Ahora parece que los independentistas,en su locura,se acuerdan del recurso de amparo al que se refiere el art.161,b) de la Constitucion para proteccion de los derechos y libertades del art.53 .2 de esta misma Constitucion.
¿El Gobierno ,al aplicar el art.155 de la Carta Magna,que tratan de bloquear con su ridiculo recurso,viola alguno de los derechos previstos en el art.14 o en la Seccion 1ª del Capitulo II de la Norma fundamental ? ....