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Tema: Para los que les interese cómo va lo del Autogolpe en Venezuela

  1. #1
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    Predeterminado Para los que les interese cómo va lo del Autogolpe en Venezuela

    El gobierno de Nicolás Maduro se hace el "sueco", y descaradamente dice que no sabía nada de la decisión golpista de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y el posterior anuncio de la Fiscal General de República indicando categóricamente que esas sentencias son INCONSTITUCIONALES y afirmando que se había ROTO EL HILO CONSTITUCIONAL (golpe de estado/dictadura).
    Ahora, a medianoche, Maduro convocó a un Consejo de la Defensa, donde no acudieron ni la Fiscal ni el Presidente de la Asamblea Nacional, y saca una resolución emanada por un órgano que carece de competencia en el asunto, y resuelve (que no resuelve nada) el "jocoso impasse".



    ND / 1 abr 2017.- El presidente Nicolás Maduro anunció hace minutos que la controversia entre la Fiscalía General de la República y el Tribunal Supremo de Justicia quedó superada. En el comunicado leído, el Consejo de Defensa exhortó al TSJ a revisar las sentencias 155 y 156.

    "Hemos estado en sesión permanente del Consejo de Defensa de la Nación. Fructífera sesión de deliberación", dijo al comenzar, "Es un mecanismo útil y pertinente para el procesamiento de esta controversia que surgió y que rapidamente en la activación, como Jefe de Estado que soy, de este artículo 323, del Consejo de Defensa de la Nación, hemos avanzado en importantes acuerdos y soluciones", dijo en cadena nacional de radio y televisión pasadas las 12:20 de la noche.

    "Se ha acordado por parte de los integrantes del Consejo... presidente del Tribunal Supremo de Justicia y el invitado especial, el presidente de la Sala Constitucional... y en conversaciones con la Fiscal General de la República (quien no se encontraba presente)... hemos llegado a un importante acuerdo de solución de esta controversia y puedo decir que con la lectura de este comunicado y la publicación de las aclaratorias y correcciones respectivas de las sentencias 155 y 156 queda superada esta controversia".

    El comunicado, que leyó el vicepresidente Tareck El Aissami y que contó con el apoyo unánime del Consejo de Defensa de la Nación y de la Fiscal General Luisa Ortega Díaz, reza:

    "El Consejo de Defensa de la Nación... en ocasión de la controversia surgida entre la Fiscalía General de la República y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ha decidido:

    1.- Ratificar que el máximo tribunal de la República, en su Sala Constitucional, es la instancia competente para el control de la constitucionalidad de los actos emanados de cualquier órgano del poder público nacional que coliden con la Carta Magna.

    2.- Exhortar al Tribunal Supremo de Justicia a revisar las decisiones 155 y 156 con el propósito de mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de poderes, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.

    3.- Reiterar que los desequilibrios y conflictos entre las distintas ramas del poder público nacional se encausan mediante los mecanismos de control constitucional y la colaboración entre los poderes, los cuales son expresión del dinanismo y pluralidad de los estados constitucionales democráticos.

    4.- Destacar los loables esfuerzos del presidente de la República... en la búsqueda de soluciones para resolver, dentro del marco constitucional y mediante el diálogo constructivo, los conflictos entre los órganos del poder público nacional en atención a la independencia, la división y la autonomía de sus distintas ramas.

    5.- Insistir en nuestra disposición al diálogo fecundo y exhortar a la oposición venezolana a incorporarse sin demora al diálogo nacional promovido por el Jefe de Estado y acompañado por Unasur, el papa Franciso y los expresidentes Martín Torrijos, Leonel Fernádnez y José Luis rodríguez Zapatero.

    6.- Repudiar categóricamente cualquier intervención que atente contra la independencia, la soberanía, la integridad teritorial y la autodeterminación. Los asuntos de los venezolanos deben ser resueltos exclusivamente por nosotros, sin injerencia ni intervención alguna, y en respeto a la jurisdicción interna del Estado venezolano..."
    La ausencia de evidencia no es evidencia de su ausencia
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    El hombre encuentra a Dios detrás de cada puerta que la ciencia logra abrir. (Albert Einstein )
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  2. #2
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    Predeterminado

    En el portal PRODAVINCI de los mejores abogados venezolanos, no encontramos la detallada explicación de porque esto no se resuelve así, tan descaradamente, como desea el dictador Nicolás Maduro:

    Blog de José Ignacio Hernández Imprimir Imprimir This page as PDF

    Sobre el inconstitucional exhorto del Consejo de Defensa Nacional al TSJ; por José Ignacio Hernández
    Por José Ignacio Hernández G. | 1 de abril, 2017

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    Fotografía de Prensa Presidencial
    Fotografía de Prensa Presidencial

    A las 12 y 20 de la madrugada del 1 de abril de 2017, el Presidente de la República presentó las conclusiones del Consejo de Defensa de la Nación ante la “controversia” relacionada con las sentencias Nro. 155 y 156 de la Sala Constitucional.

