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Tema: La violencia de género

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  1. #1
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    Cita Iniciado por Olimak Ver Mensaje
    Ya mucha gente se está rebelando contra el terminajo "feminicidio". En forma personal, no me parece que esté mal siempre y cuando también se use el término "masculinicidio".

    https://www.facebook.com/criticaalap...7174244396106/
    El derecho no debe responder a postulados ideológicos, sino a una sistematización utilitaria, prescindiendo de toda sofisticación innecesaria.

    El tipo penal del 'homicidio' ya era suficiente: 'privar de la vida a otro'.

    Para el caso de que un homicidio se diese bajo un marco de evidente ventaja con relación a la condición de la víctima [hombre vs. mujer o adulto vs. niño, entre otros], o de cualquier otra circunstancia en donde el activo [matón] hubiese abusado, ya sea de la confianza que le hubiera brindado el pasivo [occiso], o de cualquier otro medio que le permitiese aventajarlo y privarlo de cualquier posibilidad de defenderse con proporcional oportunidad y contundencia [alevosía], existen las agravantes o calificaciones.

    Bien se pudo tipificar alguna agravante en función de la ventaja física o moral de un activo masculino sobre un pasivo femenino, y con esto darle paz mental a las hembristas.

    No obstante, tanto el tipo de 'feminicidio', como la agravante que antes propongo son, en estricto sentido, inconstitucionales.
    Última edición por Aquiles_Brinco; 17-oct.-2019 a las 00:27

  2. #2
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    Cita Iniciado por Aquiles_Brinco Ver Mensaje
    .

    Bien se pudo tipificar alguna agravante en función de la ventaja física o moral de un activo masculino sobre un pasivo femenino, y con esto darle paz mental a las hembristas.

    .
    Es que no se valora sólo la ventaja, sino el odio a alguien por ser de determinado sexo.

    Por ejemplo, un grupo de mujeres lesbianas que se dedicara a castrar hombres, por tener envidia de su pene, estaría cometiendo una agresión de género.

    Las agresiones de género sí existen, pero no son sólo de hombre a mujer, o de hombre a gay, sino que son multidireccionales.

    Incluso un gay no amanerado puede agredir en forma sexista a un gay amanerado. Sería un tipo de "homofobia entre homosexuales".

  3. #3
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    Cita Iniciado por Olimak Ver Mensaje
    Es que no se valora sólo la ventaja, sino el odio a alguien por ser de determinado sexo.
    Es que eso ya compete a la interioridad del ser, y lo que sanciona el derecho positivo es la exterioridad de la conducta; es decir, sus consecuencias fácticas o materiales.

    Al derecho positivo no le importa lo que pienses, sino lo que expreses por medio de tu conducta. Los móviles ya son materia de la criminología.

    Aún así, desde hace mucho se cometió la aberración de incorporar la hipótesis del 'odio' para calificar el homicidio en la CDMX. Entonces, ya estaba previsto ese móvil.
    Última edición por Aquiles_Brinco; 21-oct.-2019 a las 14:13

  4. #4
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    Cita Iniciado por Aquiles_Brinco Ver Mensaje
    Es que eso ya compete a la interioridad del ser, y lo que sanciona el derecho positivo es la exterioridad de la conducta; es decir, sus consecuencias fácticas o materiales.

    Falso. Existen los delitos de odio, y existen agravantes como el parentesco.

    Incluso un delito cometido por imprudencia se castiga menos que uno premeditado.

    El Derecho sí se mete a la psique de la o el infractor.


    Aún así, desde hace mucho se cometió la aberración de incorporar la hipótesis del 'odio' para calificar el homicidio en la CDMX. Entonces, ya estaba previsto ese móvil.
    Las muy marrulleras feministas han dejado difuso el concepto de "feminicidio" para extenderlo a su antojo.

    Acaban de celebrar con bombo y platillo que le echaron 45 años de cárcel al novio de Lesvy, quien primero fue encarcelado por una absurdidad, por no impedir el suicidio de su novia. Ahora lo condenaron por feminicidio, sin pruebas contundentes.

