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Tema: Derecho procesal penal, principio de inocencia y terrorismo

  1. #31
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    21-diciembre-2016
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    Cita Iniciado por Juan Antonio Hinojosa Ver Mensaje
    La persona por el simple hecho de serlo tiene unos derechos fundamentales. Estos derechos son anteriores e independientes a la normativa que de el Estado. LO que constituiría la diferencia entre Derecho Natural y el Positivo.
    El Derecho Positivo que emana del Estado (El problema esta en la concepción, la idea del Estado que se tenga) ha de adaptarse a las circunstancias de un momento determinado. De ahí el que existan causas que agravan o disminuyen la gravedad del delito. Por otra parte la pena debe estar reflejada en el Codigo para que se pueda aplicar:
    Nullo crime, nulla pena sine previa leye= No hay crimen ni delito si no están por la Ley
    reflejados.
    Una definición de la Ley es "El conjunto de normas obligatorias con caracter coercertivo que deben fundarse en principios éticos"
    Derivado en su mayor parte el Derecho Occidental del Romano los juristas atendían al desarrollo del Proceso. Existia por decirlo asi, una especie de protocolo del que no se podía salir. Una causa se podía plantear de varias formas. Una vez escogida una de ellas no se podía abandonar ese método. Para hacerlo se tenia que comenzar otro cauce si lo admitia el Tribunal. DE ahi la importancia dela figura del Abogado- El juez daba al igual que hoy la "interpretatio". Existia la "apelatio" pudiendo llegar al Cesar en determinados casos. Como el Tribunal Supremo era inapelable.! Asi lo confirmaban los leones!


    "No hay crimen ni delito si no están por la Ley reflejados."

    Esta frase es excelente para ayudarnos a pensar lo que, de algún modo, intenté reflexionar en el primer post... ¿qué inaugura la figura actual de terrorismo en materia de Leyes de seguridad?, y ¿cómo modifica el mapa de los nuevos delitos (en especial teniendo en cuenta el uso de la tecnología para tales fines)?.

    y me lleva a esta otra frase:

    "El Derecho Positivo que emana del Estado (El problema esta en la concepción, la idea del Estado que se tenga)"

    Excelente punto, y me pregunto ¿Qué ocurre con el Estado de Derecho frente al terrorismo? (vimos como Francia ante los primeros ataques suspendió parcialmente el Estado de Derecho por unos días decretando el toque de queda en virtud del estado de emergencia), también hay quienes dicen que los ataques terroristas buscan justamente modificar dicho Estado de Derecho occidental (ya que frente al peligro se van limitando cada vez más Derechos en pos de la seguridad Nacional).

  2. #32
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    Después del atentado a las torres, muchos cambios -dijeron que eran medidas provisorias- llegaron para quedarse.
    .

    No seamos voceros del terrorismo.
    No difundamos sus crímenes.

    .

  3. #33
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Cita Iniciado por Sister Ver Mensaje


    "No hay crimen ni delito si no están por la Ley reflejados."

    Esta frase es excelente para ayudarnos a pensar lo que, de algún modo, intenté reflexionar en el primer post... ¿qué inaugura la figura actual de terrorismo en materia de Leyes de seguridad?, y ¿cómo modifica el mapa de los nuevos delitos (en especial teniendo en cuenta el uso de la tecnología para tales fines)?.

    y me lleva a esta otra frase:

    "El Derecho Positivo que emana del Estado (El problema esta en la concepción, la idea del Estado que se tenga)"

