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Tema: Agresion o abuso sexual

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  1. #1
    Fecha de Ingreso
    08-mayo-2009
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Cita Iniciado por Kevlin Ver Mensaje
    No estoy de acuerdo con la condena.

    Y las instancias superiores que revisarán el caso, con gran probabilidad, me darán la razón.

    La acusación no logró probar que hubiera existido violencia o intimidación, elementos indispensables que requiere el tipo penal de la agresión.

    La misma víctima afirmó que no se sintió intimidada, ni siquiera cuando entra al portal.

    El juez Gonzalez,quien votó en disidencia,expone la cuestión con meridiana claridad:

    "No se aprecia, en el material fílmico, cosa distinta a una cruda y desinhibida relación sexual, mantenida entre cinco varones y una mujer, en un entorno sórdido, cutre e inhóspito y en la que ninguno de ellos (tampoco la mujer) muestra el más mínimo signo de pudor".

    " no hay signo alguno de violencia, fuerza, o brusquedad ejercida por parte de los varones sobre la mujer".

    "No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase.

    Sí de una desinhibición total y explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos, y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante.

    Y tampoco llego a adivinar en ninguna de las imágenes el deleite que describe la sentencia mayoritaria salvo que con el término se esté describiendo la pura y cruda excitación sexual (de los acusados)".

    "La expresión de su rostro es en todo momento relajada y distendida y, precisamente por eso, incompatible a mi juicio con cualquier sentimiento de miedo, temor, rechazo o negativa".

    "No ha descrito siquiera en qué forma ni con qué fuerza fue impulsada o compelida a hacer lo que no quería".
    //

    Evidentemente,la Sentencia definitiva,que será la que dicte la Sala 2ª del Tribunal Supremo,fijará ,en Derecho,la disidencia entre los Magistrados-coincidentes,por cierto,en que no ha existido agresion sexual-
    y es posible que se incline por la absolucion,si es que asume la intepretacion de los videos que ha hecho el Magistrado discrepante.O,por la confirmacion,de la Sentencia,segun el criterio de la mayoria.No estoy tan seguro de que apueste por la agresion sexual.Porque,aunque el num.2º del art.180,que recoge las circunstancias agravatorias,y,entre ellas,"cuando los hechos se cometan por la actuacion conjunta de dos o mas personas",es lo cierto que ha de probarse que existió violencia o intimidacion.En caso de duda no se puede dictar sentencia condenatoria,en aplicaciondel principio "in dubio".

    Los tres Magistrados que integran la Sala-y que han debido firmar la Sentencia,no obstante el voto particular discrepante-son los único que tienen el "poder judicial" de interpretar los videos exhibidos en el juicio oral,y las demas pruebas practicadas.Y esa facultad de traslada a los que han de conocer los hechos en apelacion y,en su caso,en casación,aunque la mision de la Sala 2ª está vinculada por los hechos probados y ha de pronunciarse sobre si la aplicacion de la Ley ha sido la correcta,o ha habido "infraccion
    de Ley o doctrina legal".
    Lo que ya no me parece de recibo es que un Ministro de Justicia pueda,ni siquiera ,indicar o insinuar al Consejo General del Poder Judicial que deberia haber intervenido antes en via disciplinaria, por algunos hechos anteriores,respecto del Magistrado discrepante;o hacerlo ahora.Porque eso es inmiscuirse en otro Poder del Estado ,señalandole una conducta concreta.

  2. #2
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    Buenos Aires
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    Ni hablar que la declaración del ministro es absolutamente repudiable.

    Y así lo han entendido las siete asociaciones de jueces y fiscales que han reaccionado de manera unánime.

    Las declaraciones del ministro de Justicia han provocado una contundente petición de dimisión de Rafael Catalá después de que éste asegurara que el juez que emitió un controvertido voto particular en la sentencia del caso La Manada tiene "un problema singular" que no ha desvelado y que, según sus afirmaciones, "todos conocían".

    Pocas veces como en este caso se observa la acción desvergonzada de los lobbies que procuran deformar o condicionar determinadas acciones públicas.

    Ese ministro debe renunciar ya mismo.

  3. #3
    Fecha de Ingreso
    08-mayo-2009
    Ubicación
    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    //

    Evidentemente,la Sentencia definitiva,que será la que dicte la Sala 2ª del Tribunal Supremo,fijará ,en Derecho,la disidencia entre los Magistrados-coincidentes,por cierto,en que no ha existido agresion sexual-
    y es posible que se incline por la absolucion,si es que asume la intepretacion de los videos que ha hecho el Magistrado discrepante.O,por la confirmacion,de la Sentencia,segun el criterio de la mayoria.No estoy tan seguro de que apueste por la agresion sexual.Porque,aunque el num.2º del art.180,que recoge las circunstancias agravatorias,y,entre ellas,"cuando los hechos se cometan por la actuacion conjunta de dos o mas personas",es lo cierto que ha de probarse que existió violencia o intimidacion.En caso de duda no se puede dictar sentencia condenatoria,en aplicaciondel principio "in dubio".

