterios caciquistas con tráfico de influencias,imputandole ser el organizador y promotor responsable de una situacion de corrupcion generalizada".

Repase sus atribuciones "partidistas " al Sr.LLarena,y las demas frases descalificatorias ,y dígase si no hay cierto "tufillo" de similitud
con las referidas en la Sentencia condenatoria transcrita.



En mi próxima respuesta, las injurias graves (ni siquiera leves) de las que me acusa, voy a demostrar no existen, ni siquiera 'tufillo' que se le parezca.

Acusar públicamente -en este caso en un foro- a alguien por considerar ha vertido injurias graves contra cualquier persona, más, aún si cabe, a un magistrado en su labor y, se demuestra que no es cierta la acusación; si verter injurias está penado, lo debe estar también lanzar acusación grave falsamente, a menos que se considerara fuese debido a 'equivocación lectora'.

Es lo que puedo considerar en su caso.
Espero responderle con mayor extensión: hoy mismo.

gabin
16-abr.-2018, 23:47
:D//
:thumbup1:Su "diatriba" solo merece el desprecio de todo hombre de bien que respeta la Constitucion de su Pais y el resto del ordenamiento juridico.

'Diatriba', en la acepción de 'censurar' sí lo es mi post, por cuanto muestra HECHOS, también, OPINIONES AJENAS, entre ellas, las de más de cien catedráticos en Derecho Penal de diferentes universidades de España que 'censuraron', difirieron, antes del magistrado Sr.Maza, -muerto hace poco. q.e.p.d.- y de la magitrada Srª Lamela y, luego, del Sr. Llarena, por acusar, ¡con lo más penado! Y esto es un HECHO, un HECHO que reflejé.

https://www.elperiodico.com/es/politica/20171123/un-manifiesto-de-109-juristas-espanoles-afirma-que-maza-y-lamela-generan-repulsa-y-preocupacion-6445325

Por tanto, además de grave e injusta, su afirmación sería, en todo caso, la que debería merecer desprecio por no respetar las democráticas y no injuriosas OPINIONES AJENAS de éstos catedráticos. Tener opiniones diferentes a la suya ni es injuriar ni merecen desprecio.



Una Constituion,Ley de Leyes,aprobada mayoritariamente,incluso en Cataluña,por el pueblo español.Vd.esta injuriando gravemente a una clase del Estado,Jueces y Magistrados, integrantes del Poder Judicial que no hacen mas que cumplir con su deber,persiguiendo el delito y dirigiendo el procedimiento pertinente contra todos los que ,con base en indicios racionales de criminalidad,han realizado hechos graves incardinados en el Codigo Penal,como "DECLARAR LA INDEPEN DENCIA DE UNA PARTE DEL TERRITORIO NACIONAL" (ART.472-5º).


Decir que se injuria sólo cuesta escribirlo, es lo que usted hace.

Del magistrado Sr. Llarena, en respuesta a su opinión 'de que era 'fundadísimo' su Auto de procedimiento dictado en la causa contra dirigentes políticos catalanes', escribí, que sólo lo apoyaban 'cuatro gatos' (equivale a 'pocos', como usted creo sabrá) en comparación con los 109 catedráticos de Derecho Penal de universidades de España, citados anteriormente, lo cual es un HECHO. Y que era 'partidista', lo puse entrecomillado y con asterisco para definirlo que sí lo era: 'en cuanto a dictar acusaciones de lo más penado', lo cual es otro HECHO manifiesto en el caso tratado y, que éstas, han sido rechazadas mayoritariamente por cientos de expertos en Leyes tanto españoles como internacionales es, otro HECHO probado.
Así que tan 'fundadísimo' no debe ser su Auto de procedimiento; no, para la gran mayoría de juristas.

Otro HECHO incuestionable es, que medios de comunicación de diferentes signos políticos han denunciado públicamente, ¡lo que he reflejado en mi post!, respecto a que se ha judicializado mucho la política. La opinión generalizada es, de quedar en entredicho su independencia y, de tenerla, por lógica, llegar a la conclusión de haber cierta afinidad.
Si este HECHO cree es injurioso, ya puede empezar a presentar querellas contra tantos medios de comunicación que así opinaron y lo publicaron. ¿Cree lo hicieron sin base alguna?

En cuanto a la magistrada Dª. Carmen Lamela, dije, que junto con el magistrado Sr. Llarena, también era 'partidaria' de acusaciones graves, lo cual, puede comprobarse por las mismas, es otro HECHO cierto.
Que sus acusaciones son repudiadas mayoritariamente, hasta por 'Amnistía Internacional', que ha subrayado que estos hechos no son terrorismo y ha pedido retiren esta acusación, es, otro HECHO cierto.
La información del caso lo di de los enlaces que inserté. Otro HECHO incuestionable, siendo los dos enlaces de signo ideológico diferente.

