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Tema: El Juicio Final

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  1. #1
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    Zampabol;1694778067]Aún estoy esperando que des UN SÓLO nombre de esos delincuentes de los que hablas. Lo único que he leído de ti, son generalidades calumniosas achacando a todos los cristianos o católicos las fechorías que haya podido cometer algún degenerado haciéndose pasar por creyente. Si me das esos nombres y ACUSAS a quienes debes acusar, tal vez me replantee la idea que tengo sobre ti.
    Lo tienes en internet, se os han expuesto hasta por países, vete a la simple wiki y te lo lees.. si quieres, sí te acuso de encubrimiento en el mismo momento que con todas las condenas y enlaces continúas solicitándolos haciendo la vista gorda ante ellos, los sermones epistolarios te los dejas para el púlpito, que conmigo no cuelan.

    Pero...he de recordarte un pequeño detalle, ¡Tú NO eres la jueza que ha de dictar sentencia. Si así fuere te consideraría dictadora y sectaria. ¡¡Sólo creo en la justicia OFICIAL!! (Aunque a veces falle o sea lenta)
    Yo no juzgo ni sentencio, pero dispongo del libre albedrío y me ampara la libertad de expresión, con lo cual puedo y debo opinar sobre quien se me antoje, y como ya te he dicho no estoy aquí para hacerme ningún book publicitario, con lo cual otras opiniones personales me la traen al pairo.




    Si alguien te tacha de lo que sea por atacar a delincuentes convictos y confesos, YO sería el primero que vendría en tu defensa. Pero si eres tú la que decide quién es delincuente y quien no lo es....¡Mal asunto!

    Me enseñaron a defenderme sola, me enseñaron a ser y sentirme independiente y libre, me enseñaron a defender y actuar sobre mis propios principios, me enseñaron que la dignidad es lo que marca a las personas y las selecciona, me enseñaron que esta dignidad nunca se debe de perder y que debe de estar acorde a la conciencia propia, me enseñaron que siempre siguiendo estas normas se debe de ir con la cabeza bien alta, y me enseñaron que es mejor morir de pié que vivir de rodillas. Y también me enseñaron que nunca debo de sentir vergüenza por expresar mis opiniones.

    Y a esos principios que me enseñaron y me inculcaron .... actúo, con lo cual todo queda dicho.


    Jamás respondo con malas artes a quienes RESPETAN creencias, o formas de pensar en las otras personas. Creo que llevo aquí mucho como para poner eso en duda. No voy a hacer sangre ni sacar posts que has escrito de la manera más sectaria y totalitaria del mundo, mofándote de las creencias de los demás y CALUMNIANDO a todos los creyentes al identificarlos EN GRUPO con delincuentes comunes de los que NUNCA das nombres.
    Creo que te equivocas conmigo. En toda mi vida forera, JAMÁS he ido contra nadie de forma PERSONAL, muy al contrario de los que hacen los ateos militantes y que se ha hecho contra mí (lo cual me ha divertido mucho). Es más, por si no te has dado cuenta, has apoyado de forma sistemática a gente totalmente asquerosa que con tal de que alguien les apoye, no tienen reparo en insultar de la manera más rastrera a la gente decente y respetuosa. Como estoy haciendo un esfuerzo porque nos llevemos un poco mejor, no saco ningún posts de esos, pero te aseguro que...¡¡¡Haberlos haylos!!!
    Me mofo de ti Zampabol, así de claro te lo digo. Puedes hacer lo que te venga en gana, que no me importa en absoluto, puedes sacar lo que quieras que ni pones ni quitas nada a nadie, aunque tu no admitas esta falta de poder.

    Ya te dije que la última oportunidad, fue eso ... la última, y que si las malas fes son tu camino, a bofetadas se te tratará, si te gusta bien ... si no también.

  2. #2
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    Cita Iniciado por Loma_P
    ¿Pedir ayuda? jajajajajajajajaja ¿Dónde están tus pelos en el pecho colega? jajajajaja supuestamente Rouco es su representante en la tierra, y le tendrías que defender..... querías comparaciones reales y las has tenido. No tienes fe Rusko
    ¿Qué ayuda puede pedir Rouco ante una persona con grillos en el coco?. A la vista está que es completamente inofensiva, salvo para ella misma.

  3. #3
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    Cita Iniciado por Rusko Ver Mensaje
    ¿Qué ayuda puede pedir Rouco ante una persona con grillos en el coco?. A la vista está que es completamente inofensiva, salvo para ella misma.
    jajajajajajajajaja ... supongo que es lo único que puedes decir dada tu condición .... actual.

    jajajajajajajajajajajajajajajajajajajajajaja

  4. #4
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    Documento por el cual el Vaticano ordenaba ocultar a los sacerdotes pederastas de la justicia en Irlanda

  5. #5
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    Cita Iniciado por Loma_P Ver Mensaje


    Documento por el cual el Vaticano ordenaba ocultar a los sacerdotes pederastas de la justicia en Irlanda
    O nos lo traduces o aquí no se va a enterar ni el tato....

    Recuerda que esto es un foro en español.

  6. #6
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    Cita Iniciado por Zampabol Ver Mensaje
    O nos lo traduces o aquí no se va a enterar ni el tato....