    Entre otros “acuerdos”, se comunicó que el Consejo de Defensa de la Nación exhortó a la Sala Constitucional a “revisar” las sentencias Nro. 155 y 156, con el propósito de mantener la estabilidad institucional y equilibrio de poderes. Además se agradeció las gestiones del Presidente de la República. Con lo cual, según se dijo, la “controversia” quedó superada, invitándose a la oposición al diálogo.

    En realidad, si valoramos el comunicado en el marco de la Constitución, este comunicado no resuelve la situación que llevó a la ruptura del orden constitucional en Venezuela. Más bien, tal comunicado viene a evidenciar, toda más, cómo esa ruptura se mantiene hoy día.

    Veamos.

    1. Lo primero que hay que destacar es que el Consejo Nacional de la Defensa, al dictar este comunicado, violó el Artículo 323 de la Constitución, pues actuó fuera de su competencia. Ese Consejo solo puede actuar como órgano consultor en materia de defensa integral. Pero el Consejo carece de competencia para pronunciarse sobre “conflictos” de Poderes o sentencias de la Sala Constitucional.

    2. En segundo lugar, el comunicado viola los principios más básicos del Derecho venezolano, al “exhortar” la revisión de las sentencias Nro. 155 y 156. Pues en estricto sentido, esas sentencias no pueden ser revisadas por nadie, ni pueden ser corregidas, al haber vencido el lapso previsto para ello. Tampoco puede la Sala Constitucional “revocar” esas sentencias.

    3. En tercer lugar, y al margen de lo anterior, si analizamos esta situación objetivamente, desde la Constitución, habría que señalar que si la Sala Constitucional cumple con el comunicado del Consejo, es por cuanto carece de autonomía e independencia. Por composición numérica, el Consejo es dominado por el Gobierno, y según la Constitución, la Sala Constitucional debe ser autónoma frente al Gobierno. Todo lo contrario a lo que se desprende del comunicado, en el cual pareciera que, por consensos dentro del Consejo, se pactan decisiones del Tribunal.

    4. En cuarto lugar, el comunicado simplifica la crisis venezolana, pues limita la “controversia” a las sentencias Nro. 155 y 156. En realidad, esas son solo algunas de las sentencias que han desconocido a la Asamblea Nacional.

    En efecto, limitando la lista de sentencia solo a las que han afectado directamente a la Asamblea Nacional, y sin contar las sentencias N° 155 y 156, hay 46 sentencias que en su conjunto configuran el golpe de Estado. Estas son, de la Sala Constitucional: 1.778/2015; 7/2016; 9/2016; 184/2016; 225/2016; 259/2016; 264/2016; 269/2016; 274/2016; 327/2016; 341/2016; 343/2016; 411/2016; 460/2016;473/2016; 478/2016;614/2016; 615/2016; 618/2016; 797/2016; 808/2016; 810/2016; 814/2016; 893/2016; 907/2016; 938/2016; 939/2016; 948/2016; 952/2016; 1.012/2016; 1.103/2016;1.014/2016; 1.086/2016; 2/2017; 3/2017; 4/2017; 5/2017; 6/2017; 7/2017; 88/2017; 90/2017 y 113/2017. De la Sala Electoral, son: N° 260/2015; 1/2016; 108/2016 y 126/2016. No incluimos aquí las sentencias sobre el inconstitucional proceso de renovación de nómina de los partidos, ni la decisión de la Sala Electoral que facilitó la suspensión del referendo revocatorio.

    Con lo cual, aun el supuesto que la Sala Constitucional, cumpliendo el “exhorto” del Gobierno realizado a través del Consejo, eliminase las sentencias N° 155 y 156, la situación no cambiaría: la Asamblea Nacional estaría igualmente impedida de ejercer sus competencias, las cuales ya han sido usurpadas por la Sala, quien por ejemplo, ha permitido al Tribunal Supremo de Justicia controlar el presupuesto o recibir la memoria y cuenta, a pesar de ser ésas atribuciones privativas de la Asamblea.