Hice una pregunta sacada de comentarios sobre el cambio en el código penal del terrorismo; comentarios que han corrido como la pólvora en medios públicos de difusión, pero, en éstos, sin pregunta, afirmándolo. Otro HECHO cierto.
Hice una referencia a los independientes jueces y juezas, los cuales según algunas 'malas lenguas' deberían visitar al oftalmólogo por aplicar acusaciones que las 'ven' muy diferentes a, por ejemplo: 'Amnistía Internacional', y también, a los más de cien catedráticos antes citados. Otro HECHO comprobable.





Y todo su "argumentario"...(já,ja,já)es ,en si mismo ,constitutivo de un delito de injurias graves a la Autoridad judicial.Lo que ocurre que la ignorancia es tan grande que olvida aquello tan elemental en Derecho de que "la ignorancia de las Leyes no dispensa de su cumplimiento"-

Mi 'argumentario' ya ve, como he demostrado, está compuesto de HECHOS probados y OPINIONES AJENAS al respecto, las cuales no han sido acusadas de injuriosas más que ahora, infundadamente, por usted.





Muchos olvidan algo muy sencillo:"Los brazos del Estadp son el Poder Judicial y las Fuerzas Armadas".Y el Estado se defiende a traves de ellos-Todos sometidos al "imperio de la Ley".

Y los hechos reales ,con toda su violencia fisica y moral,con la proclamacion oficial de la Republica catalana,y su declaracion de independencia,SON HECHOS HISTORICOS OFICIALES DOCUMENTADOS POR LAS INSTITUCIONES CATALANAS,Y SON HECHOS QUE NO PUEDEN QUEDAR SIN LA RESPUESTA ADECUADA DEL ESTADO.

Que no puedan quedar sin respuesta no significa para más de cien catedráticos en Derecho Penal de universidades españolas y también muchos juristas internacionales, que la respuesta haya sido la adecuada y, tampoco están de acuerdo con el magistrado ni con usted en cuanto a la violencia. Usted y los magistrados aludidos llevan 'gafas' bien diferentes para 'ver' estos casos a los de la mayoría de juristas citados.

Un manifiesto de 109 juristas españoles, ¡españoles!, afirma que los magistrados Sr. Maza (q.e.p.d.) y Srª.Lamela, generan 'repulsa y preocupación'; luego, también incluyeron al magistrado Sr. Llanera.
Por el puto de vista vertido en su respuesta, acaso, para usted, estos 109 juristas de diferentes universidades españolas merecerán el desprecio de todo hombre de bien y estarán injuriando gravemente a Jueces y Magistrados. Si así fuese, los culparía por tener y dar democrática y libremente una opinión diferente a la de los magistrados citados; opinión, que no ha sido calificada ni acusada de ofensiva, sino, de discrepante.

Enlace sobre el manifiesto.
http://www.europapress.es/catalunya/noticia-manifiesto-109-juristas-espanoles-afirma-maza-lamela-generan-repulsa-preocupacion-20171123185706.html

Enlace contra la actuación judicial en Catalunya.
http://insurgente.org/durisimo-manifiesto-de-mas-de-cien-catedraticos-y-profesores-de-derecho-penal-contra-la-actuacion-del-gobierno-en-catalunya/

Madovi
17-abr.-2018, 04:15
Que no puedan quedar sin respuesta no significa para más de cien catedráticos en Derecho Penal de universidades españolas y también muchos juristas internacionales, que la respuesta haya sido la adecuada y, tampoco están de acuerdo con el magistrado ni con usted en cuanto a la violencia.
Usted y los magistrados aludidos llevan 'gafas' bien diferentes a los de la mayoría de juristas citados.

Un manifiesto de 109 juristas españoles, ¡españoles!, afirma que Maza y Lamela generan 'repulsa y preocupación' (Por el puto de vista vertido en su respuesta, acaso, estos 109 juristas de diferentes universidades españolas merecerán el desprecio de todo hombre de bien y, ya de paso, estarán injuriando gravemente a una clase del Estado, Jueces, Magistrados,.....¿es así, según usted?)

