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Ver la Versión Completa : Investidura



Madovi
30-ene.-2018, 12:03
:thumbup1:La sesion de esta tarde del pleno del Parlamento de Cataluña ha sido APLAZADA,NO SUSPENDIDA....¿Acaso no es suspender aplazar un acto señalado?.¿Al menos una suspension no definitiva?-Veremos lo que hace el Sr-Torrent cuando reinice la sesion,sin candidato ...porque debera realizar consultas antes de proponer otro candidato a la Presidencia del Gobierno catalán,otro que pueda estar presente .....Y el tiempo,para nuevas elecciones autonomicas,comenzará a contar si no se elige antes al nuevo President.....
La Ley,intepretada por quien debe hacerlo,es igual para todos......no solo puede estar en la carcel el Sr.junqueras....

Madovi
31-ene.-2018, 03:32
:thumbup1:La sesion de esta tarde del pleno del Parlamento de Cataluña ha sido APLAZADA,NO SUSPENDIDA....¿Acaso no es suspender aplazar un acto señalado?.¿Al menos una suspension no definitiva?-Veremos lo que hace el Sr-Torrent cuando reinice la sesion,sin candidato ...porque debera realizar consultas antes de proponer otro candidato a la Presidencia del Gobierno catalán,otro que pueda estar presente .....Y el tiempo,para nuevas elecciones autonomicas,comenzará a contar si no se elige antes al nuevo President.....
La Ley,intepretada por quien debe hacerlo,es igual para todos......no solo puede estar en la carcel el Sr.junqueras....//

:thumbup:La situacion actual en el "carajal" del Parlamento catalán,es la siguiente:Ayer,al llegar la hora de inicio de la sesion plenaria del Parlamento convocada,el Presidente la "aplazó",no "desonvocó",hasta la resolucion por el T.C. de las alegaciones presentadas por el Parlamento catalán,pidiendo que se reconsiderase la resolucion del Tribunal adoptando "medidas cautelares" en las que se mantenia la sesion de investidura de Carles Puigdemont solo si este se presentara fisicamente en la Cámara,con autorizacion judicial.A la una de la tade de ayer,el T.C. resolvio el rechazo de las alegaciones catalanas ,manteniendo en todas sus partes el AUTO del dia anterior.En su vista,la sesion continua "aplazada",sin que en este momento se conozca si va a reiniciarse,previas nuevas consultas,para designar otra persona como candidato, libre de procesos judiciales.En este sentido,o se reanuda el trámite,o habra que contar el tiempo para convocatoria de nuevas elecciones autonómicas,a partir de la convocatoria fallida.-

Kevlin
31-ene.-2018, 17:58
“Esto se ha terminado, los nuestros nos han sacrificado”
“son los últimos días de la Catalunya republicana”


O sea,

parlons d'autre chose.:001_rolleyes:

Madovi
01-feb.-2018, 03:29
“Esto se ha terminado, los nuestros nos han sacrificado”
“son los últimos días de la Catalunya republicana”


O sea,

parlons d'autre chose.:001_rolleyes://


:thumbup:Con algunos catalanes,nunca se sabe:hoy publican en twiter,u otro medio de comunicacion social,una nota,y mañana la desmienten,o la atribuyen a cualquier adversario.....
Parece que ahora quien abandonó el cargo huyendo al extranjero,y,consiguientemente,sin la gallardia de quedarse haciendo frente a sus presuntas responsabilidades-sobre todo cuando mantenia que solo podia destituirle el Parlamento de Cataluña,y no la Constitucion española-ante la Justicia,como hicieron Oriol Junqueras y otros...,dice que los dias de la Republica catalana-esa fantasmagórica Republica,no nacida de derecho nunca-se "han acabado",y que " le ha vencido La Moncloa,y algunos traidores"....¿Será verdad,o saldrá hoy diciendo que él no ha escrito tal cosa...Hoy parece que Torrent mantiene que,para él,el "unico candidato oficial es el Sr.Puigdemont"-Pues ya sabe lo que el T.C. dice en cuanto a su "presencia física" y "con autorizacion judicial",para que la sesion plenaria sea válida.En otro caso,es decir si se celebra ,CARECERIA DE TODO VALOR Y EFECTO,tal como expresamente se decreta en el Auto del T.C.