    5. En quinto lugar, este comunicado no toma en cuenta que las sentencias Nro. 155 y 156 no crearon como tal una situación nueva, sino que más consolidaron el golpe de Estado perpetrado en contra de la Asamblea. Por eso he hablado de “golpe de Estado permanente”. Insisto: incluso eliminando las sentencias Nro. 155 y 156, el golpe en contra de la Asamblea seguiría en pie. Restablecer la Constitución, una vez que el orden constitucional se ha roto, exige mucho más que corregir dos sentencias.

    6. Por último, y en sexto lugar, este comunicado, por todo lo anterior, no rehabilita a la Asamblea. La única manera de cumplir con el Artículo 333 de la Constitucional es restableciendo el pleno ejercicio de las funciones de la Asamblea Nacional, permitiendo que ésta, en representación del pueblo venezolano, dicte Leyes, designe a funcionarios y magistrados y controle al Gobierno. Esto, en todo caso, no sería suficiente, pues todavía quedarían pendientes asuntos de fundamental importancia para el correcto funcionamiento de la democracia, como convocar a las elecciones inconstitucionalmente diferidas y liberar a los presos políticos.

    En resumen: nada cambia con este comunicado del Consejo de Defensa de Nación. Y si algo cambia, en todo caso, es que ahora la ausencia de separación de poderes queda todavía más en evidencia.
    La ausencia de evidencia no es evidencia de su ausencia
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  3. #3
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    Y en un caso inaudito de "recule judicial" de un Tribunal Supremo, los mismos jueces que "cometieron el delito", cambian la sentencia que prueba su fechoría:


    La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó que después de revisar los contenidos de las sentencias 155 y 156, publicadas el 28 y 29 de marzo respectivamente, aclaraba de oficio el contenido y suprimía las facultades supraconstitucionales de Nicolás Maduro, y la que le da a la Sala Constitucional las competencias de la Asamblea Nacional.

    En la página web del TSJ se publicaron este 1° de abril las sentencias 157 y 158, la primera es una aclaratoria de la sentencia 155 que tiene que ver con la inmunidad parlamentaria. Una ponencia conjunta de la Sala decidió "suprimir dicho contenido" y "suprimir la cautelar 5.1.1." de esa decisión.

    El punto 5.1.1 de la decisión final ordenaba a Maduro que ejerciera las "medidas internacionales que estime pertinentes y necesarias" para salvaguardar el orden constitucional. Además el tomar medidas "civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales" para evitar un estado de conmoción y la revisión de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar.

    Mientras que la 158 aclara la sentencia 156, específicamente el punto 4.4, que se refería a la Sala Constitucional y ordenaba que esta garantizara las competencias parlamentarias al ejercerlas directamente ella misma o por medio del órgano que ella dispusiera. La nueva decisión suprime esa orden. Pero deja vigentes los demás puntos.

    El Ejecutivo todavía puede constituir empresas mixtas sin la autorización de la Asamblea Nacional y este poder no podrá modificar las condiciones propuestas ni establecer otras condiciones.

    Además, sobre la base del Estado de Excepción el jefe de Estado podrá modificar, mediante reforma, la ley de Hidrocarburos.

    A pesar de que en la página web del TSJ se reseñan las nuevas sentencias, las mismas no están disponibles.

    http://www.el-nacional.com/noticias/pol ... onal_88457
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  4. #4
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    Predeterminado

    Mientras tanto, cuando se suceden abusos policiales y judiciales, el Defensor del Pueblo, integrante del Poder Moral (Fiscalía, Defensoría del Pueblo y Contraloría)....

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  5. #5
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    Predeterminado

    es el momento para que la oposicion o fuerzas democraticas avancen.
    lo tienen todo a su favor, ya anunciaron que demandaran al poder judicial, lo que hicieron fue un delito.
    si se reconoce los poderes de la AN, maduro no podria functional, porque esta sancionado .
    espero que sepan aprovechar la ocasion y no la pierdan como las demas.
    no es que MADBURRO sea superman, es que la oposicion no sabe jugar a la democracia burguesa.
    un marxista
    Esto no se encuentra en internet, menos en historiografía, es de mi autoría.