Enlace sobre el manifiesto.
http://www.europapress.es/catalunya/noticia-manifiesto-109-juristas-espanoles-afirma-maza-lamela-generan-repulsa-preocupacion-20171123185706.html

Enlace contra la actuación judicial en Catalunya.
http://insurgente.org/durisimo-manifiesto-de-mas-de-cien-catedraticos-y-profesores-de-derecho-penal-contra-la-actuacion-del-gobierno-en-catalunya///

:thumbup:El unico documento judicial que recoge los hechos probados desarrolados con motivo del "procés" catalan, que termino proclamando la idependencia de Cataluña,y la Republica catalaba,es el Autio de procesamiento,cuyas declaraciones indagatorias se estan recibiendo estos dias.
Y el trato injurioso,segun los terminos del art.208 del Codigo Penal,que deriva de su sus frases,es el siguiente:

1ª.-"Y entre otros,-el Auto-elaborado por el Exmo.Sr.Magistrado Sr.D.Pablo Llarena ¡ja,ja,ja! pues solo lo apoyan · CUATRO GATOS" PERTENECIENTES A LA MISMA CAMADA PARTIDISTA".
Teniendo en cuenta que la IMPARCIALIDAD es la `primera obligacion de un Juez o Magistrado,tildarlo de "partidario" incurre en el tipo penal que considera injuria grave el lesionar " la dignidad de una persona,menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación."

2ª.-"Partidarios lo son los cuatro gatos,si no en ser del PP,si en cuanto partidarios de apoyar y dictar Auto de procesamiento".

Los "cuatro gatos" forzosamente han de ser Magistrados integrantes del Poder Judicial..En cuanto Funcionarios publicos,se incide tambien en el tipo del art.209 del mismo Código Penal.No importa que se apoye en opiniones de Catedraticos con opiniones contrarias a las del Juez Llarena.Eso no exime a quien,refiriendose, al Magistrado del T.S.y a los "cuatro gatos",incide en "accion o expresion que lesiona la dignidad de una persona,menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación."(art.208 C.P.)

gabin
17-abr.-2018, 06:40
//

:thumbup:El unico documento judicial que recoge los hechos probados desarrolados con motivo del "procés" catalan, que termino proclamando la idependencia de Cataluña,y la Republica catalaba,es el Autio de procesamiento,cuyas declaraciones indagatorias se estan recibiendo estos dias.
Y el trato injurioso,segun los terminos del art.208 del Codigo Penal,que deriva de su sus frases,es el siguiente:

1ª.-"Y entre otros,-el Auto-elaborado por el Exmo.Sr.Magistrado Sr.D.Pablo Llarena ¡ja,ja,ja! pues solo lo apoyan · CUATRO GATOS" PERTENECIENTES A LA MISMA CAMADA PARTIDISTA".
Teniendo en cuenta que la IMPARCIALIDAD es la `primera obligacion de un Juez o Magistrado,tildarlo de "partidario" incurre en el tipo penal que considera injuria grave el lesionar " la dignidad de una persona,menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación."

2ª.-"Partidarios lo son los cuatro gatos,si no en ser del PP,si en cuanto partidarios de apoyar y dictar Auto de procesamiento".

Los "cuatro gatos" forzosamente han de ser Magistrados integrantes del Poder Judicial..En cuanto Funcionarios publicos,se incide tambien en el tipo del art.209 del mismo Código Penal.No importa que se apoye en opiniones de Catedraticos con opiniones contrarias a las del Juez Llarena.Eso no exime a quien,refiriendose, al Magistrado del T.S.y a los "cuatro gatos",incide en "accion o expresion que lesiona la dignidad de una persona,menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación."(art.208 C.P.)


Usted, si no hubiera equivocado la lectura de mi post, no interpretaría erróneamente como lo hace, la frase 'cuatro gatos', ni el significado de 'partidarios'. Se lo expliqué en mi post anterior, acaso, no lo leyó; vuelvo en este. 'Cuatro gatos', en mi post, significa claramente que son 'pocos', el idioma español lo recoje, máxime, cuando es en comparación a 'muchos': los más de cien catedráticos españoles en Derecho Penal que cité. Y, ja,ja,ja, no; escribí jaaa...para expresar que sólo 'cuatro gatos' (o sea, unos pocos) estaban conforme con su apreciación de estar fundadísimo -según sus propias palabras- el Auto de procesamiento contra los políticos catalanes.