Juan Antonio Hinojosa
01-feb.-2018, 14:21
http://www.eldiario.es/escolar/ministro-Catala-informacion-mensajes-Puigdemont_6_735686437.html

Juan Antonio Hinojosa
01-feb.-2018, 16:21
https://www.facebook.com/egaaltrapo/videos/1763756173918407/ Mientra hablamos de Investiduras

Kevlin
01-feb.-2018, 16:33
Mientras esperamos la investidura (sea cual sea) esperemos cómodos...:mellow:

http://www.elmundo.es/espana/2018/02/01/5a7373e6e5fdeae93f8b4773.html

Juan Antonio Hinojosa
01-feb.-2018, 16:37
1Exastamente! Nosotros lo pagamos todo

Madovi
02-feb.-2018, 03:30
1Exastamente! Nosotros lo pagamos todo//

:thumbup:Los catalanes independentistas son maestros en el siniestro arte de incumplir las Leyes,o hacerlas inoperantes.Despues de las "medidas cautelares" contundentes y claras del T.C. sobre la necesaria presencia fisica con atorizacion judicial del candidato Puigdemont en la Cámara,APLAZA LA SESION DE INVESTIDURA señalada para el dia 30 de enero,y no inicia consultas para nueva sesion de investidura.Mantiene la candidatura oficial del Sr.Puigdemont con el pretexto de esperar la resolucion del T.C. a la impugnacion de aquellas medidas cautelares.Resuelta negativamente la impugnacion,sigue con el aplazamiento,sin permitir que el plazo legal para convocatoria de nuevas elecciones pueda comenzar a "contarse".Con este "impasse" incumple, por OMISION ,el art.67.3 del Estatuto de Autonomia de Cataluña,burlando asi,tanto la "mens legis",como la "mens legislatores".Porque ese precepto catalán dice:"Si una vez transcurridos dos meses desde la primera votacion de investidura,ningun candidato o candidata es elegido,el Parlamento queda disuelto automáticamente y el Presidente o Presidenta de la Generalitat en funciones convoca elecciones de forma inmediata,que deberan tener lugar entre cuarenta y sesenta dias despues de la convocatoria".
Ahora,como no hay Presidente de la Generalitat ,sus competencias,en virtud de la aplicacion del art.155 de la Constitucion,las asume el Presidente del Gobierno de la Nacion que tendrá que cumplir la Ley,ante la clara actitud omisiva obstruccionista del Presidente del Parlamento catalán.En consecuencia,va contra la Constitucion y el Estatuto mantener la situacion actual .Para evitar la intervencion del Presidente del Gobierno,el Sr.Torrent tiene inmediatamente que CONVOCAR,suspendiendo definitivamente la convocatoria anterior y DESCONVOCANDOLA,señalando nuevo dia ,previas consultas con los grupos parlamentarios,para designacion de nuevo candidato que PUEDA PRESENTARSE SIN TRABAS ANTE LA CAMARA,y procediendo a debatir y votar la candidatura.

Juan Antonio Hinojosa
02-feb.-2018, 11:06
¡Tiene "guasa" que nos hablen de incumplimiento de leyes ! Una carrera bipartidista para ver quien ·choriza" más y medios torticeros de cambiar las leyes a gusto.
Repito que fue Rajoy quien se aprovecho de la mayoría absoluta para cambiar el Estatut a su gusto. Lo hizo sin consulta popular como es preceptivo e ignorando la firma de Juan Carlos l. Lo cual constituye un desaire a tan augusta persona
¡La Imparcialidad de los Magistrados!