    Otro caso de moda es el de una señora que envenenó con raticida a sus hijos y se suicidó. La Prensa vendida al lobby feminista la pone como "víctima" y culpa a su marido. Cuando ha sido un hombre quien ha actuado así, se le vitupera.

    Hay mucho doblemoralismo en la Prensa. Ello se debe en parte a que la nómina de esos medios la paga gente como el judío Soros, quien les impone una óptica de género feminista en sus redacciones.

  5. #5
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    Cita Iniciado por Olimak Ver Mensaje
    Falso. Existen los delitos de odio, y existen agravantes como el parentesco.

    Incluso un delito cometido por imprudencia se castiga menos que uno premeditado.

    El Derecho sí se mete a la psique de la o el infractor.
    Estás mal.

    Yo puedo tener la intención de matar a alguien [ideación homicida]; pero eso no es suficiente para configurar la conducta típica.

    Los delitos culposos son hechos en donde la expresión MATERIAL de la voluntad del activo no está relacionada: ni con las consecuencias finales de su accionar, ni con las consecuencias jurídicas de éstos.

    Por ejemplo: hablar por teléfono mientras se conduce, no es una acción ideal para producir un homicidio; por lo que se deduce que el activo no prevé ni busca las consecuencias jurídicas de un homicidio derivado de hablar por teléfono mientras conduce, toda vez que se trata de un hecho imprudencial. Se observa la exterioridad de la conducta, nada más.

    En contrario, dispararle a alguien con arma de fuego en la cabeza: sí es una acción ideal para producir el homicidio; por tanto, se prevén sus consecuencias finales y, en general, también aquéllas jurídicas, de ahí que se actúe con alevosía.

    No se puede sancionar con base en la psique. El dictamen psiquiátrico y psicológico, en el ámbito penal, son, en todo caso, eximentes penales o medios para acreditar perjuicios morales en términos de justipreciación, para la sanción pecuniaria.

    Ahora, que existan 'delitos de odio' en el derecho positivo mexicano, y en el de otros países, no significa que sea correcto en términos de derecho positivo.

    Las agravantes por parentesco y tutela caen en la hipótesis de la transgresión a la confianza en función de la relación de ambos sujetos, activo y pasivo.

    Es decir, la conducta se agrava por el abuso MATERIAL sobre al acceso a la esfera del pasivo, no por la interioridad del ser. Matar a un ascendiente es algo MATERIAL, e implica que el activo hubiere abusado de la confianza y facilidad que tenía para acceder a la esfera del pasivo [traición].

    De nada.
    Última edición por Aquiles_Brinco; 21-oct.-2019 a las 20:00

  6. #6
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    Cita Iniciado por Aquiles_Brinco Ver Mensaje
    Matar a un ascendiente es algo MATERIAL, e implica que el activo hubiere abusado de la confianza y facilidad que tenía para acceder a la esfera del pasivo [traición].

    De nada.
    Tú lo has dicho: la alevosía es una agravante.

    Entonces el Derecho SÍ se mete en la psique de una persona, tildándola de manera implícita de "traidora" y de "cobarde".

    Por eso son agravantes la alevosía y la ventaja.

    Estás totalmente mal.

  7. #7
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    Cita Iniciado por Olimak Ver Mensaje
    Tú lo has dicho: la alevosía es una agravante.

    Entonces el Derecho SÍ se mete en la psique de una persona, tildándola de manera implícita de "traidora" y de "cobarde".

    Por eso son agravantes la alevosía y la ventaja.

    Estás totalmente mal.
    No quieres, o no puedes entender.

  8. #8
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    Cita Iniciado por Olimak Ver Mensaje
    Las muy marrulleras feministas han dejado difuso el concepto de "feminicidio" para extenderlo a su antojo.
    No es difuso. El tipo cuenta con plena taxatividad; de otra forma no podría operarse jurídicamente. No conoces el tipo, que es otra cosa.