Escribí literalmente, sin los paréntesis: 'Partidistas' (entrecomillado, y lo especifiqué en el contexto de toda esta frase para que no hubiese confusión de lo que expresaba con esta palabra) lo son estos 'cuatro gatos' (entrecomillado, por la misma razón), si no en ser del 'Partido Popular', sí, en cuanto a 'partidarios' (también entrecomillado) de apoyar y dictar Autos de procesamiento acusándoles de lo más penado (lo cual es un HECHO cierto, como puede comprobarse: han sido 'partidarios' de hacer este tipo de acusaciones, expresando lo que deben considerar justo, mientras no se demuestre lo contrario. Por tanto, 'partidarios', si se lee la frase completa y no se saca la palabra del contexto de la misma, no es expresión que lesione ninguna dignidad, ni grave ni leve, de estos magistrados, sino, que expresa un HECHO cierto, comprobable, 'partidarios' en cuanto a acusarlos de gravedad), mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal (aquí, se entiende y evidencia claramente por su contexto, al citar en la frase un mucho mayor número de catedráticos juristas, ¡más de cien!, que, los 'cuatro gatos' -entrecomillado- es inequívocamente una referencia comparativa de, ¡cantidad!, significando 'pocos', lo cual, nada tiene que ver con lo que usted erróneamente interpreta de lesionar la dignidad, ni grave ni leve, de estos magistrados) de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales: ¡no lo apoyan! (las interpretaciones que han hecho del Derecho penal los magistrados que acusaron gravemente).
Y para rematarlo, a continuación digo al respecto por ser obvio: ¡¡¡¿Contra 'cuatro', cientos catedráticos en Derecho penal nacionales e internacionales estarán equivocados interpretándolo?!!!

En este párrafo escribo 'cuatro' (sin la expresión entera de 'cuatro gatos', cuyo significado es también 'pocos') en comparación con los más de 'cien' catedráticos en Derecho penal (muchos) que tienen otra interpretación, lo cual hace aún mas evidente la relación de cantidad. Y además, la escribí siempre entrecomillada para estar aún más seguro de que no me saliera nadie, como usted hace, buscando tres o cinco pies al pobre gato de la frase; quiero pensar por equivocación. 'Errare humanum est' y nadie esta exento de ello.

No es de extrañar el miedo a interpretaciones que expone EsquizOfelia en uno de sus post.

Madovi
17-abr.-2018, 09:50
Usted, si no hubiera equivocado la lectura de mi post, no interpretaría erróneamente como lo hace, la frase 'cuatro gatos', ni el significado de 'partidarios'. Se lo expliqué en mi post anterior, acaso, no lo leyó; vuelvo en este. 'Cuatro gatos', en mi post, significa claramente que son 'pocos', el idioma español lo recoje, máxime, cuando es en comparación a 'muchos': los más de cien catedráticos españoles en Derecho Penal que cité. Y, ja,ja,ja, no; escribí jaaa...para expresar que sólo 'cuatro gatos' (o sea, unos pocos) estaban conforme con su apreciación de estar fundadísimo -según sus propias palabras- el Auto de procesamiento contra los políticos catalanes.

Escribí literalmente, sin los paréntesis: 'Partidistas' (entrecomillado, y lo especifiqué en el contexto de toda esta frase para que no hubiese confusión de lo que expresaba con esta palabra) lo son estos 'cuatro gatos' (entrecomillado, por la misma razón), si no en ser del 'Partido Popular', sí, en cuanto a 'partidarios' (también entrecomillado) de apoyar y dictar Autos de procesamiento acusándoles de lo más penado (lo cual es un HECHO cierto, como puede comprobarse: han sido 'partidarios' de hacer este tipo de acusaciones, expresando lo que deben considerar justo, mientras no se demuestre lo contrario. Por tanto, 'partidarios', si se lee la frase completa y no se saca la palabra del contexto de la misma, no es expresión que lesione ninguna dignidad, ni grave ni leve, de estos magistrados, sino, que expresa un HECHO cierto, comprobable, 'partidarios' en cuanto a acusarlos de gravedad), mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal (aquí, se entiende y evidencia claramente por su contexto, al citar en la frase un mucho mayor número de catedráticos juristas, ¡más de cien!, que, los 'cuatro gatos' -entrecomillado- es inequívocamente una referencia comparativa de, ¡cantidad!, significando 'pocos', lo cual, nada tiene que ver con lo que usted erróneamente interpreta de lesionar la dignidad, ni grave ni leve, de estos magistrados) de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales: ¡no lo apoyan! (las interpretaciones que han hecho del Derecho penal los magistrados que acusaron gravemente).
Y para rematarlo, a continuación digo al respecto por ser obvio: ¡¡¡¿Contra 'cuatro', cientos catedráticos en Derecho penal nacionales e internacionales estarán equivocados interpretándolo?!!!

En este párrafo escribo 'cuatro' (sin la expresión entera de 'cuatro gatos', cuyo significado es también 'pocos') en comparación con los más de 'cien' catedráticos en Derecho penal (muchos) que tienen otra interpretación, lo cual hace aún mas evidente la relación de cantidad. Y además, la escribí siempre entrecomillada para estar aún más seguro de que no me saliera nadie, como usted hace, buscando tres o cinco pies al pobre gato de la frase; quiero pensar por equivocación. 'Errare humanum est' y nadie esta exento de ello.