  6. #6
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    Predeterminado

    Premeditación y Alevosía, además de Nocturnidad y Ventaja.



    “Ala extremista” ordenó al TSJ disolución del Parlamento

    El “golpe” se concibió hace 15 días, pero aguardaban el momento oportuno. El presidente Nicolás Maduro proponía enviar un “mensaje duro y contundente” al Parlamento, mas discrepaba del contenido de la sentencia y que se hiciera en momentos en que la OEA debatía sobre la Carta Democrática Interamericana y que 20 países alertaban al mundo que en Venezuela




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    Miraflores intenta revertir impacto negativo de la sentencia del TSJ
    Por HERNÁN LUGO-GALICIA
    01 DE ABRIL DE 2017 01:15 AM
    Lunes 27: tensión en el TSJ. Ese día se esperaba “un anuncio”. No hay consenso sobre cuándo debía salir una sentencia que era una incógnita para los mortales del Palacio Judicial. Los aliados del gobierno rezaban que los magistrados anularan la renovación de partidos y pocos creían que decretaran la disolución de la Asamblea Nacional.

    Las autoridades del TSJ no hablaron, sino que la página web oficial notificó la sentencia, que autoriza al Estado a negociar con empresas extranjeras sin el aval legislativo, despoja a los diputados de sus atribuciones y su inmunidad y le da poderes plenipotenciarios al presidente, con el argumento de una conmoción política.

    El “golpe” se concibió hace 15 días, pero aguardaban el momento oportuno. El presidente Nicolás Maduro proponía enviar un “mensaje duro y contundente” al Parlamento, mas discrepaba del contenido de la sentencia y que se hiciera en momentos en que la OEA debatía sobre la Carta Democrática Interamericana y que 20 países alertaban al mundo que en Venezuela había una dictadura. “Su paso por Cancillería le aconsejaba más tino”, señalaron fuentes.

    El “ala extremista”, Diosdado Cabello y Tareck El Aissami, creía lo contrario y, por ello, el miércoles autorizan al TSJ la publicación de la decisión. Cabello lanza la primicia en Con el mazo….

    “Dos golpes en menos de 24 horas: uno contra Maduro y otro contra la Asamblea”, revelaron oficialistas. ¿Evidencias? El presidente no participó el martes 28 en “la tribuna antimperialista” instalada al frente del Legislativo; y guardó silencio sobre el tema por 48 horas. Ese día Cabello sí amenazó: “Quien cometa traición será considerado enemigo de la patria”. Un mensaje a los García de la oposición y del oficialismo.

    “La fracción totalitarista, prodictatorial y stalinista ha logrado dirigir las políticas del entorno de Maduro. Son unos extremistas que, sin duda, conducen a Maduro al despeñadero, al totalitarismo lejos del cauce constitucional y de la democracia participativa y protagonista que es bandera del proyecto revolucionario”, lamentó el politólogo Nicmer Evans.

    La noticia de la disolución del Parlamento recorre el mundo y en Miraflores sienten cómo el Poder Judicial lo hunden y que en lo interno pierden legitimidad. En el chavismo afloran las críticas y el gobierno evalúa la necesidad de revisar la sentencia. El diputado de VBR, Eustoquio Contreras, fue el primero en marcar distancia; rechaza el acto del TSJ. Luego la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, denuncia la ruptura del orden constitucional, en un intento para que el Poder Judicial reculara.

    Desde hace dos años Ortega Díaz actúa con criterios institucionales, señalan fuentes. El Ministerio Público despidió a fiscales con expedientes y los sustituyó por abogados sin identidad partidista pero comprometidos con la ley. “La fiscal muestra una fisura institucional y que hay gente con (el) criterio de que se produjo un autogolpe, y que es necesario deslindarse de posturas ilegales y asumir la defensa de la Constitución”, expresó Evans.

    ¿El TSJ agarrará el “salvavidas” lanzado por la fiscal? El Poder Judicial hablará en las próximas horas con un solo argumento: el Parlamento no está disuelto, que es la tesis que manejará Miraflores en el plan para revertir la posición de la MUD de que en Venezuela hay una dictadura.
    La ausencia de evidencia no es evidencia de su ausencia
    Hay dos maneras de vivir su vida: una como si nada es un milagro, la otra es como si todo es un milagro. ( Albert Einstein )
    El hombre encuentra a Dios detrás de cada puerta que la ciencia logra abrir. (Albert Einstein )
    El azar no existe; Dios no juega a los dados. (Albert Einstein )
    Si tu intención es describir la verdad, hazlo con sencillez y la elegancia déjasela al sastre. (Albert Einstein )

  7. #7
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    18-marzo-2010
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    Predeterminado

    Y la fiscal visito a Maduro en miraflores como si nada y se dieron la mano, ahora la pregunta, procederan las denuncias contra TSJ?

