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Tema: La "desfachatez...

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  1. #18
    Fecha de Ingreso
    09-noviembre-2011
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    Aunque fuesen "mil" los Profesores de Derecho Penal-recuerdese que no todos los Catedráticos de Derecho Penal y Derecho Constitucional piensan igual,sobre la "desmesura" de la Magistrada-Juez Lamela- no llevarian razón.Como todo el que "opina" debe respetar la Ley.La Juez Lamela se encuentra con una acusacion Fiscal por delitos graves-rebelion,sedicion,malversacion de caudales publicos-contra determinadas personas que "son politicos".Y,despues de recibirles declaracion,frustrada en parte,puesto que hicieron uso de su derecho a "no declarar",respondiendo solamente a sus Abogados respectivos,el Ministerio Público,en la obligada "vistilla",le pide prision provisional para todos ellos,sin fianza,atendiendo riesgo evidente de fuga-el President y parte del Govern,estan ausentes,en Belgica-y a la continuacion delictiva,y,cumpliendo su deber,atiende la peticion Fiscal y decreta la prision del Vicepresidente destituido,y demás Consejeros,comparecidos.Estos han recurrido en reposicion y en apelacion ante la Audiencia Nacional,y los recursos han sido desestimados.Estos politicos presos,que no "presos politicos",no lo estan por sus "ideas",sino porque han incurrido ,indiciariamente ,en delitos muy graves tipificados en el Código Penal español,en sus arts.472 y 544,entre otros...No procedia,respecto de todos ellos,la prision eludible mediante la prestacion de fianza,como se decretó en relacion con el ex-Cosejero dimitido antes de la sesion en que se declaró la independencia de Cataluña bajo la forma de Republica catalana-con lo que,para mi,se "consumó" el delito de rebelion,teniendo en cuenta las actos de violencia fisica y moral realizados por los amotinados bajo la incitacion de los investigados-,porque se incurrio en la prevision 5ª del art.472,además,de ,en su caso,si no se hubiere incurrido en rebelion,el delito de sedicion,y los de malversacion de caudales publicos y desobediencia continuada al Tribunal Constitucional.Por todo ello la Juez no " se pasó" ni un pelo al decretar la prision,que hoy se mantiene,de los politicos.Otra cosa es la que concierne a la Forcadell y demas miembros de la Mesa del disuelto Parlamento catalán.La Presidente de la Diputacion Permanente de la Cámara catalana,reconoció la pertinencia de la aplicacion del art.155 de la C.E. y afirmo que la declaracion de independencia habia sido simbólica,sin efectividad juridica alguna. Ello equivalia a una RETRACTACION EN TODA REGLA ,de todo lo dicho anteriormente,y motivó el que se decretase su prision eludible mediante la fianza de 160.000 euros,que prestó despues de ingresar en el C.P. de Alcalá Meco.
    Pero, usted, ¡¡qué va a decir!!, sino seguir con su misma cantinela, aunque no cien, ni 'mil', ni aun fuesen un 'millón'.

    ¿Será por.........?, Jejeje,....
    https://sigificadoyorigen.wordpress....n-que-se-mire/
    Última edición por gabin; 12-nov.-2017 a las 09:46

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