No es de extrañar el miedo a interpretaciones que expone EsquizOfelia en uno de sus post.///

:thumbup:Nadie ,que sea competente para hacerlo,le acusa.No soy "mas papista que el Papa",y me limito a comentar sus "atrevimientos" en el uso de frases que,en el mejor de los casos,pueden considerarse despectivas para un Magistrado en ejercicio.Lo está tildando de "parcial",es decir,de actuar olvidando la IMPARCIALIDAD que es la esencia de su razon de ser.Al propio tiempo,al relacionarlo con el PP,"en cuanto a partidario de dictar el Auto de procesamiento"....Es una resolucion recurrible ante la Sala de apelaciones,y es lo que procede,para que resuelva la Sala en pleno,que,por cierto ya ha confirmado el mantenimiento de la prision del ultimo candidato a Presidente de la Generalitat.De paso la Sala 2ª del T.S.crtica la decision de los Jueces alemanes al limitar la extradicion de Puigdemont al delito de malversacion...por el momento,y dicho sea de paso.
Lo de los "cuatro gatos",aunque sea expresion española,hay que cuidar a quien se dirige.En resumen:me afirmo en todo lo dicho en interpretacion de los arts.208 y 209 del Codigo Penal. Y sigo considerandolo a Vd.un tanto "excesivo" en sus peyorativos comentarios sobre miembros del Poder Judicial.

EsquizOfelia
17-abr.-2018, 14:26
Imagino a Madovi y Gabin jueces.:w00t:
¿Coincidirían sus fallos?
Tan permeable es la "Justicia" a los corazoncitos de los de Toga, que los presidentes de turno se matan por elegir los jueces.

Madovi
18-abr.-2018, 05:55
Imagino a Madovi y Gabin jueces.:w00t:
¿Coincidirían sus fallos?
Tan permeable es la "Justicia" a los corazoncitos de los de Toga, que los presidentes de turno se matan por elegir los jueces.//

:thumbup:Rotudamente,NO.No podriamos coincidir porque Gabin es sectario,está cegado por el independentismo mas montaraz.No reconoce el Estado democratico social de Derecho.(Art.1.1 de la C.E.),y,consiguientemente sostiene que la rebelion de Septiembre y octubre de 2017,es legitima porque emana de las urnas.No admite que los dirigentes catalanes que proclamaron la Republica cometieron,presuntivamente,el delito de rebelion del art.472,en sus aoartados 1º "("derogar,suspender o modificar total o parcialmente la Constitucion").
2º.- Al proclamar la independencia de Cataluña incidieron en el ap.5º (declarar la independencia de una parte del territorio nacional").
3º.- Sus actuaciones,en relacion con los Mossos de Escuadra,incidieron en el ap.7º (" sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno").
Yo,si se probasen los hechos relatados en el Auto de procesamiento de 21 de marzo de 2018,condenaria,sin duda alguna,a los autores.
Gabin los absolveria con todos los pronunciamientos favorables.
En la prensa de hoy se hace público un Auto de la Sala 2ª del Tribunal Supremo que confirma totalmente la doctrina del Magistradio Instructor,y,de paso,descalifica al Tribunal regional aleman de Schleswig-Holstein,sobre la graduacion de la violencia en el delito de rebelion,traicion en Alemania,y las consideraciones que contiene entrando,extralimitandose evidentemente,en el fondo del asunto.

Madovi
19-abr.-2018, 03:20
Usted, si no hubiera equivocado la lectura de mi post, no interpretaría erróneamente como lo hace, la frase 'cuatro gatos', ni el significado de 'partidarios'. Se lo expliqué en mi post anterior, acaso, no lo leyó; vuelvo en este. 'Cuatro gatos', en mi post, significa claramente que son 'pocos', el idioma español lo recoje, máxime, cuando es en comparación a 'muchos': los más de cien catedráticos españoles en Derecho Penal que cité. Y, ja,ja,ja, no; escribí jaaa...para expresar que sólo 'cuatro gatos' (o sea, unos pocos) estaban conforme con su apreciación de estar fundadísimo -según sus propias palabras- el Auto de procesamiento contra los políticos catalanes.