    Posiblemente no, el TSJ sigue ejerciendo las funciones de la AN y nada ha cambiado, se consolida el golpe, los diputados son perseguidos por vehiculos sin placa del SEBIN y la GN y paso de todo y al final no pasó nada, vivimos así, lastimosamente ya es nuestro estado normal.

  8. #8
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Predeterminado Venezuela y Podemos

    Venezuela,esa Republica Bolivariana que Podemos respeta,aunque vaya directamente hacia el totalitarismo comunista,mediante el TSJ ,siguiendo las directrices del "Ala Extremista" dirigida por Diosdado,y Tareck El Aisami,de evidente,por el apellido,ascendencia áraba,ha suspendido en sus funciones a la Asamblea Nacional,privando de su inmunidad a los parlamentarios.Mas tarde,ante la evidente inconstitucionalidad de las dos famosas Sentencias,y la retirada de Embajadores de numerosos paises,el Presidente Maduro,ante la declaracion de la Fiscal General de la República,recomienda a los Jueces del Tribunal Supremo de Justicia-Sala Constitucional-la "reconsideración" de lo acordado,puesto que el Parlamento no ha sido disuelto.Y parece que la Justicia constitucional,sometida al Poder Eejecutivo,lo va a hacer asi.
    En España esta "sub judice"un procedimiejto judicial entre Iglesias,Presidente de Podemos y el conocido comentarista Inda,sobre el supuesto pago de dinero en metalico por el Gobierno venezolano al primero,hecho que,al parecer,no está probado,por lo que Iglesias se considera injuriado.Habrá que estar a lo que dictaminen los Jueces españoles.Pero,indudablemente, el designio de Podemos,como proyecto politico de gobierno para España,seria,sin duda,el que siguiésemos el camino de la democracia al totalitarismo comunista....¡Dios salve a España !

  9. #9
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    08-mayo-2009
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    Verin (Orense).ESPAÑA
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por Somebody Ver Mensaje
    Y la fiscal visito a Maduro en miraflores como si nada y se dieron la mano, ahora la pregunta, procederan las denuncias contra TSJ?

    Posiblemente no, el TSJ sigue ejerciendo las funciones de la AN y nada ha cambiado, se consolida el golpe, los diputados son perseguidos por vehiculos sin placa del SEBIN y la GN y paso de todo y al final no pasó nada, vivimos así, lastimosamente ya es nuestro estado normal.
    //

    ¡Ánimo,hermanos venezolanos1!.La llegada de la verdadera democracia a Venezuela se producirá,sin duda."El pueblo unido no puede ser vencido".Su presion,junto a la comunidad internacional,terminará por "tocar" la vena patriotica de las Fuerzas Armadas,encargadas de la defensa de la libertad interior y de la independencia de Venezuela.¡Ojalá fueran como las FF.AA españolas comprometidas con la Constitucion que,en su art.8º,les confiere un papel relevante...!

  10. #10
    Fecha de Ingreso
    21-junio-2011
    Ubicación
    MURCIA
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    Predeterminado

    Parece ser que el T.S.J ha dado un paso atras y se rectifica en su pronunciamiento, DE todas formas los animos estan caldeados y hay enfrentamientos entre bandos
    Desgraciadamente en España no anda lo bien tampoco que debiera ser la Justicia. El que los miembros de los Tribunales sean elegidos por la clase politica da lugar a muchos desafueros. Personajes y personajillos antes en primera plana se ocultan ahora por estar inmiscuidos cuando menos en turbios negocios de financiacion de partidos politicos. Para aclarar conceptos contables, no estaria demas que Esperanza Aguirre aclarara sobre la financiacion del PP...¿Sera para amparar esta situacion la "Ley Mordaza"?
    DEjo aqui el enlace de los "asesores" culturales que emplean detreminados partidos politicos.¡Puro pistolerismo!
    http://www.lacronicadelpajarito.es/r...rtuliano-y-que

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