    Acaban de celebrar con bombo y platillo que le echaron 45 años de cárcel al novio de Lesvy, quien primero fue encarcelado por una absurdidad, por no impedir el suicidio de su novia. Ahora lo condenaron por feminicidio, sin pruebas contundentes.
    No conozco los pormenores del caso, pero sí te digo que hay delitos por acción y por omisión. La omisión del auxilio, por ejemplo, constituye un delito respecto a las consecuencias que tal omisión hubiere ocasionado. La asistencia al suicidio constituye un delito; así que, si no se impidiere, pudiendo hacerlo, se configuraría la asistencia por omisión.

    Sobre las contundencias de las pruebas, pues, dudo mucho que hayas tenido acceso a la carpeta de investigación para afirmar semejante cosa.

    Otro caso de moda es el de una señora que envenenó con raticida a sus hijos y se suicidó. La Prensa vendida al lobby feminista la pone como "víctima" y culpa a su marido. Cuando ha sido un hombre quien ha actuado así, se le vitupera.

    Hay mucho doblemoralismo en la Prensa. Ello se debe en parte a que la nómina de esos medios la paga gente como el judío Soros, quien les impone una óptica de género feminista en sus redacciones.
    Aquí ya desvarías mucho, y mejor no comento.
    Última edición por Aquiles_Brinco; 22-oct.-2019 a las 13:26

  9. #9
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    No es difuso. El tipo cuenta con plena taxatividad; de otra forma no podría operarse jurídicamente. No conoces el tipo, que es otra cosa.

    .
    El delito de "feminicidio" o "femicidio" tiene diferentes definiciones no sólo según los países, sino dentro de un mismo país.

    Compara simplemente el Código chileno con el boliviano.

    En este mismo foro por ahí anda una discusión al respecto.

    No conozco los por menores del caso,
    "Pormenores" se escribe junto.



    pero sí te digo que hay delitos por acción y por omisión. La omisión del auxilio, por ejemplo, constituye un delito respecto a las consecuencias que tal omisión hubiere ocasionado. La asistencia al suicidio constituye un delito; así que, si no se impidiere, pudiendo hacerlo, se configuraría la asistencia por omisión.
    Ya me imagino si a una mujer la encarcelaran por no impedir el suicidio del novio... Las feministas destruirían los monumentos nacionales.


    Sobre las contundencias de las pruebas, pues, dudo mucho que hayas tenido acceso a la carpeta de investigación para afirmar semejante cosa.
    Los argumentos del juez se hicieron públicos. Él alegó que el nudo no estaba bien hecho.

    De ser así, ¿no tendría que afrontar una responsabilidad el fiscal que analizó primero el caso y determinó que era suicidio?



    Aquí ya desvarías mucho, y mejor no comento
    Te voy a enseñar, muchachito.

    He aquí una noticia española sobre un caso semejante. Leamos cómo se sataniza al hombre:

    https://elpais.com/sociedad/2019/08/...16_464637.html



    El agresor atenta contra la vida de terceras personas, normalmente los hijos e hijas de sus parejas o exparejas, para hacerles el mayor daño posible. A veces avisan: "Te voy a quitar lo que más quieres". Como ha apuntado en alguna ocasión Inmaculada Montalbán Huertas, magistrada y expresidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial, "el machismo mata con todas las armas a su alcance y los hijos son la más letal".
    Y ¿cómo trata la Prensa española el caso opuesto?

    https://www.levante-emv.com/sucesos/...e/1871700.html



    Cuando una madre asesina a sus hijos y luego se suicida lo hace movida no por el odio, sino por un amor delirante que le lleva a desear liberarles de una realidad emocional en la que no contempla otra posible salida, según el experto de la Universitat de València (UV) José Gil, codirector del Máster Propio de Psicoterapia y Psicología Clínica de la UV.

    ¿Te das cuenta de la injusticia? Aquí puedes leer al respecto:

    https://www.elmundo.es/opinion/2015/...e348b4686.html

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