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Tema: Complicidad o familia

  1. #21
    Fecha de Ingreso
    18-mayo-2011
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    Cita Iniciado por Aquiles Brinco Ver Mensaje
    Fíjese, doña EsquizOfelia, que en Internet uno lee de todo. Yo sé que a usted le impresionan algunas de las declaraciones de este hilo, por su incongruencia y desapego a la realidad, pero de esta clase de 'contenidos' está lleno el Internet.

    La legislación alrededor del mundo es muy diversa, pero muchos preceptos se conservan idénticos pese a tal diversidad.

    Primero, la 'obligación' de denunciar un delito, no es más que un requerimiento civil, pues, si bien exhorta a denunciar los antisociales de los que seamos TESTIGOS, no hay una conducta tipo que describa la omisión de dicha obligación, ni mucho menos está prevista una pena. En derecho penal, las conductas sin pena, pese a incluso estar tipificadas, NO FUNCIONAN COMO DELITOS, pues no se pueden procesar por carecer de penalidad puntual.

    En España, la sanción -que no pena- por tal omisión es de carácter administrativo. Le cuesta al imputado apenas unos euros. Yo creo que en toda su historia jamás han echo efectiva tal multa, ya que esa omisión, al no haber denuncia, es prácticamente imposible de probar. La complicidad y el encubrimiento son cosas distintas.

    La complicidad, en derecho, no es un delito por sí misma, sino un grado de autoría o participación. Se dice que la penalidad de los antisociales irá de acuerdo al grado en que el inculpado haya participado en ellos. Se puede ser autor material, intelectual, o haber tenido algún grado de participación en su comisión, lo cual nos remite a la 'complicidad'.

    Por ejemplo:

    Usted roba un banco, y yo, como gerente de tal, previo plan, retardo la llamada a las autoridades.

    En este caso, yo sería un cómplice. Si bien no ejecuté la conducta típica del robo, sí brindé oportuno auxilio para su ejecución.

    El encubrimiento, en derecho, es toda acción u omisión encaminada a ayudar, DIRECTAMENTE, al delincuente a evadirse de la acción de la justicia.

    Por ejemplo:

    Usted roba un banco, y se va a esconder a mi casa, en donde yo la recibo y la oculto por un tiempo.

    En este caso, yo sería acusado del delito de encubrimiento.

    Como podemos ver, el encubrimiento sí es una conducta delictiva por sí misma.

    Sospecho que don Zampabol me está dirigiendo una amenaza pobremente disimulada. Pretende amedrentarme con una denuncia por difamación en contra de la Guardia Civil Española.

    Para empezar, el delito de difamación no se persigue de oficio, sino por querella. Debe ser el representante de la Guardia Civil quien me denuncie. Luego, habrá que comprobar que efectivamente se configure la conducta tipo -desde luego no se configura-. Y, por último, hace falta ver si la conducta fue cometida dentro del ámbito de aplicación de la ley; es decir, dentro de su jurisdicción.

    Los delitos cometidos a través de Internet son de difícil configuración, puesto que rara vez los intervinientes se encuentran en la misma esfera jurisdiccional. Hay dos opciones, se persigue el delito según la legislación aplicable a la localización de quien lo comete, o se persigue según la legislación aplicable a la localización del servidor, que es donde se encuentra físicamente almacenado el cuerpo del delito.

    Lamentablemente, para don Zampabol, en México, específicamente para donde yo me encuentro localizado, no existen más los delitos de difamación, calumnia e injuria.

    Ahora bien, si se decide perseguir el 'delito' según la localización del servidor, pues hablamos, entonces, de los EE.UU. Fíjese, doña EsquizOfelia, que es más fácil que demande a Bill Gates por un error en Windows, y que yo salga triunfante del pleito, a que las pretensiones de don Zampabol prosperen.

    Un ejemplo de la persecución de delitos según la localización del servidor web, es la piratería. Los estadounidenses se toman muy en serio los derechos de autor, y si avistan piratería en servidores estadounidenses, de inmediato proceden a la investigación correspondiente.

    Yo le sugeriría a don Zampabol que le dijera a su 'prima' que haga lo que más se le antoje. Es más, yo pagaría por presenciar semejante burla al sistema de procuración de justicia español.

    Difícilmente -si no imposible- alguien va a poder amedrentarme a mí. ¡Mucho menos con supuestos argumentos legales! De entrada, se nota la impericia 'legaloide' al mostrar abiertamente sus cartas. Como abogado, don Zampabol perdería nomás de entrar al juzgado.
    No te equivoques Mango, la acusación es en este foro por insultos a las fuerzas y cuerpos de seguridad de mi país. No confundas.

    Ya luego sigo. (y gracias por venir y a Nixe también)

  2. #22
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    18-agosto-2014
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    Cita Iniciado por Zampabol Ver Mensaje
    Tengo una duda existencial desde hace ya bastante tiempo. Les comento.

    En mi barrio se produjo un robo en un comercio con graves daños económicos para la persona que es su propietario. El ladrón es una persona conocida del barrio pero nadie lo vio robando ese día excepto una prima mía que estaba allí. Todo el mundo sabe que mi prima lo vio pero por alguna extraña razón nadie le dice a mi prima que denuncie al infractor porque ella sostiene que el chico es una persona que está pasando por dificultades económicas y que el robo fue una cosa puntual que no volverá a hacer. (Pero el ladrón tiene un amplio historial de antecedentes)

    Mi prima me confesó que vio a ladrón actuar y que incluso tiene imágenes del robo en su móvil.

    Mi pregunta es: ¿Deben prevalecer los lazos familiares en este caso sobre la conciencia, la moralidad y la ética, o por el contrario debo olvidar que el testigo del robo es mi prima e ir al juzgado y poner en conocimiento del juez lo que sé?

