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Esta mañana,dia 27 de abril de 2017,he oido a un tertuliano de "Herrera en la COPE" decir que una asignatura pendiente es la de la REFORMA DE LA JUSTICIA "porque no se puede consentir que Jueces,Magistrados y Fiscales,respondan solamente ante Dios y ante la Historia".Ello me da pie para refutar tal aseveracion,completando el tema anterior sobre "independencia de la Justicia".En "DERECHO.COM" se trata muy bien la responsabilidad de los Jueces,Magistrados y Ministerio Fiscal,y voy a resumirlo para que quede sin base alguna esa falacia de que los integrantes del Poder Judicial son algo asi como los antiguos Reyes absolutos que solo respondian ante Dios y ate la Historia,como algunos Caudillos....
"En Derecho español la regulacion de la responsabilidad de Jueces,Magistrados y Fiscales se halla determinada por el modelo de Poder Judicial que configuró el constituyente en la C.E. de 1.978 (arts.117 a 127 en cuanto a Poder Judicial y arts.159 a 165,en cuanto al T.C.),desarrollado posteriormete por la L.O.P.J.en 1.985 y del T.C. en 1.979.
El encaje constitucional de tal responsabilidad se encuentra en el art.9.3 de la C.E. que proclama genéricamente el principio de responsabilidad de los poderes publicos.
"Por consiguiente,si alguno de los miembros del P.J.,del M.F. o del T.C.en el ejercicio de sus funciones,vulnera el ordenamiento juridico,incurrirá INELUDIBLEMENTE en responsabilidad.Este principio de responsabilidad es,además,una exigencia imperativa del principio democrático del art.1º de la Constitucion española".
"Debe tenerse presente que si un Juez ejerce su funcion con sometimiento pleno a la legalidad vigente y al resto del ordenamiento juridico,estaremos ante un Juez RESPONSABLE QUE EJERCE SU JURISDICCIÓN CON INDEPENDENCIA"."
"Por consiguiente,la responsabilidad judicial se caracteriza por los siguientes rasgos:
a) Por la INEXISTENCIA de una responsabilidad POLTICA DEL PODER JUDICIAL.
b) Por el establecimiento de un estricto régimen de responsabilidad disciplinaria para Jueces y Magistrados,extensible a miembros del Ministerio Fiscal.
c) Por el reconocimiento de una responsabilidad civil personal ilimitada,que posteriormente se verá complementada tambien por la proclamacion de una amplia responsabilidad patrimonial objetiva y directa del Estado."
Por consiguiente,menos demagogia barata,y mas respeto a las Leyes.