Escribí literalmente, sin los paréntesis: 'Partidistas' (entrecomillado, y lo especifiqué en el contexto de toda esta frase para que no hubiese confusión de lo que expresaba con esta palabra) lo son estos 'cuatro gatos' (entrecomillado, por la misma razón), si no en ser del 'Partido Popular', sí, en cuanto a 'partidarios' (también entrecomillado) de apoyar y dictar Autos de procesamiento acusándoles de lo más penado (lo cual es un HECHO cierto, como puede comprobarse: han sido 'partidarios' de hacer este tipo de acusaciones, expresando lo que deben considerar justo, mientras no se demuestre lo contrario. Por tanto, 'partidarios', si se lee la frase completa y no se saca la palabra del contexto de la misma, no es expresión que lesione ninguna dignidad, ni grave ni leve, de estos magistrados, sino, que expresa un HECHO cierto, comprobable, 'partidarios' en cuanto a acusarlos de gravedad), mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal (aquí, se entiende y evidencia claramente por su contexto, al citar en la frase un mucho mayor número de catedráticos juristas, ¡más de cien!, que, los 'cuatro gatos' -entrecomillado- es inequívocamente una referencia comparativa de, ¡cantidad!, significando 'pocos', lo cual, nada tiene que ver con lo que usted erróneamente interpreta de lesionar la dignidad, ni grave ni leve, de estos magistrados) de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales: ¡no lo apoyan! (las interpretaciones que han hecho del Derecho penal los magistrados que acusaron gravemente).
Y para rematarlo, a continuación digo al respecto por ser obvio: ¡¡¡¿Contra 'cuatro', cientos catedráticos en Derecho penal nacionales e internacionales estarán equivocados interpretándolo?!!!

En este párrafo escribo 'cuatro' (sin la expresión entera de 'cuatro gatos', cuyo significado es también 'pocos') en comparación con los más de 'cien' catedráticos en Derecho penal (muchos) que tienen otra interpretación, lo cual hace aún mas evidente la relación de cantidad. Y además, la escribí siempre entrecomillada para estar aún más seguro de que no me saliera nadie, como usted hace, buscando tres o cinco pies al pobre gato de la frase; quiero pensar por equivocación. 'Errare humanum est' y nadie esta exento de ello.

No es de extrañar el miedo a interpretaciones que expone EsquizOfelia en uno de sus post.//

:thumbup:No saque la frase "cuatro gatos" de contexto.La gravedad de la injuria, cuando se dirige a Funionario publico en el ejercicio de las funciones de su cargo,y además,nada menos que Magistrado del Tribunal Supremo-cúpula jurisdiccional de la Nacion-perseguible,pues de oficio,está en el texto completo de la frase:"cuatro gatos de LA MISMA CAMADA PARTIDISTA".Es decir,esos cuatro gatos (pocos),pertenecen a la misma camada del MAGISTRADO-partidista-,como podria haber dicho "fascista",segun acaeció con el Fiscal de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo,ya referida,y que se consideró,como se consideraria ahora, objetivamente, una frase comprensiva de hechos,que,de ser ciertos,serian afrentosos y atentarian contra la dignidad personal del Magistrado ,aludido por su nombre y apellidos,y su "propia estimación". (Art.208 C.P.),

"

EsquizOfelia
19-abr.-2018, 05:22
Gabin:
Si tienes mucha suerte, pagando fianza podrás dormir en casa. :crying:

gabin
22-abr.-2018, 02:45
//

:thumbup:No saque la frase "cuatro gatos" de contexto.La gravedad de la injuria, cuando se dirige a Funionario publico en el ejercicio de las funciones de su cargo,y además,nada menos que Magistrado del Tribunal Supremo-cúpula jurisdiccional de la Nacion-perseguible,pues de oficio,está en el texto completo de la frase:"cuatro gatos de LA MISMA CAMADA PARTIDISTA".Es decir,esos cuatro gatos (pocos),pertenecen a la misma camada del MAGISTRADO-partidista-,como podria haber dicho "fascista",segun acaeció con el Fiscal de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo,ya referida,y que se consideró,como se consideraria ahora, objetivamente, una frase comprensiva de hechos,que,de ser ciertos,serian afrentosos y atentarian contra la dignidad personal del Magistrado ,aludido por su nombre y apellidos,y su "propia estimación". (Art.208 C.P.),

"


En referencia al Auto de procesamiento del magistrado Pablo Llarena, según sus propias palabras era fundadísimo. A esta apreciación suya respondí: " ¡¡Sólo lo apoyan 'cuatro gatos' de la misma camada 'partidista'**!!".

'Cuatro gatos' (pocos) y 'partidista', entrecomillado también y además con asteriscos para especificarlo, escribí: "en cuanto a 'partidarios' de apoyar y dictar Autos de procesamiento, acusándoles de lo más penado, mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales no lo apoyan".

Queda claro, me refiero al HECHO de que 'cuatro gatos' (pocos) son 'partidarios' de apoyar acusaciones muy graves y (muchos) más de cien, se desprende de ello: son 'partidarios' de no apoyarlas.

'Partidarios', pues, en el sentido de la acepción del diccionario: persona que defiende una idea, tendencia o persona. Y da un significativo ejemplo: partidario de la reforma. Un ejemplo en el sentido de decidir: entre reforma o no. Dice: persona que 'defiende', y al no añadir con parcialidad, significa que no hay tal acusación. Yo escribí: " 'partidarios' de apoyar lo más penado" (un HECHO cierto) con el mismo significado: el de 'partidario' en el sentido de decidir y no otro.

