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El art.159 de la Constitucion se refiere a los Jueces y Magistrados en situacion de servicio activo.Una vez jubilados,pueden pertenecer,si lo desean a partidos politicos o sindicatos.Aunque se fuese por los foros haciendo alguna alusion a pertenencia en el pasado al servicio activo en la Magistratura..o,incluso en cargos superiores,de libre designación.no se haria uso indebido del antiguo cargo por escribir en cualquier periódico,o foro,expresando libremente sus ideas ,en uso del derecho constitucional a la libertad de expresión.Son muchos,y muy eminentes,los Magistrados,incluso del Tribunal Supremo,que escriben habitualmente en prensa,una vez jubilados.
La creencia en que exista,o no, alguna persona "que sea o haya sido Magistrado en el foro",es una creencia legítima que ,a mi,me tiene completamente sin cuidado.Cada uno puede pensar lo que quiera.....