    Excelente punto, y me pregunto ¿Qué ocurre con el Estado de Derecho frente al terrorismo? (vimos como Francia ante los primeros ataques suspendió parcialmente el Estado de Derecho por unos días decretando el toque de queda en virtud del estado de emergencia), también hay quienes dicen que los ataques terroristas buscan justamente modificar dicho Estado de Derecho occidental (ya que frente al peligro se van limitando cada vez más Derechos en pos de la seguridad Nacional).
    En pos de la seguridad nacional,y en represion de los delitos de terrorismo indiscriminados productores de muertes o lesiones,se han modificado y actualizado los Codigos Penales de los Estados democraticos de de Derecho-Asi, en España,por L.O. 2/2015 se modifico el Capitulo VII,Titulo XXII,Libro II del Codigo Penal,en sus arts.571 a 580.Al tratar " De las organizaciones y grupos terroristas" se definio la organizacion o grupo terrorista y la pena que corresponde a quienes promueven,constituyen o dirigen estos grupos,o a quienes se integran en ellos.
    Saludos
    Última edición por MagAnna; 12-ene.-2017 a las 08:11 Razón: Código quote arreglado

  4. #34
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    Roma distinguia entre Auctoritas y Potestas

    En el primer caso, la Auctoritas emana de la valia y el saber. La capacidad moral de emitir opiniones cualificadas que la Comunidad valora. Las mas de las veves no tenian valor vinculante en términos legales. ¡No se puede dudar de su fuerza moral!
    En el segundo caso, la Potestas viene dada con el cargo. La legalidad no emana de la persona, sino del carácter coercertivo .Actua mediante premio o castigo. SE presta a que prime el interés particular sobre el de la Comunidad.
    En los casos concretos de terrorismo la Justicia dispone de un Codigo Penal en el que se contemplan las causas agravantes y atenuantes respecto al delito. Si fuere necesario en algún momento dado debe hacerse atendiendo a la "Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano" que creo recordar fue promulga en el tempano año de 1824.
    Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial los contempla la actual Constitución Española como independiente uno de otro. Fue Alfonso Guerra, uno de los mal llamados socialistas, quien hizo depender La Justicia de la política contraviniendo el espíritu constitucional Los Altos Tribunales que componen el aparato jurídico tienen a sus miembros nombrados por el dedo de los partidos políticos. LO que viene a romper la equidad que necesita la Justicia.
    LO hizo Al Fonso Guerra en tiempos de Felipe Gonzales.Lo han continuado, Jose Mª Aznar, Jose Luis Zapatero y Mariano Rajoy. ESta situación se agrava con la famosa "Ley Mordaza" que atenta contra "Derechos Humanos"
    La corrupción en el Partido Popular ha sido escandalosamente numerica y muy grave. El PP puede que tenga "Potestas"...¿Tiene "Auctoritas"?
    Cuando estas líneas escribo ha habido (Como se sabra por los medios de difusión) unas graves inundaciones por tormentas en el pueblo costero de Mazarron, perteneciente a la Autonomia de Murcia. Es un pueblo de turismo interior que basa ahí su economía junto a la agricultura. El paro es enorme y el trabajo esporádico y mal remunerado. El alcalde de este pueblo y su corporación, de mayoría PP han tenido la "humorada" de subirse el sueldo en mas de un 50% y elevar los suplementos de plenos al 100%. Es decir: El Alcalde cobra ahora unos 400.000 euros anuales de sueldo mas los complementos. No es extraño que este y otros ayuntamientos españoles estén cada vez mas hipotecados. Si el PP se ah aprovechado de su mayoría absoluta en lalegislatura anterior para hacer y deshacer...¿Por que no ha decretado por Ley los emolumentos de la clase política?
    ¿Es eso Potestas o Auctoritas?.
    La lista Herve Falciani registra nombres de evasores españoles hacia la Banca Suiza. Si algún nombre se sabe por la opinión publica, es gracias a las filtraciones de la Prensa. Tema grave este, puesto que por esa causa algún jerifalte ha pisado la cárcel. Mas debido a la casualidad, no por las promesas que hiciera el ministro de Economía en la anterior legislatuara...¿Auctoritas o Potestas?
    ¿Y la subida de sueldo del Presidente de la Xunta, Nuñez Feijo?
    Hay una política de silencio. Hacer que se olviden las cosas. Dar tiempo a que prescriban los delitos o llegue la oportuna Amnistia. Hacer olvidar el pasado del PP...¿Se conseguirá asi la Auctoritas?

