¡Qué gusto leerte, Nietzscheano!
Te agradezco habernos recompartido tu escrito. Al respecto, te comento...
En mi aporte, aquél sobre redundancia, evité usar la palabra 'pleonasmo' casi por la misma razón que tú expones.
Para mí, independientemente de la segunda acepción que exhibe el DRAE, el pleonasmo, como figura retórica cuya función es sumar expresividad a nuestras oraciones, no se trata, en ningún caso, de algo erróneo, mucho menos prohibido. Al contrario; en ciertos casos, en ciertos ámbitos literarios, es, no sólo permitido, ¡sino necesario! Yo no imagino la poesía, por ejemplo, sin la figura del pleonasmo.
La redundancia, por otro lado, no es útil en ningún sentido; se trata, más bien, de un vicio.
Un ejemplo de pleonasmo, uno clásico:
- ¡Lo maté con mis propias manos!
En este caso, sin duda, quiere sumarse expresividad [necesaria] a la sentencia. Prueba de ello es que, si lo decimos libre de pleonasmo, no aporta la misma energía:
- ¡Lo maté con las manos!
Donde evidentemente ni siquiera comparte semántica con el primer ejemplo. Bien podríamos asegurar que, aunque literalmente expresan lo mismo, simbólicamente pretenden mensajes absolutamente distintos.
Un ejemplo de vil redundancia:
- Controlar la volatilidad de las divisas extranjeras.
En este caso no podríamos hablar de pleonasmo, pues el adjetivo 'extranjeras' es simplemente redundante y, por supuesto, innecesario.
divisa
De divisar.
[...]
4. f. Moneda extranjera referida a la unidad del país de que se trata. U. m. en pl.
http://dle.rae.es/?id=E1DQbbW
Saludos.