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Tema: El obligado cumplimiento de las Sentencias

  1. #1
    Fecha de Ingreso
    08-mayo-2009
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Predeterminado El obligado cumplimiento de las Sentencias

    El Tribunal Supremo,segun informaciones de prensa y radio,ha dictado una Sentencia obligando a la Generalitat de Catalunya a utilizar el español-castellano-como lengua vehicular en educación.Es decir que debe estar equiparada,al menos,a la legua catalana porque ambas son as lenguas oficiales en Cataluña.Sin embargo se ha planteado la posiblidad de que el nuevo Gobierno catalán se apreste a NO CUMPLIR la Setencia aludida,cuyo texto completo desconocemos.Y, en este sentido, debe recordarse lo dispuesto en el art.118 de la Constitucion Española, en el sentido de que " es OBLIGADO cumplir las sentencias y demas resoluciones FIRMES de los Jueces y Tribunales,asi como prestar la COLABORACION requerida por estos en el curso del proceso y en la ejecucion de lo resuelto".
    De manera que:

    1º.-Es obligado cumplir puntualmente lo dispuesto en cuanto a lengua vehicular del castellano en Cataluña.
    2º.-Es obligado prestar la colaboracion que,para ejecucion puntual de la Sentencia,disponga el Tribunal Supremo,requiriendo , en su caso, al Gobierno de Cataluña a que preste tal colaboracion dictando las resoluciones que sean precisas.
    3º.-En caso de no obedecer las ordenes recibidas al respecto,previo requerimiento para cumplirlas bajo apercibimiento, la Autoridad o Autoridades requeridas, o, en su caso, el Gobierno de la Generalitat podria ser encausado por DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD JUDICIAL.-

  2. #2
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    cuyo texto completo desconocemos.
    Tu misma lo dices, no conoces el texto completo, date un baño de agua fría y baja tus expectativas.
    ¿quien puso la denuncia? 3 personas, ¿a quien afecta la denuncia?, a 3 personas.
    Hay otra denuncia puesta por 5 personas, cuando salga la resolución de estas 5, afectara a 8. ¿O es que no conoces los procedimientos judiciales españoles?.
    Desde 1985 la ley de inmersión lingüística esta aprobada y refrendada, y no tiene nada que ver con el nuevo y censurado "Estatut de Catalunya".
    No te tomes la vida en serio, al fin y al cabo no saldrás vivo de ella

    No hay pan para tanto chorizo

  3. #3
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    08-mayo-2009
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por ppp333 Ver Mensaje
    Tu misma lo dices, no conoces el texto completo, date un baño de agua fría y baja tus expectativas.
    ¿quien puso la denuncia? 3 personas, ¿a quien afecta la denuncia?, a 3 personas.
    Hay otra denuncia puesta por 5 personas, cuando salga la resolución de estas 5, afectara a 8. ¿O es que no conoces los procedimientos judiciales españoles?.
    Desde 1985 la ley de inmersión lingüística esta aprobada y refrendada, y no tiene nada que ver con el nuevo y censurado "Estatut de Catalunya".
    /

    Respeto tu opinión.Pero no admito en absoluto la pregunta sobre mi presunto desconocimiento de los procedimientos judiciales españoles.Precisamente yo.Saludos

  4. #4
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    Predeterminado

    Pues alardes de desconocimiento
    No te tomes la vida en serio, al fin y al cabo no saldrás vivo de ella

    No hay pan para tanto chorizo

  5. #5
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Predeterminado

    :
    Cita Iniciado por ppp333 Ver Mensaje
    Pues alardes de desconocimiento
    7

    :thumbup.-Entiendo que quieres decir."pues alardeas de desconocimento".Insisto, podrias decir que "alardeo de error ,o de euivocacion",pero no de desconocimiento de los procedimientos que siguen en España las autoridades judiciales.Porque me he dedicado toda la vida a aplicarlos directamente.Todo tipo de procedimientos judiciales.Por eso se que las Sentencias se dictan para ser cumplidas y que la ejecucion de las Sentencias corre a cargo del Tribunal que las dicta.
    Existe un articulo del Código Penal que obliga a todos los ciudadanos,cualquiera que fuere su rango, porque TODOS estamos sometidos a la Ley.Y este precepto es el art.410 del Código Penal que dice:"1.-Las autoridades o funcionarios publicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a RESOLUCIONES JUDICIALES ,decisiones u ordenes de la autoridad superior,dictadas dentro de del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales,incurrirán en la pena de......e INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO POR TIEMPO DE....."

    Incluso podrian ser reos de delitos de sedicion quienes se alzaren PUBLICAMENTE para impedir, fuera de las vias legales....el cumplimiento de las resoluciones administrativas o JUDICIALES..

    En este caso se trata de una Sentencia del Tribunal Supremo,y debe recordarse que las Sentencias,en general, aunque en principio obliguen a personas determinadas, contienen doctrina de aplicacion general,o, lo que es lo mismo ,son aplicables "erga omnes".-Saludos.