  5. #35
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  6. #36
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    Cita Iniciado por Juan Antonio Hinojosa Ver Mensaje
    [...]

    Si fuere necesario en algún momento dado debe hacerse atendiendo a la "Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano" que creo recordar fue promulga en el tempano año de 1824.

    [...]
    La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Juan, fue aprobada en 1789, el mismo año de la Toma de la Bastilla. Pero respecto a procesos legislativos resulta obsoleta; se atiende, más bien, a la Carta Internacional de los Derechos Humanos, que engloba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales [en conjunto, los Pactos de Nueva York]; y la Declaración Universal de Derechos Humanos. Todos documentos aprobados en pleno siglo XX.

    Saludos.

  7. #37
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    Cita Iniciado por Juan Antonio Hinojosa Ver Mensaje
    Roma distinguia entre Auctoritas y Potestas

    En el primer caso, la Auctoritas emana de la valia y el saber. La capacidad moral de emitir opiniones cualificadas que la Comunidad valora. Las mas de las veves no tenian valor vinculante en términos legales. ¡No se puede dudar de su fuerza moral!
    En el segundo caso, la Potestas viene dada con el cargo. La legalidad no emana de la persona, sino del carácter coercertivo .Actua mediante premio o castigo. SE presta a que prime el interés particular sobre el de la Comunidad.
    En los casos concretos de terrorismo la Justicia dispone de un Codigo Penal en el que se contemplan las causas agravantes y atenuantes respecto al delito. Si fuere necesario en algún momento dado debe hacerse atendiendo a la "Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano" que creo recordar fue promulga en el tempano año de 1824.
    Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial los contempla la actual Constitución Española como independiente uno de otro. Fue Alfonso Guerra, uno de los mal llamados socialistas, quien hizo depender La Justicia de la política contraviniendo el espíritu constitucional Los Altos Tribunales que componen el aparato jurídico tienen a sus miembros nombrados por el dedo de los partidos políticos. LO que viene a romper la equidad que necesita la Justicia.
    LO hizo Al Fonso Guerra en tiempos de Felipe Gonzales.Lo han continuado, Jose Mª Aznar, Jose Luis Zapatero y Mariano Rajoy. ESta situación se agrava con la famosa "Ley Mordaza" que atenta contra "Derechos Humanos"
    La corrupción en el Partido Popular ha sido escandalosamente numerica y muy grave. El PP puede que tenga "Potestas"...¿Tiene "Auctoritas"?
    Cuando estas líneas escribo ha habido (Como se sabra por los medios de difusión) unas graves inundaciones por tormentas en el pueblo costero de Mazarron, perteneciente a la Autonomia de Murcia. Es un pueblo de turismo interior que basa ahí su economía junto a la agricultura. El paro es enorme y el trabajo esporádico y mal remunerado. El alcalde de este pueblo y su corporación, de mayoría PP han tenido la "humorada" de subirse el sueldo en mas de un 50% y elevar los suplementos de plenos al 100%. Es decir: El Alcalde cobra ahora unos 400.000 euros anuales de sueldo mas los complementos. No es extraño que este y otros ayuntamientos españoles estén cada vez mas hipotecados. Si el PP se ah aprovechado de su mayoría absoluta en lalegislatura anterior para hacer y deshacer...¿Por que no ha decretado por Ley los emolumentos de la clase política?
    ¿Es eso Potestas o Auctoritas?.
    La lista Herve Falciani registra nombres de evasores españoles hacia la Banca Suiza. Si algún nombre se sabe por la opinión publica, es gracias a las filtraciones de la Prensa. Tema grave este, puesto que por esa causa algún jerifalte ha pisado la cárcel. Mas debido a la casualidad, no por las promesas que hiciera el ministro de Economía en la anterior legislatuara...¿Auctoritas o Potestas?
    ¿Y la subida de sueldo del Presidente de la Xunta, Nuñez Feijo?
    Hay una política de silencio. Hacer que se olviden las cosas. Dar tiempo a que prescriban los delitos o llegue la oportuna Amnistia. Hacer olvidar el pasado del PP...¿Se conseguirá asi la Auctoritas?
    /