Madovi
02-feb.-2018, 12:09
¡Tiene "guasa" que nos hablen de incumplimiento de leyes ! Una carrera bipartidista para ver quien ·choriza" más y medios torticeros de cambiar las leyes a gusto.
Repito que fue Rajoy quien se aprovecho de la mayoría absoluta para cambiar el Estatut a su gusto. Lo hizo sin consulta popular como es preceptivo e ignorando la firma de Juan Carlos l. Lo cual constituye un desaire a tan augusta persona
¡La Imparcialidad de los Magistrados!//

:thumbup:Mariano Rajoy no cambió el Estatuto catalán,de entonces,a su gusto.Lo hizo previo debate en el Congreso de los Diputados,y mediante Ley Organica.La consulta popular,mediante referendum,no correspondia.¿De donde sacas el "desaire" al Rey D.Juan Carlos i?.¡"La imparcialidad de los Magistrados!".Los Magistrados,y en este caso los del T.C.que no forman parte del Poder Judicial,pero que velan por la Constitución,lo están haciendo estupendamente.Como tambien lo está haciendo muy bien el Magistrado Instructor del Tribunal Supremo,con las medidas adoptadas hasta ahora,.....y con las que tomará en breve..De todas formas me parece argumento muy pobre el tratar de salvar el desprecio de las Leyes actual por parte del Presidente del Parlamento catalán,recurriendo a la antigua reforma del Estatuto de la Autonomia de Cataluña...De eso podriamos discutir largo y tendido,...pero "no toca".

Juan Antonio Hinojosa
02-feb.-2018, 12:10
http://www.unizar.es/union_europea/files/documen/Tratado%20de%20Lisboa/B-Tratado_sobre_funcionamiento_de_%20la_Union.pdf

Ver articulo 152.2

Juan Antonio Hinojosa
02-feb.-2018, 12:22
La consulta se realizó contando con la mayoría absoluta en Senado Y Congreso. No se llevó a cabo un referendum como es preceptivo
El video con el que arranca la discusión y que se puede ver en anterior aporte, deja meridianamente claro las injerencias delos politicos en la Justicia.
Cataluña esta siendo usada por el PP para esconder sus trapicheos

www.publico.es/politica/gobierno-advierte-seguira-155-torrent-no-propone-candidato-limpio.html

Juan Antonio Hinojosa
02-feb.-2018, 12:40
La cita referente a los magistrados se refiere a los que pululan por los foros
El Estatut del 2006 fue vulnerado. Se incumple el art. 152.2 de la CE al modificarlo después de haber sido aprobado por los dos parlamentos y ratificado en R E F E R E N D U M Además ¿Qué magistrados constituían el TC?
¿Qué pasa con la Gürtel y todo lo que sale a flote?

Madovi
03-feb.-2018, 04:07
La cita referente a los magistrados se refiere a los que pululan por los foros
El Estatut del 2006 fue vulnerado. Se incumple el art. 152.2 de la CE al modificarlo después de haber sido aprobado por los dos parlamentos y ratificado en R E F E R E N D U M Además ¿Qué magistrados constituían el TC?
¿Qué pasa con la Gürtel y todo lo que sale a flote?//


:thumbup1:Los "Magistrados que pululan por los foros"...no creo que sean muchos.De todas formas se trata de Magistrados jubilados,y,por consiguiente,sin las limitaciones que afectan a los "activos".Es una forma,esta de debatir,que mantiene al "intelecto" en forma.....y muy dignamente, cuando,como antes,en actividad,se fundamenta uno en la LEY,unico imperativo al que estan sometidos los Jueces y Magistrados.