    Recuerda que esto es un foro en español.
    El último párrafo pongo yo la traducción:

    "Por estas razones y porque el mencionado texto no es un documento oficial de la Conferencia Episcopal, sino simplemente un documento de estudio, me dirigí a informar a los obispos de Irlanda de las preocupaciones de la Congregación en su sentido, subrayando que en los casos tristes de acusaciones de abuso sexual por parte de clérigos, los procedimientos establecidos por el Código de Derecho Canónico, deben seguirse meticulosamente bajo pena de nulidad de los actos involucrados si el sacerdote así castigado hiciera recurso jerárquico contra su obispo"

    Vaya... pensé que iba a tener más miga..... ¿Cuáles son los procedimientos establecidos por el código de derecho canónico?

    A primera vista parece un documento burocrático que hace referencia a un documento publicado por los obispos irlandeses: “Abuso sexual infantil: marco para una respuesta de la Iglesia”..., y parece que intentan no pillarse los dedos debido a lo peliagudo del tema. ¿Nos podría decir Loma_P cuales son los procedimientos establecidos por el código de derecho canónico? Pues no, claro.

  7. #7
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    Cita Iniciado por Rusko Ver Mensaje
    El último párrafo pongo yo la traducción:

    "Por estas razones y porque el mencionado texto no es un documento oficial de la Conferencia Episcopal, sino simplemente un documento de estudio, me dirigí a informar a los obispos de Irlanda de las preocupaciones de la Congregación en su sentido, subrayando que en los casos tristes de acusaciones de abuso sexual por parte de clérigos, los procedimientos establecidos por el Código de Derecho Canónico, deben seguirse meticulosamente bajo pena de nulidad de los actos involucrados si el sacerdote así castigado hiciera recurso jerárquico contra su obispo"

    Vaya... pensé que iba a tener más miga..... ¿Cuáles son los procedimientos establecidos por el código de derecho canónico?

    A primera vista parece un documento burocrático que hace referencia a un documento publicado por los obispos irlandeses: “Abuso sexual infantil: marco para una respuesta de la Iglesia”..., y parece que intentan no pillarse los dedos debido a lo peliagudo del tema. ¿Nos podría decir Loma_P cuales son los procedimientos establecidos por el código de derecho canónico? Pues no, claro.
    Código de derecho canónico antes de ser variado originario de 1983

    Título VI


    De la cesación de las penas


    1361 § 1. La remisión puede también concederse a quien se halla ausente, o bajo condición.

    § 2. La remisión en el fuero externo debe concederse por escrito, a no ser que una causa grave aconseje otra cosa.

    § 3. Cuídese de que no se divulgue la petición de remisión o la remisión misma, a no ser en la medida en que esto sea útil para la buena fama del reo, o necesario para reparar el escándalo.


    1362 § 1. La acción criminal se extingue por prescripción a los tres años, a no ser que se trate:

    1/ de los delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe;

    2/ de la acción por los delitos de los que se trata en los cc. 1394, 1395, 1397 y 1398, la cual prescribe a los cinco años;

    3/ de los delitos que no se castigan por el derecho común, si la ley particular determina otro plazo para la prescripción.

    § 2. El tiempo para la prescripción comienza a contarse a partir del día en el que se cometió el delito, o, cuando se trata de un delito continuado o habitual, a partir del día en que cesó.

    1363 § 1. La acción para ejecutar la pena se extingue por prescripción si dentro de los plazos establecidos en el c. 1362, computados desde el día en que la sentencia condenatoria pasa a cosa juzgada, no se ha notificado al reo el decreto ejecutorio del juez, de que se trata en el c. 1651.

    § 2. Lo mismo vale, con las debidas diferencias, cuando la pena se impone mediante decreto extrajudicial.


    Jajajajaj si no está no se le notifica, si no se le notifica no puede ser acusado, si no puede ser acusado no puede ser procesado, si no puede ser procesado no puede ser condenado.... de ahí la cartita para que se protegiera a los abusadores, quien no la entienda que hubiese ido a clase cuando le correspondió.

  8. #8
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    Cita Iniciado por Zampabol Ver Mensaje
    O nos lo traduces o aquí no se va a enterar ni el tato....

    Recuerda que esto es un foro en español.
    Aquí lo tienes, en toda la prensa mundial salió ... pero claro tú no te enteraste de nada ... ¡¡Ayyy pobrecito Zampa!! que como no lee pues no se entera, eso sí luego se tira al cuello de todos ... pero sin saber ... tú.

    http://www.elmundo.es/elmundo/2011/0...295384693.html

    También os he enviado ese supuesto derecho canónico para que veas, que pedazo de prescripciones admite sobre los delitos de los sobrevolados por la paloma....

  9. #9
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    Esta chica pone unos artículos del código de derecho canónico “antes de ser variado originario de 1983”... Esta chica se hace la picha un lío (si la tuviera), pero veo que fue “a clase” para enterarse bien... Me temo que no haya ido a clase alguna...

  10. #10
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    En los juzgados si, por eso sus colegas lo ocultan, para que no llegue a los juzgados.

    Pides que se te den pruebas y luego te niegas a leerlas?
    jajajajajaja
    Última edición por MagAnna; 11-jul.-2013 a las 01:05 Razón: Post quoteado, borrado posteriormente.

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