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Tema: Querella y acusacion o denuncia falsos.

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  1. #2
    Fecha de Ingreso
    09-noviembre-2011
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    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    :En el teatro clásico español se habló del "alguacil aguacilado".Eso pretende hacer la "culta" Mesa del Parlamento catalán,presidida por el "honorable" Torren, con el Exmo.Sr.D.Pablo Llarena,Magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo ,Instructor del Sumario contra Puigdemont y su tropa. Ignoran,u olvidan deliberadamente,el contenido de los arts.446 y 456.1,ambos del Código Penal de España:
    El primero define la PREVARICACION JUDICIAL como el delito cometido por " el Juez o Magistrado que,a sabiendas,dictare Sentencia o resolucion injustas".Es requisito del tipo que la resolucion se dicte a sabiendas de su injusticia,o lo que es lo mismo,de que es conraria a Derecho.Es un delito que solo puede cometerse con dolo directo,y sin fundamento legal alguno.La Mesa pretende dirigir la querella por el hecho de impedir al CANDIDATO propuesto para Presidente de la Generalitat su asistencia a la sede el Parlamento regional el dia señalado para su investidura.Ese candidato está en situacion de prision provisional incondiconal como presunto autor de un delito de rebelion(art.472-5º del C.P.).
    Basta leer el fundadísimo Auto de procesamiento de 21 de marzo pasado,dictado en la Causa contra Puigdemont y,entre otros,los "Jordis",para entender que la querella,si se presentase al fin,deberia ser inadmitida por no haber,ni remotamente, delito de prevaricacion alguno.

    Por contra,la Mesa,y su Presidente Sr.Torren,si que habrian incurrido en el delito de acusacion o denuncia falsa,previsto en el segundo de los tipos enunciados,el 456.1 del C.P., que castiga a "los que con conocimiento de su falsedad o TEMERARIO DESPRECIO HACIA LA VERDAD,imputaren a alguna persona hechos,que,de ser ciertos,constituirian infraccion penal ,si esta imputacion se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averigüacion....."

    Según sus propias palabras, ¡tan fundadísimo está el Auto de procesamiento contra Puigdemont, y entre otros, los 'Jordis', elaborado por el Exmo. magistrado Sr.D. Pablo Llanera.....!, jaaaa... pues, ¡¡ sólo lo apoyan 'cuatro gatos' pertenecientes a la misma camada 'partidista'**!! (Que esto no baste para 'empapelar' al Exmo., no niega su 'partidismo' hacia acusaciones extremas que son rechazadas mayoritariamente).

    Para según quién, ¿verdad Sr. 'Madovi'?, los magistrados son independientes del poder político, pero, ni a los ciudadanos más obtusos y, no digamos, a los más agudos, se les escapan las 'feroces luchas' entre los partidos políticos más poderosos para meter en las cúpulas de los tribunales a magistrados propuestos por ellos. Maniobras que han sido denunciadas en tantos medios de comunicación, también en 'los papeles' de publicaciones de diferentes signos políticos.
    Pero, ¿porqué tanto interés?, si todos los magistrados son como usted viene sosteniendo: ¡ independientes !, jaaaa...se puede creer cualquier cosa, pero, como mínimo, por aplastante lógica, aún en caso de serlo, sus tendencias deben ser tan afines a los partidos que los proponen.

    **'Partidistas' lo son estos 'cuatro gatos', si no en ser del 'Partido Popular', sí, en cuanto a 'partidarios' de apoyar y dictar Autos de procesamiento acusándoles de lo más penado, mientras, más de cien catedráticos en Derecho Penal de diferentes universidades españolas y también magistrados internacionales: ¡no lo apoyan!
    Y, al respecto, ¡¡¡¿contra 'cuatro', cientos catedráticos en Derecho Penal nacionales e internacionales estarán equivocados interpretándolo?!!!

    La magistrada Carmen Lamela es otra que baila al son de la 'camada partidista' anteriormente citada. Son bachatero por lo 'juntitos todos' de ser 'partidarios' de las acusaciones más graves, como las del anteriormente citado Exmo. magistrado Sr. Llanera, que conllevan las más duras penas, siendo para la inmensa mayoría de sus colegas: acusaciones repudiables.
    Esta jueza, Carmen Lamela, por una pelea -en un bar de Altsasu de la Comunidad Autónoma de Navarra (España)- donde dos Guardias Civiles recibieron contusiones y le rompieron el tobillo a uno de ellos, a los acosadores peleones los ha etiquetado de terroristas y llevan bastante más de un año en prisión. Ahora los van a juzgar.

    El Fiscal de la Audiencia Nacional (otro que es independiente.....o, debería serlo, ¿verdad Sr.Madovi?) pide para Ohian, uno de los acusados de terrorismo, la pena de: ¡¡¡ 62 años y medio (el medio que no falte) de prisión !!! (En comparación, por homicidio se piden, 'sólo', de unos 10 a 15 años de prisión).
    La reyerta acabó en los tribunales de Madrid donde la jueza Carmen Lamela compartió la tesis de COVITE (Colectivo Víctimas del Terrorismo del País Vasco)

    Amnistía Internacional ha subrayado que estos hechos no son terrorismo y pide retiren esta acusación. Exageración, distorsión, desproporción.
    Desde que se cambió el código penal, ¿será más fácil acusar de terrorismo..... cuándo al poder le interese? Digo, cuando al independiente juez o jueza lo 'vea' justo.

    Dicen malas lenguas que ciertos jueces y juezas debería ir a la consulta de algún graduado en oftalmología, pero, que éste tuviera, ¡¡¡ su master autentificado !!!

    Dos enlaces, de artículos al respecto, con diferentes puntos de vista.

    http://www.publico.es/sociedad/navar...-historia.html

    https://www.elespanol.com/espana/tri...9471158_0.html
    Última edición por gabin; 15-abr.-2018 a las 18:30

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