El Tribunal aleman sorprendentemente ha denegado la extradiccion por el delito de rebelion de Puigdemont,al entender que no concurre el requisito de violencia.Porque en el caso concreto la violencia no ha tenido intensidad suficiente para doblegar a los organos del Estado.Es lo mismo que decir que esa violencia seria suficiente en el caso de que la rebelion hubiere triunfado.Es decir,adopta la teoria del resultado,en lugar de considerarlo,como la doctrina jurisprudencia española seguida por el Instructor Sr.Llarena,como un delito tendencial, en que " no se exige del resultado abarcado por el tipo subjetivo,esto es,de alcanzar o declarar de manera efectiva la independencia de parte del territorio nacional",Asi lo expresa el Auto de procesamiento de 21 de marzo de 2018.Segun la tesis del Tribunal aleman,el delito de rebelion del "23 F" no se podria haber enjuiciado ni castigado,porque no consiguieron los golpistas declarar de manera efectiva la independencia de parte del territorio nacional.