  6. #6
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    Cita Iniciado por Madovi Ver Mensaje
    :7

    :thumbup.-Entiendo que quieres decir."pues alardeas de desconocimento".Insisto, podrias decir que "alardeo de error ,o de euivocacion",pero no de desconocimiento de los procedimientos que siguen en España las autoridades judiciales.Porque me he dedicado toda la vida a aplicarlos directamente.Todo tipo de procedimientos judiciales.Por eso se que las Sentencias se dictan para ser cumplidas y que la ejecucion de las Sentencias corre a cargo del Tribunal que las dicta.
    Existe un articulo del Código Penal que obliga a todos los ciudadanos,cualquiera que fuere su rango, porque TODOS estamos sometidos a la Ley.Y este precepto es el art.410 del Código Penal que dice:"1.-Las autoridades o funcionarios publicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a RESOLUCIONES JUDICIALES ,decisiones u ordenes de la autoridad superior,dictadas dentro de del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales,incurrirán en la pena de......e INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO POR TIEMPO DE....."

    Incluso podrian ser reos de delitos de sedicion quienes se alzaren PUBLICAMENTE para impedir, fuera de las vias legales....el cumplimiento de las resoluciones administrativas o JUDICIALES..

    En este caso se trata de una Sentencia del Tribunal Supremo,y debe recordarse que las Sentencias,en general, aunque en principio obliguen a personas determinadas, contienen doctrina de aplicacion general,o, lo que es lo mismo ,son aplicables "erga omnes".-Saludos.
    Opinas de una sentencia que no has leído, eso es desconocimiento de la misma, y si eres letrado, que no lo dudo, mas grave por tu parte, y no opino de lo que dices después por ser un escrito de cara a la galería, "Ignorantia non discitur".
    No te tomes la vida en serio, al fin y al cabo no saldrás vivo de ella

    No hay pan para tanto chorizo

  7. #7
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    Cita Iniciado por ppp333 Ver Mensaje
    Opinas de una sentencia que no has leído, eso es desconocimiento de la misma, y si eres letrado, que no lo dudo, mas grave por tu parte, y no opino de lo que dices después por ser un escrito de cara a la galería, "Ignorantia non discitur".
    Te prometo leerla tan pronto se publique.Porque.hasta ahora,solo he conocido el sentido del fallo.Ahora está de moda,a mi juicio muy mal,hacer publica la parte dispositiva de las Sentencias,antes de hacer publicos sus fundamentos juridicos.Es decir, no la he leido porque no la he tenido a la vista,pero por radio conozco su contenido en cuanto a la obligatoriedad del castellano,con el mismo rango que el catalán....en Cataluña.

  8. #8
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    Predeterminado

    Hola,
    señores no sé de que discuten ni me interesa. Estoy desde hace unos dias en Barcelona y nos han tocado unos dias de maravillas. Esto es un sueño. Siempre tan hermosa. Un almuerzo en El corte Inglés enfrente de Plaza Catalunya y a seguir.

    Una sorpresa, que otras veces no habìa observado, es la cantidad de rusos que hay. Estoy con dos personas rusas y encuentran para hablar por todos lados. Se habla muchìsimo el inglés y el ruso en los negocios. Asì que no os preocupeis por el tema catalàn/español; han sido invadidos por el planeta tierra en su totalidad.

    Si bien todo està escrito en catalàn, con el español uno no tiene ningùn problema para comunicar.

    Los envidio.

    Saludos catalanes.

    ¡Vida, nada me debes!
    ¡Vida, nada te debo!
    ¡Vida, estamos en paz!

    I loved, I was loved, the sun caressed my face.
    Life, you owe me nothing, Life, we are at peace!


  9. #9
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    Cita Iniciado por Socorp Ver Mensaje
    Hola,
    señores no sé de que discuten ni me interesa. Estoy desde hace unos dias en Barcelona y nos han tocado unos dias de maravillas. Esto es un sueño. Siempre tan hermosa. Un almuerzo en El corte Inglés enfrente de Plaza Catalunya y a seguir.

    Una sorpresa, que otras veces no habìa observado, es la cantidad de rusos que hay. Estoy con dos personas rusas y encuentran para hablar por todos lados. Se habla muchìsimo el inglés y el ruso en los negocios. Asì que no os preocupeis por el tema catalàn/español; han sido invadidos por el planeta tierra en su totalidad.

    Si bien todo està escrito en catalàn, con el español uno no tiene ningùn problema para comunicar.

    Los envidio.

    Saludos catalanes.
    Y no te preocupes por el idioma, aquí el no conocer el castellano o el catalán para el visitante nunca ha sido un problema.
    Espero que disfrutes de esta tu ciudad y si necesitas conocer algún lugar y careces de información, no dudes en consultar por si te puedo ser útil.
    No te tomes la vida en serio, al fin y al cabo no saldrás vivo de ella

    No hay pan para tanto chorizo

  10. #10
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    No, absolutamente no es un problema el idioma. Estàn tan organizados y la gente es tan simpàtica y abierta que no hay forma de no conseguir informaciòn.

    Gracias por tu dispocisiòn. Esta debe ser la sexta vez que vengo a Barcelona y siempre està màs linda. Encima, ¿has visto los dias espléndidos que nos han tocado? Parece un pequeño veranito.

    Un saludo y mis felicitaciones a todos los catalanes.

    ¡Vida, nada me debes!
    ¡Vida, nada te debo!
    ¡Vida, estamos en paz!

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