Por tanto, en mi escrito no hay afrenta por no acusar de parcialidad. Contrapone puntos de vista, decisiones asaz diferentes entre juristas como puede apreciarse en los enlaces que inserté en anteriores post.

Madovi
22-abr.-2018, 03:03
En referencia al Auto de procesamiento del magistrado Pablo Llarena, según sus propias palabras era fundadísimo. A esta apreciación suya respondí: " ¡¡Sólo lo apoyan 'cuatro gatos' de la misma camada 'partidista'**!!".

'Cuatro gatos' (pocos) y 'partidista', entrecomillado también y, además, con asteriscos, para especificarlo. Referente a 'partidistas' escribí: "en cuanto a 'partidarios' de apoyar y dictar Autos de procesamiento, acusándoles de lo más penado, mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales no lo apoyan".

Queda claro que me refiero al HECHO de que 'cuatro gatos' (pocos) son 'partidarios' de apoyar acusaciones muy graves y más de cien (muchos) -se desprende de ello- son 'partidarios' de no apoyarlas.

'Partidarios', pues, en el sentido de la acepción del diccionario: persona que defiende una idea, tendencia o persona. Y da un significativo ejemplo: partidario de la reforma. Un ejemplo en el sentido de decidir: entre reforma o no. Dice: persona que 'defiende', y al no añadir con parcialidad, significa que no hay tal acusación. Yo escribí: " 'partidarios' de apoyar lo más penado" (un HECHO cierto) con el mismo significado, el de 'partidario' en el sentido de decidir y no otro.

Por tanto, en mi escrito no hay afrenta por no acusar de parcialidad. Contrapone puntos de vista, decisiones asaz diferentes entre juristas como puede apreciarse en los enlaces que inserté en anteriores post.//

:laugh:Bien.Para mi queda claro.No hay dolo,o,lo que es lo mismo,no existió intencion de injuriar,menoscabando la propia estimacion de otra persona-Tranquilo.

gabin
25-abr.-2018, 01:33
//
:thumbup:Rotudamente,NO.No podriamos coincidir porque Gabin es sectario,está cegado por el independentismo mas montaraz.No reconoce el Estado democratico social de Derecho.(Art.1.1 de la C.E.),


Por alusión. El pacífico rechazo de millones de ciudadanos catalanes, españoles y, no todos independentistas, fue a una ley hecha con la intención expresa de impedir prácticamente referéndum vinculante alguno. Puede aplicarse el mismo 'cuento' del no reconocimiento al Estado democrático social de Derecho, a cuantos se han manifestado contra otras leyes también.
En cuanto a estar cegado, habrá que 'verlo'.



y,consiguientemente sostiene que la rebelion de Septiembre y octubre de 2017,es legitima porque emana de las urnas.No admite que los dirigentes catalanes que proclamaron la Republica cometieron,presuntivamente,el delito de rebelion del art.472,en sus aoartados 1º "("derogar,suspender o modificar total o parcialmente la Constitucion").

Quien 'sostiene' es 'Pereira', según....Antonio; y usted, también, afirmando hubo rebelión en septiembre y octubre de 2017, -nada de presunta- rebelión, rebelión. Luego, sí, presuntivamente, dice.
Tendré que recordarle en cuanto a rebelión, el enlace*, donde 109 catedráticos de Derecho Penal de universidades de todo el Estado español han rechazado a través de un manifiesto las acusaciones de rebelión y sedición contra el gobierno catalán, además de otros juristas internacionales, no siendo sospechosos de ser independentistas catalanes.
Quienes no lo admiten -el delito de rebelión- son tantos catedráticos juristas, es lo que inserté para dar otro punto de vista bien diferente al que usted da en sus post al respecto.
* https://www.elnacional.cat/es/politica/juristas-rebelion-sedicion-gobierno-catalan_215400_102.html



2º.- Al proclamar la independencia de Cataluña incidieron en el ap.5º (declarar la independencia de una parte del territorio nacional").
3º.- Sus actuaciones,en relacion con los Mossos de Escuadra,incidieron en el ap.7º (" sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno").
Yo,si se probasen los hechos relatados en el Auto de procesamiento de 21 de marzo de 2018,condenaria,sin duda alguna,a los autores.
Gabin los absolveria con todos los pronunciamientos favorables.


Así que, caso de probarse los hechos relatados en el Auto de procesamiento del juez español, dice usted, que los condenaría sin duda alguna; sin duda,.....aunque los hechos relatados no fueren motivo de condena por jueces extranjeros y los absolvieran. Vaya, vaya.