    Los tres Magistrados que integran la Sala-y que han debido firmar la Sentencia,no obstante el voto particular discrepante-son los único que tienen el "poder judicial" de interpretar los videos exhibidos en el juicio oral,y las demas pruebas practicadas.Y esa facultad de traslada a los que han de conocer los hechos en apelacion y,en su caso,en casación,aunque la mision de la Sala 2ª está vinculada por los hechos probados y ha de pronunciarse sobre si la aplicacion de la Ley ha sido la correcta,o ha habido "infraccion
    de Ley o doctrina legal".
    Lo que ya no me parece de recibo es que un Ministro de Justicia pueda,ni siquiera ,indicar o insinuar al Consejo General del Poder Judicial que deberia haber intervenido antes en via disciplinaria, por algunos hechos anteriores,respecto del Magistrado discrepante;o hacerlo ahora.Porque eso es inmiscuirse en otro Poder del Estado ,señalandole una conducta concreta.
    //

    He leido la Sentencia,en lo esencial,en los HECHOS PROBADOS DE LA MAYORIA.
    Y mi opinion,en definitiva,respetando desde luego lo que resuelva en definitiva el Tribunal Supremo,no se inclina,desde el punto de vista tecnico-juridico,por la absolucion.Por las siguientes razones.

    1º.-De los hechos probados,segun el sentir de la mayoria de la Sala,no se deriva un ambiente de "jolgorio" sexual <del que participasen todos,una "orgia" organizada de comun acuerdo,inicial o sobrevenido.Al contrario:la sensacion de "intenso agobio" y " desasosiego" que le produjo "estupor" y le hizo adoptar una actitud de "sometimiento"-segun los hechos probados-para mi es incompatible con el consentimiento que se derivaria de un "jolgorio sexual" acordado entre todos.Por contra,indica falta de consentimiento previo ni sobrevenido.Y no habiendo consentimiento ,la absolucion no es el fallo adecuado.Es verdad que tampoco se ha probado la VIOLENCIA FISICA O MORAL,o las AMENAZAS DE MUERTE O DE LESIONES que pudieran haber integrado la INTIMIDACION.De ahí,aplicando la teoria " in dubio pro reo",que los Magistrados optasen por castigar conforme previene el art.181.4 del Código Penal,con penas de prision de 4 a 10 años,estimando adecuada la de NUEVE AÑOS a cada uno de los procesados.

  4. #4
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    Predeterminado

    Son inocentes totalmente, no hace falta ser un lince para saberlo; por eso, el único juez q los absolbía esta siendo machacado por los mass-media, de todas formas bastaba con ver todo lo q se había publicado en TV, y todo lo q se había filtrado. La opinión del juez disidente confirma, lo q ya se sabía q había pasado, una orgía consentida y arrependirmiento o venganza por parte de la tía.

    Al ministro de justicia había q darle una patada en los huevos, q tío mas baboso, así va españa.
    Última edición por bester69; 02-may.-2018 a las 10:43

  5. #5
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    Cita Iniciado por bester69 Ver Mensaje
    Son inocentes totalmente, no hace falta ser un lince para saberlo; por eso, el único juez q los absolbía esta siendo machacado por los mass-media, de todas formas bastaba con ver todo lo q se había publicado en TV, y todo lo q se había filtrado. La opinión del juez disidente confirma, lo q ya se sabía q había pasado, una orgía consentida y arrependirmiento o venganza por parte de la tía.

    Al ministro de justicia había q darle una patada en los huevos, q tío mas baboso, así va españa.
    //

    Es evidente que la opinion de la calle puede expresarse libremente,pero no puede juzgar:esa es mision de los Tribunales,salvo cuando interviene un Tribunal de Jurado,en cuyo caso la Justicia la establece directamente el pueblo,con su veredicto de culpabilidad o inocencia.

  6. #6
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    Aquí dejo la interrogación de la chica
    https://www.elperiodico.com/es/socie...lacion-6475002

    Con beso negro incluido:
    Poner en google images: "la manada" beso negro . Ya lo dijo el juez disidente, el percibe en los videos una actitud de "jolgorio".

    CASO CERRADO!!, inocentes y condenados por un tribunal subvertido por los movimiento feministas, mass-media y demás poderes fácticos.

    Que lo lleven a estrasburgo, las pruebas son flagrantes.. Y recuerdo, q se debe de demostrar la culpabildiad, no la inocencia; y en "dubio pro reo".

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