    Es asi.Y,como dices,son responsables todos los Gobiernos que se han sucedido en España....Pero el Poder Judicial se mantiere independiente y sus resoluciones deben gozar de "auctoritas",ademas de "potestas".Y ¿ porque es independiente el Poder Judicial?.Porque este Poder radica en CADA UNO de los Jueces y Magistrados que ejercen en España.No radica en el Consejo General del Poder Judicial,Organo Administrativo de Gobierno.Y aunque le corresponda hacer los nombramientos discrecionales,no debe olvidarse que el Juez o Magistrado se debe el cargo a si mismo,despues de haber ganado una delas oposiciones mas duras del Estado.No olv ide que un Juez,Magistrado o Presidente ejerciente no es un politico y se debe unicamente al imperio de la Ley.Saludos

  8. #38
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    Cierto Aquiles!. Ha sido un lapsus: Pensaba en la Constitución Federal de Mexico 1824 por su importancia liberal. Tema que pensaba abordar en Mexico Siempre http://www.derecho.unam.mx/investiga...14DrPatino.pdf
    En cuanto a lo que se refiere a los Tribunales De Justicia en España

    Consejo General del Poder Judicial:
    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...al/Composicion
    Tribunal Supremo.
    http://www.navarraconfidencial.com/2...unal-supremo/#
    http://www.elboletin.com/nacional/10...-judicial.html

    Todo arranca desde el Consejo General del Poder Judicial, en el que interviene la política en el nombramiento de los magistrados

  9. #39
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    La Justicia " como virtud primordial y esencial" según definiciones de los estudiosos no se puede dejar a la buena fe de la persona. En cualquier país del mundo esta sujeta a una normativa. Mas aun, cuando los gobiernos eligen a los suyos para cargos judiciales. Un ejemplo de que algo falla es esta búsqueda en internet
    http://www.rtve.es/noticias/20100309...s/323005.shtml
    Por lo que se refiere al terrorismo, no se le puede contestar con "Terrorismo de EStado". No se puede consentir que ese trrorismo sea empleado 2Con uso y abuso indebido"

  10. #40
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    Cita Iniciado por Juan Antonio Hinojosa Ver Mensaje
    La Justicia " como virtud primordial y esencial" según definiciones de los estudiosos no se puede dejar a la buena fe de la persona. En cualquier país del mundo esta sujeta a una normativa. Mas aun, cuando los gobiernos eligen a los suyos para cargos judiciales. Un ejemplo de que algo falla es esta búsqueda en internet
    http://www.rtve.es/noticias/20100309...s/323005.shtml
    Por lo que se refiere al terrorismo, no se le puede contestar con "Terrorismo de EStado". No se puede consentir que ese trrorismo sea empleado 2Con uso y abuso indebido"
    //

    :La filosofia de la Justicia,en su aspecto positivo,viene perfectamente marcada ,a mi juicio,en nuestro Pais,España,en el art.117 de la Constitucion de 1978.Basta leerlo,y meditarlo,para interpretarlo.
    Art.117.
    1.-La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del Poder Judicial,independientes,inamovibles,respnsables y sometidos unicamente al imperio de la Ley.
    2.-Los Jueces y Magistrados no podrán ser suspendidos,trasladados,ni jubilados,sino por alguna de las causas y con las garantias previstas en la Ley.
    3.-El ejercicio de la POTESTAD jurisdiccional en todo tipo de procesos,juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado,corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes segun las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan."

    Basta con mencion de estos apartados del art.117 de la C.E.
    Esevidente que los Jueces y Magistrados-que no deben su cargo al poder politico,puesto que lo ganaron POR OPOSICION LIBRE Y DIRECTA- pueden ser separados,y hasta procesados y condenados,cuando se den los casos y circunstancias que la Ley,igual para todos,tiene previstas,siempre previo enjuiciamiento por Tribunal competente y con plenitud de garantias.
    Saludos

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