Juan Antonio Hinojosa
03-feb.-2018, 16:15
Jueces y magistrados no pueden pertenecer a partido politico ni sindicato. Así lo establece el articulo 159 de la Constitución.
Hace tan solo unos años el TC. tuvo que pronunciarse por el caso de Perez delos Cobos, hermano del coronel que ha dirigido la operación 1-Oct. en Cataluña. Resulto pertenecer al PP. SE admitió su pertenencia alegando el propio Tribunal que esa entidad no era propiamente jurídica. Fue tema muy debatido en su día.
Con la jubilación se pierde la condición de magistrado aunque le queden honores inherentes al cargo desempeñado. Esto es así por transparencia e imagen. Si se va por los foros haciendo gala de pertenencia o de haber pertenecido a la magistratura se puede entender como uso indebido del cargo para hacer proselitismo. No creo sea este el caso, porque sinceramente no creo exista persona que sea o haya sido magistrado en el Foro. Mas bien creo que la sede de determinado partido de pautas a seguir en estos lares

Madovi
04-feb.-2018, 04:07
La consulta se realizó contando con la mayoría absoluta en Senado Y Congreso. No se llevó a cabo un referendum como es preceptivo
El video con el que arranca la discusión y que se puede ver en anterior aporte, deja meridianamente claro las injerencias delos politicos en la Justicia.
Cataluña esta siendo usada por el PP para esconder sus trapicheos

www.publico.es/politica/gobierno-advierte-seguira-155-torrent-no-propone-candidato-limpio.html//

:thumbup:Vamos a puntualizar:el art.152.2 de la Constitucion,que permite la modificacion de los Estatutos de Autonomia de las Comunidades autonomas, dice asi:"2.-Una vez sancionados y promulgados los respectivos Estatutos,solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referendum entre los electores inscritos en los censos correspondientes".
Esto ocurrió en Cataluña.Pero ,con esa reforma-perfectamente constitucional-se violaron o desconocieron diversos preceptos del propio texto fundamental,y,con ese motivo,se interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Consticuional,unico garante máximo e interprete de la Constitución.Y se llegó a la Sentencia de 28 de junio de 2010 en la que por 8 votos contra 2,se declaró la INCONSTITUCIONALIDAD de 14 articulos ,y sujetos a interpretacion del Tribunal otros 27.Esa reforma del Estatuto de Cataluña habia sido aprobada por el pueblo catalán,median-
te referendum,el dia 18 de julio de 2006.
No fué,pues ,un "capricho de Rajoy,basado en su "mayoria absoluta",sino una Sentencia del Tribunal Constitucional.
Como ejemplo de las argumentaciones del la Sentencia,voy a citar algunos "fundamentos juridicos" de las modificaciones introducidas,entre los mas significativos:
Art.6.1.FUNDAMENTO JURIDICO que lo modifica:
"Considerar el catalán como "lengua propia" no debe suponer un desequilibrio en el régimen de cooficialidad.Declarar preferencias "implica primacia de una lengua sobre otra".
Art.76.4.FUNDAMENTO JURIDICO:"El caracter vinculante de los dictamenes del CONSEJO DE GARANTIAS ESTATUTARIAS supondria "una inadmisible limitacion de la autoridad y de las competencias parlamentarias" y perjudicaria "el monopolio del rechazo de las normas con fuerza de ley " del Tribunal Constitucional.
Art.78.1.-FUNDAMENTO JURIDICO." El inciso "con caracter exclusivo" incumple el art.54 de la Constitucion al hacer imposible la actuacion del Defensor del Pueblo respecto de la Administracion catalana.La accion del Defensor del Pueblo ha de comprender cualquiera de las administraciones públicas".
Art.95.FUNDAMENTACION JURIDICA:"Es notorio que el Estatuto catalán incurre en evidente exceso (al crear el Consejo de Justicia de Cataluña)pues ningun organo,salvo el Consejo General del Poder Judicial,puede ejercer la funcion de gobierno de los Órganos jurisdiccionales integrados en el Poder Judicial,EXCLUSIVO DEL ESTADO,ni otra Ley que no sea la Organica del Poder Judicial puede determinar las estructuras y funciones de aquel Consejo".

