Hola,
en realidad lo que se lee en la Constituciòn española es:

Cita Iniciado por Constituciòn española
Articulo 16
Libertad ideológica y religiosa
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
La cooperaciòn con la Iglesia Catòlica y las demàs confesiones es para respetar las creencias religiosas de la comunidad.

Cooperar no es acatar ni subvencionar; es sòlo "cooperar". No se habla de dinero ni de poder en las decisiones polìticas. No se habla de enseñanza religiosa privilegiada ni prohibida.

Creo que a la palabra cooperar se le està dando excesivo peso.

Saludos.