Fue Montesquieu quien en el año 1748 da a conocer su libro "El Espiritu de las Leyes". Versa entre otros temas, como es el clima de los diferentes países y su repercusión en el hombre, de las relaciones de las leyes políticas con la constitución de los estados. LO que fue en principio un alegato contra el Despotismo (muy frecuente en época) se convierte algunos años después, en un paradigma de la Revolucion Francesa en 1789: La separación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
La idea al escribir el libro era "buscar el equilibrio de poderes". Rechazaba rotundamente el que una persona concentrara en sus manos todo el poder. Para ello se servia de ejemplos al presentar la forma de gobernarse en los países entonces conocidos.
La Constitución Española de 1978 que en su Titulo Vll trata del "PODER JUDICIAL". "Madovi" nos expone lo que reza el artº 117.:Emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial.
Continua el articulo 117 diciéndonos que estos jueces y magistrados deben ser Independientes, Inamovible, REsponsables y sometidos al imperio de la Ley.
Para cualquier cambio de envergadura en la Constitución se necesita del refrendo ciudadano. Fue Alfonso Guerra, socialista el, quien permitio por su cuenta y riesgo el que como apunte en aporte anterior, los partidos políticos interviniesen en la Vida Judicial al designar a los magistrados en los Tribunales. El termino INdependiente...¿No se esta vulnerando?
Epildio Silva , Baltazar Garzon...Consecuencias de "invadir terreno ajeno"

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