    Entiendo que quien ampara el delito en cualquiera de sus manifestaciones por las razones que sean aún cuando concurren causas mayores, está inhabilitado para hablar de justicia o de honestidad.
    Haz una llamada anónima a la policía: "Pregúntenle a mi prima".

  3. #23
    Fecha de Ingreso
    13-febrero-2008
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    Para la ley brasilera, "a omissão não é um crime" "essa é uma decisão de foro pessoal e moral".
    Habría que ver dónde fue cometido el delito y que dicen las leyes con respecto a la obligatoriedad de denunciarlo.
    Recuerdo un caso en el que se denunciaron delitos cometidos en otras jurisdicciones y todo terminó muy mal. El policía que permitió la publicación le sacaron los galones, y los denunciantes al exilio.
    Todo esto que escribo sé que es al Santo Cuete, ya que más tarde o más temprano veremos las denuncias. Te queman en las manos, y tu Honorabilidad no permite que le tomen el pelo a tu primita (la pintas como engañada e indefensa, ¿no?).
    Mi consejo es que no lo hagas. A cada cerdo le llega su San Martín y el intentar adelantar ese día, te puede dejar a ti con la colita para arriba y con una manzanita en la boca. Pero la libertad es libre.
    Haga lo que quiera.
    Última edición por EsquizOfelia; 22-sep.-2016 a las 09:46
    .

    No seamos voceros del terrorismo.
    No difundamos sus crímenes.

    .

  4. #24
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    18-mayo-2011
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    Cita Iniciado por Rusko Ver Mensaje
    Sigo sin saber quién era Nixe en su anterior reencarnación...... :confused1:

    Si Aquiles es MM, el pobre lo debe estar pasando fatal, porque en otros foros más "desinhibidos" se le soltaba la lengua de una manera bastante notoria...., y no sé qué verá en este hilo para estar sufriendo tanto aguantándose lo que se le pasa por la mente. No me gustaría estar en su pellejo porque debe estar "incubando" una úlcera de estómago del tamaño de un piano de cola. O...., es que le va la marcha. Pero......, no saquemos conclusiones... El tema de este hilo es otro, o que hable Zampabol si es que había doble sentido en sus mensajes (o quizá es que Zampa ya no viva en Zampalucía con escapadas al Algarve, sino que se haya mudado al mismo barrio de Esqui, en el coño sur..... o donde quiera que esté EsquizOfelia, que nunca se sabe. ¿En algún barrio de Uruguay, guay?
    Bueno, ya nos ha dicho Nixe que Aquiles es MM (cosa que nadie había preguntado y que poco tiene que ver con mi prima) y se ve que en mis hilos Nixe y Mango pueden hacer OT y yo en otros no:blink:

  5. #25
    Fecha de Ingreso
    22-agosto-2016
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    Cita Iniciado por EsquizOfelia Ver Mensaje
    Para la ley brasilera, "a omissão não é um crime" "essa é uma decisão de foro pessoal e moral".
    ]

    En España es muy distinto.

    De la omisión del deber de socorro

    Artículo 195

    1. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.

    2. En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.

    3. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años



    http://noticias.juridicas.com/base_d...1995.l2t9.html

  6. #26
    Fecha de Ingreso
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    Señor Malvamos, usted se está refiriendo a otra cosa. La omisión de asistencia también está penada en Brasil. Aquí se está tocando el tema de la omisión de denunciar un delito.
    .

    No seamos voceros del terrorismo.
    No difundamos sus crímenes.

    .

  7. #27
    Fecha de Ingreso
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    Cita Iniciado por Oiwa Ver Mensaje
    Haz una llamada anónima a la policía: "Pregúntenle a mi prima".

  8. #28
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    Me está gustando este hilo.

    Por un lado tenemos a los que piensan con lógica y saben que un delito es un delito y hay que hacer lo posible por evitarlo ya sea convenciendo a la prima para que suelte las pruebas que tiene o bien convenciéndome a mí para que la convenza a ella porque evidentemente el ladrón no puede seguir suelto y por otro lado tenemos a los que se posicionan en mi contra y a favor de mi prima y el ladrón.
    ¿Quién se puede poner de parte del ladrón mas que el ladrón mismo o mi prima que puede que se haya enamorado de él? Evidentemente sólo el ladrón y mi prima.

  9. #29
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    Cita Iniciado por EsquizOfelia Ver Mensaje
    Señor Malvamos, usted se está refiriendo a otra cosa. La omisión de asistencia también está penada en Brasil. Aquí se está tocando el tema de la omisión de denunciar un delito.
    Da igual, ya puso Malvamos la otra ley en la que estaba más que claro que el que oculta pruebas o es un obstáculo para que se cumpla la ley es también culpable, en distinta medida, pero culpable también. No sé si la ley será igual en la república de Juanchiquistán, pero al menos en los países civilizados es en todos lo mismo.

    Aunque ya hemos visto que Mango, nos informa de que no hay que tratar de capturar al ladrón con un ejercicio magnífico de conocedor de la legislación vigente y del salvoconducto que proporciona la invisibilidad en la red.

  10. #30
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    Madrid-España
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    Cita Iniciado por Zampabol Ver Mensaje
    Da igual, ya puso Malvamos la otra ley en la que estaba más que claro que el que oculta pruebas o es un obstáculo para que se cumpla la ley es también culpable, en distinta medida, pero culpable también. No sé si la ley será igual en la república de Juanchiquistán, pero al menos en los países civilizados es en todos lo mismo.

    Aunque ya hemos visto que Mango, nos informa de que no hay que tratar de capturar al ladrón con un ejercicio magnífico de conocedor de la legislación vigente y del salvoconducto que proporciona la invisibilidad en la red.
    ¿Que invisibildad de la red?

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