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Madovi
14-mar.-2012, 12:58
:thumbup1:Recientemente en España se ha criticado la actuacion del nuevo Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, al haber ordenado la incoacion de diligencias en relacion con uno de los trenes objeto del atentado del 11 M 2004 que produjo centeneres de muertos en Madrid.Y ello porque,para muchos, la Sentencia firme que condenó a diversos extremistas musulmanes, como autores materiales del delito de terrorismo,no ha puesto fin al asunto definitivamente,entre otras razones,porque la autoria intelectual de la masacre ha quedado en nebulosa.La Fiscalia General del Estado,ante una nueva "notitia criminis", ha ordenado la investigacion de ese vagón de tren, o vagones, que quedaron inexplicablemente sin investigar durante la instruccion del Sumario,pero ha expresado claramente el Fiscal General que esas diligencias informativas de la Fiscalia no quieren decir que la Causa se reabra,porque hay una Sentencia que establece unos hechos probados y que es firme de Derecho.Lo que ocurre es que no se puede criticar pubicamente,como ha hecho Pilar Manjon,Presidenta de las victimas del 11 M,al Fiscal porque éste no ha hecho mas que cumplir con su deber,dando una respuesta a la nueva denuncia.Y,además,existe en los arts.954 y siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal,un llamado recurso de revision que, en determinados casos,y mediante la instancia de personas legitimadas para ello-el penado o sus familiares-permite que se revisen Sentencias firmes cuando-num.4º-" después de la Sentencia sobrevenga el conocimieto de nuevos hechos o de nuevos elementos de prueba.....".Supongamos que los autores del atentado criminal no fueran los "yihadistas" condenados o los muertos en un misterioso suicidio dado en un piso de Madrid,cuando era asaltado por los GEOS,sino que los autores intelectuales o ejecutores fuesen miembros de ETA ,como el Gobierno del PP sostenia en los primeros momentos,resultando,entonces inocentes los condenados:pues ,entonces, cabria el recurso de revision a que nos referimos.Y,aunque no fuera asi,si ahora se descubriese por el tipo de material explosivo utilizado, que el atentado provenia de ETA ,y que los autores intelectuales,fueran personas relacionadas con esta banda armada,cabria,manteniendo la Sentencia actual,abrir un nuevo procedimiento para investigar,juzgar y, en su caso, condenar a esos autores intelectuales o morales de los actos terroristas,aun no enjuciados.

gabin
14-mar.-2012, 13:48
:thumbup1:Recientemente en España se ha criticado la actuacion del nuevo Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, al haber ordenado la incoacion de diligencias en relacion con uno de los trenes objeto del atentado del 11 M 2004 que produjo centeneres de muertos en Madrid.Y ello porque,para muchos, la Sentencia firme que condenó a diversos extremistas musulmanes, como autores materiales del delito de terrorismo,no ha puesto fin al asunto definitivamente,entre otras razones,porque la autoria intelectual de la masacre ha quedado en nebulosa.La Fiscalia General del Estado,ante una nueva "notitia criminis", ha ordenado la investigacion de ese vagón de tren, o vagones, que quedaron inexplicablemente sin investigar durante la instruccion del Sumario,pero ha expresado claramente el Fiscal General que esas diligencias informativas de la Fiscalia no quieren decir que la Causa se reabra,porque hay una Sentencia que establece unos hechos probados y que es firme de Derecho.Lo que ocurre es que no se puede criticar pubicamente,como ha hecho Pilar Manjon,Presidenta de las victimas del 11 M,al Fiscal porque éste no ha hecho mas que cumplir con su deber,dando una respuesta a la nueva denuncia.Y,además,existe en los arts.954 y siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal,un llamado recurso de revision que, en determinados casos,y mediante la instancia de personas legitimadas para ello-el penado o sus familiares-permite que se revisen Sentencias firmes cuando-num.4º-" después de la Sentencia sobrevenga el conocimieto de nuevos hechos o de nuevos elementos de prueba.....".Supongamos que los autores del atentado criminal no fueran los "yihadistas" condenados o los muertos en un misterioso suicidio dado en un piso de Madrid,cuando era asaltado por los GEOS,sino que los autores intelectuales o ejecutores fuesen miembros de ETA ,como el Gobierno del PP sostenia en los primeros momentos,resultando,entonces inocentes los condenados:pues ,entonces, cabria el recurso de revision a que nos referimos.Y,aunque no fuera asi,si ahora se descubriese por el tipo de material explosivo utilizado, que el atentado provenia de ETA ,y que los autores intelectuales,fueran personas relacionadas con esta banda armada,cabria,manteniendo la Sentencia actual,abrir un nuevo procedimiento para investigar,juzgar y, en su caso, condenar a esos autores intelectuales o morales de los actos terroristas,aun no enjuciados.