En su faceta de pitoniso, desearle que dios le conserve la vista, digo, la bola. Podría adivinarme si me tocará el gordo,.... mejor la gorda.



En la prensa de hoy se hace público un Auto de la Sala 2ª del Tribunal Supremo que confirma totalmente la doctrina del Magistradio Instructor,y,de paso,descalifica al Tribunal regional aleman de Schleswig-Holstein,sobre la graduacion de la violencia en el delito de rebelion,traicion en Alemania,y las consideraciones que contiene entrando,extralimitandose evidentemente,en el fondo del asunto.


No se esperaba menos. Los alemanes, ¿opinarán lo mismo?

Madovi
25-abr.-2018, 03:39
No se esperaba menos. Los alemanes, ¿opinarán lo mismo?//

:thumbup1:Puntualizando:

1º.-Vuelve a la "mantra" de los millones de ciudadanos catalanes que estan en contra de la Constitucion,como una "Ley leonina"..Se olvida,como es de rigor,de los otros millones de catalanes patriotas que se sienten españoles al tiempo que catalanes.

2º.-Yo mantengo,presuntivamente porque aun no se ha dictado Sentencia definitiva,que se incidio en las previsiones punitiv as del art.472-1º,5º y 7º,del Codigo Penal.Es cuestion de pareceres.Yo mantengo el mio.Vd,,el suyo.

3º.-Si.Para el caso de probarse en juicio oral los indicios racionales de criminalidad que se mantienen en el Auto de procesamiento,de 21 de marzo pasado,del Magistrado-Instructor Sr.Llarena,estuviera en activo,yo dictaria sin ningun genero de duda Sentencia condenatoria.

4º.-No hago de "pitoniso".Me baso en HECHOS ACAECIDOS,y me atengo a lo que el Codigo Penal prevée para sus autores como castigo.Ya veremos,al final,quien acierta.Si es Vd. lo felicitaré por sus altas cualidades como futurólogo.

5º.-A mi no me vincula,ni me interesa,la opinion de Jueces extranjeros.Me vincularia,en todo caso,la Sentencia definitiva que dictase ,en su momento,la Sala 2ª del Tribunal Supremo.

gabin
25-abr.-2018, 09:19
//

:thumbup1:Puntualizando:

1º.-Vuelve a la "mantra" de los millones de ciudadanos catalanes que estan en contra de la Constitucion,como una "Ley leonina"..Se olvida,como es de rigor,de los otros millones de catalanes patriotas que se sienten españoles al tiempo que catalanes.

2º.-Yo mantengo,presuntivamente porque aun no se ha dictado Sentencia definitiva,que se incidio en las previsiones punitiv as del art.472-1º,5º y 7º,del Codigo Penal.Es cuestion de pareceres.Yo mantengo el mio.Vd,,el suyo.

3º.-Si.Para el caso de probarse en juicio oral los indicios racionales de criminalidad que se mantienen en el Auto de procesamiento,de 21 de marzo pasado,del Magistrado-Instructor Sr.Llarena,estuviera en activo,yo dictaria sin ningun genero de duda Sentencia condenatoria.

4º.-No hago de "pitoniso".Me baso en HECHOS ACAECIDOS,y me atengo a lo que el Codigo Penal prevée para sus autores como castigo.Ya veremos,al final,quien acierta.Si es Vd. lo felicitaré por sus altas cualidades como futurólogo.

5º.-A mi no me vincula,ni me interesa,la opinion de Jueces extranjeros.Me vincularia,en todo caso,la Sentencia definitiva que dictase ,en su momento,la Sala 2ª del Tribunal Supremo.


1º Estoy pacíficamente en contra de esta ley porque al no permitir en la práctica hacer un referéndum vinculante la considero democrática de paripé, tan sencillo como esto, lo demás respecto a mí es de su cosecha.
Su argumento sentimental es de calcetín: reversible.

2º He mostrado otra visión diferente a la suya: la de muchos catedráticos juristas no susceptibles de ser independentistas, los cuales no condenarían por rebelión. Tantos juristas españoles y extranjeros es muy improbable estén equivocados, conclusión lógica: su apreciación debe ser mucho más justa, independientemente de cual sea el veredicto final de los juzgadores. Por interpretación de las leyes no queda y, no sólo en el veredicto de culpabilidad o no, sino, también, en la cuantía de las penas.

3º Lo deberá encontrar justo.

4º 'Pitoniso' respecto a lo que afirmó de mí.
Nada he afirmado respecto a lo que sucederá, sólo he manifestado en diferentes post lo que reitero en el 2º.

5º No dudo se vincularía a la Sala que cita aunque los absolvieran.