:thumbup1Se ha dictado Sentencia por el TSJC condenatoria contra Artur Mas y sus antiguas Consejeras,acusadas conjuntamente con él,por delitos de desobediencia y prevaricacion.El Tribunal ha impuesto al primero,la pena de dos años de inhabilitacion,pena benigna,realmente para un delito de desobeciencia grave del art.410 del Codigo Penal,absolviendole del delito de prevaricacion de que venian acusados,por entender que la prevaricacion quedaba absorvida por la desobediencia.A mi,respetando naturalmente como es debido, el criterio del Tribunal sentenciador,mientras no se pronuncie el Tribunal Supremo,no me parece muy acertada,juridicamente,la absorcion del dolo de la prevaricacion,por el dolo de la desobediencia porque atacan a bienes juridicos distintos.
El art.410 tipifica la desobediencia grave diciendo que la comete "..la Autoridad o funcionario publico que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales,decisiones u ordenes de la Autoridad superior".El dolo,en este tipo, consiste en la burla o el escarnecimiento del principio de Autoridad..
El art.404 se refiere a la prevaricacion diciendo que la comete "...la Autoridad o Funcionario publico que,a sabiendas de su injusticia,dictare resolucion arbitraria en asunto administrativo..."
El dolo tipico es la postergacion del Derecho,o su imperio.Requiere,en el caso de autos,la adopcion de medidas arbitrarias para llevar a cabo lo contrario a lo ordenado por la resolucion judicial desobedecida
Creo,pues,que se podrian haber cometido ambos delitos.