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Madovi
10-feb.-2014, 04:22
Mucho se habla de la "igualdad" ante la Ley,olvidando que la propia Ley hace distinciones.El art.14 de la Constitución habla de la igualdad ante la Ley,pero no que la Ley haya de ser igual cuando las circunstancias concurrentes sean "desiguales".Por ejemplo,el caso de una persona de la Familia Real que tiene una protección especial del Codigo Penal-incluida en los tipos delictivos contra la Corona-y un "privilegio" procesal:el establecido en el art.412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,ap.1:"Estarán exentos tambien de concurrir al llamamiento del Juez,pero no de declarar,pudiedo hacerlo por escrito,LAS DEMAS PERSONAS DE LA FAMILIA REAL"
Por consiguiente la Infanta ha comparecido ante el Juez porque HA QUERIIDO HACERLO.Y ha hecho bien,aunque tambien pudo haberse acogido a su derecho de NO COMPARECER.-