En resumen:el art.152.2 no ha sido quebrantado por nadie.Lo que ocurre es que al modificar el Estatuto de Cataluña,se incurrió en el año 2006,en determinadas violaciones y desconocimiento de la propia Constitucion,y fue el Tribunal Constitucional,mediante la Sentencia mencionada,quien declaró la anticonstitucionalidad de determinados preceptos,reformados,del Estatuto de Autonomia de Cataluña.

Madovi
04-feb.-2018, 09:36
Jueces y magistrados no pueden pertenecer a partido politico ni sindicato. Así lo establece el articulo 159 de la Constitución.
Hace tan solo unos años el TC. tuvo que pronunciarse por el caso de Perez delos Cobos, hermano del coronel que ha dirigido la operación 1-Oct. en Cataluña. Resulto pertenecer al PP. SE admitió su pertenencia alegando el propio Tribunal que esa entidad no era propiamente jurídica. Fue tema muy debatido en su día.
Con la jubilación se pierde la condición de magistrado aunque le queden honores inherentes al cargo desempeñado. Esto es así por transparencia e imagen. Si se va por los foros haciendo gala de pertenencia o de haber pertenecido a la magistratura se puede entender como uso indebido del cargo para hacer proselitismo. No creo sea este el caso, porque sinceramente no creo exista persona que sea o haya sido magistrado en el Foro. Mas bien creo que la sede de determinado partido de pautas a seguir en estos lares//


:thumbup1:El art.159 de la Constitucion se refiere a los Jueces y Magistrados en situacion de servicio activo.Una vez jubilados,pueden pertenecer,si lo desean a partidos politicos o sindicatos.Aunque se fuese por los foros haciendo alguna alusion a pertenencia en el pasado al servicio activo en la Magistratura..o,incluso en cargos superiores,de libre designación.no se haria uso indebido del antiguo cargo por escribir en cualquier periódico,o foro,expresando libremente sus ideas ,en uso del derecho constitucional a la libertad de expresión.Son muchos,y muy eminentes,los Magistrados,incluso del Tribunal Supremo,que escriben habitualmente en prensa,una vez jubilados.
La creencia en que exista,o no, alguna persona "que sea o haya sido Magistrado en el foro",es una creencia legítima que ,a mi,me tiene completamente sin cuidado.Cada uno puede pensar lo que quiera.....

Madovi
05-feb.-2018, 03:02
//


:thumbup1:El art.159 de la Constitucion se refiere a los Jueces y Magistrados en situacion de servicio activo.Una vez jubilados,pueden pertenecer,si lo desean a partidos politicos o sindicatos.Aunque se fuese por los foros haciendo alguna alusion a pertenencia en el pasado al servicio activo en la Magistratura..o,incluso en cargos superiores,de libre designación.no se haria uso indebido del antiguo cargo por escribir en cualquier periódico,o foro,expresando libremente sus ideas ,en uso del derecho constitucional a la libertad de expresión.Son muchos,y muy eminentes,los Magistrados,incluso del Tribunal Supremo,que escriben habitualmente en prensa,una vez jubilados.
La creencia en que exista,o no, alguna persona "que sea o haya sido Magistrado en el foro",es una creencia legítima que ,a mi,me tiene completamente sin cuidado.Cada uno puede pensar lo que quiera.....//


:tongue_smilie:Debo hacer constar el error de Hinojosa al citar el art.159 de la Constitucion,referido a Jueces y Magistrados.Este articulo se refiere al Tribunal Constitucional-El precepto constitucional que alude a Jueces y Magistrados es el 127,en el que se alude a prohibiciones e incompatibilidades.