Por ir brincando de suposición en suposición, además de la que ha señalado, cabría también otra, la de que los autores materiales y cerebros del brutal atentado del 11-M en Madrid, fueran los terroristas "yihadistas", y los explosivos se los hubiera proporcionado ETA. Se pueden hacer muchas variantes, en la quiniela igual.

Madovi
16-mar.-2012, 04:43
Por ir brincando de suposición en suposición, además de la que ha señalado, cabría también otra, la de que los autores materiales y cerebros del brutal atentado del 11-M en Madrid, fueran los terroristas "yihadistas", y los explosivos se los hubiera proporcionado ETA. Se pueden hacer muchas variantes, en la quiniela igual.

:thumbup1:Esas diversas posibilidades justificsan la actuacion del Fiscal General del Estado,Sr.Torres-Dulce.Pero sobre todo hay algo que no se puede obviar:que la propia Sentencia firme deja abierta la investigacionn de la autoria intelectual de los atentados terroristas del 11 M,no juzgada.Si el autor o autores intelectuales fueran miembros de ETA o personas vinculadas,estaria justificada una n ueva instruccion y un nuevo juicio,relacionado,pero independiente del anterior,en el que hay que respetar la cosa juzgada formal y material.

Zampabol
16-mar.-2012, 06:03
:thumbup1:Esas diversas posibilidades justificsan la actuacion del Fiscal General del Estado,Sr.Torres-Dulce.Pero sobre todo hay algo que no se puede obviar:que la propia Sentencia firme deja abierta la investigacionn de la autoria intelectual de los atentados terroristas del 11 M,no juzgada.Si el autor o autores intelectuales fueran miembros de ETA o personas vinculadas,estaria justificada una n ueva instruccion y un nuevo juicio,relacionado,pero independiente del anterior,en el que hay que respetar la cosa juzgada formal y material.

Como siempre, magníficos tus posts.

un saludo.

gabin
16-mar.-2012, 08:26
:thumbup1:Esas diversas posibilidades justificsan la actuacion del Fiscal General del Estado,Sr.Torres-Dulce.Pero sobre todo hay algo que no se puede obviar:que la propia Sentencia firme deja abierta la investigacionn de la autoria intelectual de los atentados terroristas del 11 M,no juzgada.Si el autor o autores intelectuales fueran miembros de ETA o personas vinculadas,estaria justificada una n ueva instruccion y un nuevo juicio,relacionado,pero independiente del anterior,en el que hay que respetar la cosa juzgada formal y material.

Dice, que en caso de un nuevo juicio relacionado, pero independiente del anterior, habría que respetar la cosa juzgada formal y material.
Usted, autoridad en temas jurídicos, -un lujo para este foro- es una voz muy indicada para exponer, -si así lo decide- de forma didáctica, -y más para los legos- en qué pruebas finalmente se basaron los jueces para dar su vereredicto, sentencia en firme, del que nos dice, hay que respetar la cosa juzgada formal y material. ¿Y de los explosivos?

Si me permite una pregunta ¿indisceta? (dicen que lo son las respuestas) ¿Cree que lo sentenciado, -que dice hay que respetar- fué justo? Si para usted lo fué o no, nos podría argumentar "el por qué". Si así lo decide, viniendo de un experto es de mayor valor.
Lo que falta juzgar, pues, son a los autores intelectuales del brutal atentado.

Madovi
17-mar.-2012, 09:45
[QUOTE=gabin;1694638363]Dice, que en caso de un nuevo juicio relacionado, pero independiente del anterior, habría que respetar la cosa juzgada formal y material.
Usted, autoridad en temas jurídicos, -un lujo para este foro- es una voz muy indicada para exponer, -si así lo decide- de forma didáctica, -y más para los legos- en qué pruebas finalmente se basaron los jueces para dar su vereredicto, sentencia en firme, del que nos dice, hay que respetar la cosa juzgada formal y material. ¿Y de los explosivos?

