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Madovi
18-may.-2009, 10:41
:drool:Hace algun tiempo, antes de las elecciones gallegas y vascas,se habló de un caso de corrupción que, curiosamente,solo afectaba al Partido Popular.El caso se inició en el Juzgado Central de Instruccion num.5 de la Audiencia Nacional por el Juez Garzón.Mas tarde se ha repartido, de momento, entre los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y de Valencia.Por lo que afecta al Presidente de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps,se circunscribe a un supuesto delito de cohecho relacionado con el regalo de unos trajes.Sorprende que un politico avezado, de la categoria alcanzada por Camps,arriesgue su carrera politica y su prestigio por unos simples trajes,por muy valiosos que fueren,pero es que,además,resulta evidente que el delito de cohecho tiene unas caracteristicas especificas,elementos del tipo,que no se cubren con un mero "regalo".
El art.419 del Codigo Penal exige, para que concurra tipicidad penal:

1.-Que el sujeto sea Autoridad o Funcionario Público.Efectivamente concurre.
2.-Que esa Autoridad Funcionario público SOLICITE POR SI O POR PERSONA INTERMEDIA: hecho típico.
3.-Que esa solicitud, por si o por persona intermedia, sea de DÁDIVA O PRESENTE, O ACEPTARE OFRECIMIENTO O PROMESA: acción tipica que debe ser probada.-
4.-Que esa solicitud sea, PRECISAMENTE,PARA REALIZAR UNA ACCIÓN U OMISIÓN EN EL EJERCICIO DE SU CARGO QUE CONSTITUYA DELITO.-Ha de ser una accion u omision,precisamente, que dependa del Pesidente de la Comunidad, no de alguno de sus Consejeros.Es decir, ha de probarse que el Presidente ha realizado una accion constitutiva de delito en CONTRAPRESTACION POR LOS TRAJES RECIBIDOS.

El art.420 del mismo Código Penal exige los mismos elementos típicos que en el precepto anterior, aunque el acto a realizar como contraprestacion por el recibo, en este caso, de los trajes,sea un ACTO INJUSTO QUE NO CONSTITUYA DELITO.-

Me parece, pues, muy dificil NO YA QUE DEMUESTRE CAMPS SU INOCENCIA, A LO QUE NO ESTA OBLIGADO, sino que se pruebe por los acusadores:
1º.-Que fué él por si o persona interpuesta, quien SOLICITO QUE SE LE REGALASEN LOS TRAJES.
2º.Que COMETIÓ UN HECHO DELICTIVO PRECISAMENTE EN CONTRAPRESTACION: UN ACTO DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT, CONCRETANDO CUAL FUESE.-
3º.-O que, dándose los mismos elementos,cometiese un acto INJUSTO QUE NO SEA CONSTITUTIVO DE DELITO, CONCRETANDO EL ACTO DE QUE SE TRATE.-
Saludos.