Juan Antonio Hinojosa
05-feb.-2018, 10:59
//


:tongue_smilie:Debo hacer constar el error de Hinojosa al citar el art.159 de la Constitucion,referido a Jueces y Magistrados.Este articulo se refiere al Tribunal Constitucional-El precepto constitucional que alude a Jueces y Magistrados es el 127,en el que se alude a prohibiciones e incompatibilidades.

https://politica.elpais.com/politica/2013/07/17/actualidad/1374089372_591776.html

Juan Antonio Hinojosa
05-feb.-2018, 11:43
Mientras se discute si son galgos o podencos tenemos como telón de fondo, que la exjefa de la Fiscalía de Barcelona pide el indulto
http://es.globedia.com/exjefa-fiscalia-barcelona-freno-investigacion-prevaricacion-albiol-visperas
Los papeles de Panama
http://www.elboletin.com/noticia/158931/nacional/papeles-de-panama-fondos-buitre-y-vinculos-con-el-pp:-quien-esta-detras-de-las-casas-de-apuestas.html
La Fiscalía pide no juzgar al PP en el caso de
https://www.eldiario.es/politica/Fiscalia-absolucion-PP-ordenadores-Barcenas_0_734576885.html
Noticias que encadeno con
https://www.meneame.net/m/actualidad/sentencia-caso-noos-amano-exculpar-infanta-pilar-urbano
Esto ocurre en un país donde se condecora a una niña de 12 años con el Toisón de Oro. Dotada la condecoración con una alta suma. LO que constituye una falta de empatía con los que ejercen trabajos precarios, los parados y pensionistas.
A este ultimo grupo de pensionistas, al que se le ha subido solamente el 0,25% deben sufrir la afrenta de que a la clase política se le le ha incrementado los ingresos en un 7%
Las rentas mas altas del país pagan a partir de ahora un 14% menos

Madovi
12-feb.-2018, 09:23
Mientras se discute si son galgos o podencos tenemos como telón de fondo, que la exjefa de la Fiscalía de Barcelona pide el indulto
http://es.globedia.com/exjefa-fiscalia-barcelona-freno-investigacion-prevaricacion-albiol-visperas
Los papeles de Panama
http://www.elboletin.com/noticia/158931/nacional/papeles-de-panama-fondos-buitre-y-vinculos-con-el-pp:-quien-esta-detras-de-las-casas-de-apuestas.html
La Fiscalía pide no juzgar al PP en el caso de
https://www.eldiario.es/politica/Fiscalia-absolucion-PP-ordenadores-Barcenas_0_734576885.html
Noticias que encadeno con
https://www.meneame.net/m/actualidad/sentencia-caso-noos-amano-exculpar-infanta-pilar-urbano
Esto ocurre en un país donde se condecora a una niña de 12 años con el Toisón de Oro. Dotada la condecoración con una alta suma. LO que constituye una falta de empatía con los que ejercen trabajos precarios, los parados y pensionistas.
A este ultimo grupo de pensionistas, al que se le ha subido solamente el 0,25% deben sufrir la afrenta de que a la clase política se le le ha incrementado los ingresos en un 7%
Las rentas mas altas del país pagan a partir de ahora un 14% menos//


:thumbup:El Toison de Oro es la máxima condecoracion que concede S.M.El Rey.Es tradicion que se conceda al Principe de Asturias.No se si esta pensionada,aunque si se que hay que devolverla cuando fallezca el titular.Las insignias,pues,no hay que adquirirlas. Me gustaria saber,si puede justificarse,cual es la "alta dotacion" que corresponde a la condecoaracion.Hay muchas que no son pensionadas.

Juan Antonio Hinojosa
12-feb.-2018, 15:55
En el caso concreto que nos atañe tiene una dotación de 50.000 euros anuales. Lo mas seguro es que a ese dinero sirva incluso para crear mas empleo dentro de la Casa Real. Incluso dará trabajo a empresas que suministren de una u otra forma sus servicios a este fin. Mas hay necesidades mas perentorias causadas por la crisis y la mala gestión. Además es un insulto al ciudadano que sufre el paro y el desajuste de precios con las subidas salariales. Agravio que se acentúa en el caso de los parados y en el de los jubilados.
Me parece bien que se apruebe por los estamentos que le corresponda la creación del Guion y el Estandarte de S.A.R la Princesa de Asturias al ser le concedido homenaje tan histórico. El hacerlo en las actuales circunstancias opino es distanciar al Rey del pueblo