Si me permite una pregunta ¿indisceta? (dicen que lo son las respuestas) ¿Cree que lo sentenciado, -que dice hay que respetar- fué justo? Si para usted lo fué o no, nos podría argumentar "el por qué". Si así lo decide, viniendo de un experto es de mayor valor.
Lo que falta juzgar, pues, son a los autores intelectuales del brutal atentado.[/QUOTE

:thumbup:Gracias por considerarme autoridad en temas juridicos.Simplemente soy un jurista que profesionalmente ha dedicado muchos años al estudio y aplicacion del Derecho como instrumento esencial del servicio a la Justicia.Contestando a sus preguntas debo decir que las respuestas solo pueden ser aproximadas,puesto que carezco de informacion directa sobre el sumario del 11M,del que me fui enterando por la prensa y demás medios.En primer lugar debo decir que la respetabilidad de la "cosa jugada" se basa, fundamentalmente, en el principio de seguridad juridica derivado en jurisdiccion penal de ese otro principio " non bis in idem" que impide juzgar dos veces a un mismo procesado o procesados.A los hechos probados debio llegar la Sala,integrada por tres Magistrados,por el analisis y valoracion de las pruebas documentales,periciales y testificales.Yo creo que la autoria material debe admitirse-y en ese aspecto la sentencia la considero justa-pero la que quedó sin establecer fue la autoria intelectual o moral,la inducción.Creo que la Sentencia dejaba la puerta "abierta" para enjuiciarla en su momento si, en el futuro,surgiesen nuevos hechos o elementos de prueba.Por cierto:el Tribunal era de categoria:la presidia el Presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y la integraban dos Magistrados, Presidentes de Sección de la misma Audiencia.Un cordial saludo.

gabin
17-mar.-2012, 14:07
[QUOTE=gabin;1694638363]Dice, que en caso de un nuevo juicio relacionado, pero independiente del anterior, habría que respetar la cosa juzgada formal y material.
Usted, autoridad en temas jurídicos, -un lujo para este foro- es una voz muy indicada para exponer, -si así lo decide- de forma didáctica, -y más para los legos- en qué pruebas finalmente se basaron los jueces para dar su vereredicto, sentencia en firme, del que nos dice, hay que respetar la cosa juzgada formal y material. ¿Y de los explosivos?

Si me permite una pregunta ¿indisceta? (dicen que lo son las respuestas) ¿Cree que lo sentenciado, -que dice hay que respetar- fué justo? Si para usted lo fué o no, nos podría argumentar "el por qué". Si así lo decide, viniendo de un experto es de mayor valor.
Lo que falta juzgar, pues, son a los autores intelectuales del brutal atentado.[/QUOTE

:thumbup:Gracias por considerarme autoridad en temas juridicos.Simplemente soy un jurista que profesionalmente ha dedicado muchos años al estudio y aplicacion del Derecho como instrumento esencial del servicio a la Justicia.Contestando a sus preguntas debo decir que las respuestas solo pueden ser aproximadas,puesto que carezco de informacion directa sobre el sumario del 11M,del que me fui enterando por la prensa y demás medios.En primer lugar debo decir que la respetabilidad de la "cosa jugada" se basa, fundamentalmente, en el principio de seguridad juridica derivado en jurisdiccion penal de ese otro principio " non bis in idem" que impide juzgar dos veces a un mismo procesado o procesados.A los hechos probados debio llegar la Sala,integrada por tres Magistrados,por el analisis y valoracion de las pruebas documentales,periciales y testificales.Yo creo que la autoria material debe admitirse-y en ese aspecto la sentencia la considero justa-pero la que quedó sin establecer fue la autoria intelectual o moral,la inducción.Creo que la Sentencia dejaba la puerta "abierta" para enjuiciarla en su momento si, en el futuro,surgiesen nuevos hechos o elementos de prueba.Por cierto:el Tribunal era de categoria:la presidia el Presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y la integraban dos Magistrados, Presidentes de Sección de la misma Audiencia.Un cordial saludo.

Muchas gracias señor Madovi por su información, más, viniendo de un experto jurista como usted.
Así que para usted, -una autoridad en la materia- el Tribunal era de categoría, y considera justa la sentencia de quienes fueron los autores materiales del brutal atentado del 11-M en Madrid.